MÉXICO: Exigen blindaje legal para cuotas de género

La resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de México, que modifica la postulación de candidaturas en las elecciones de 2012, es «un precedente digno, pero insuficiente» para garantizar la participación política de las mujeres.

Así lo aseguró en entrevista la investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México María del Pilar Hernández, quien sostuvo que la medida es un precedente en materia electoral, pero con efectos particulares que solo aplican para los comicios del año próximo.

Al respecto, la exmagistrada del Tribunal Electoral del Distrito Federal señaló: «Este fue un mensaje al Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) pero no puede ser para todas las elecciones».

El 1 de julio de 2012, casi 84 de los 112 millones de mexicanos estarán habilitados para escoger al próximo presidente del país, junto con 128 senadores y 500 diputados. El nuevo Congreso iniciará su legislatura el 1 de septiembre y el sucesor del conservador Felipe Calderón asumirá la Presidencia sexenal el 1 de diciembre.

«Los efectos de la sentencia –en los términos y bajo el medio de impugnación que fue utilizado– tiene efectos particulares y sólo funciona para estas elecciones, no puede ser general ni a futuro», detalló Hernández.
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El 30 de noviembre la Sala Superior del TEPJF resolvió el juicio para la protección de los derechos políticos electorales, registrado como SUP-JDP 12624/2011.

En su dictamen estableció que para las elecciones de 2012 los partidos deben postular a candidatos propietarios (principales) y suplentes del mismo sexo, y cumplir sin excusas con la cuota de género de 60-40.

En opinión de la experta en género y derecho electoral, la resolución que emitió la Sala Superior reiteró que el 40 por ciento mínimo reservado a las mujeres no puede ser «eludido» por los partidos.

La finalidad es la de evitar que se repitiera la historia de las elecciones de 2009 cuando algunas diputadas rindieron protesta para después solicitar licencia y que los suplentes varones accedieran a la titularidad.

Hernández advirtió que las candidatas electas dejaron su lugar a sujetos «con los que obviamente mantenían un relación muy cercana, como esposos, cuñados, sobrinos o ahijados».

Ante el reclamo de diferentes voces, y sobre todo de militantes de grupos feministas, los magistrados decidieron cambiar las reglas para el registro de candidaturas establecidas por el IFE.

«Elusión jurídica»

«Las prácticas de elusión de 2009 van en detrimento de la calidad democrática y del verdadero adelanto de las mujeres en posiciones que son inclusivas, y que eventualmente se convierten en las voces de reivindicación de más de la mitad de la población», señaló.

La especialista explicó que los partidos ejercen una denominada elusión jurídica. «No es fraude, es una forma jurídica para no cumplir la prescripción normativa», puntualizó.

Desde 2008, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) estableció que los partidos deben postular al menos 40 por ciento de candidaturas del mismo género.

Un año después, la Suprema Corte de Justicia Nacional determinó que los 31 estados y el Distrito Federal, asiento de la capital mexicana, podían fijar porcentajes de cuota distintos y la mayoría de las entidades que han normado el tema se decantaron por la repartición 70-30.

Hernández explicó que los partidos políticos observan la norma federal del 60-40 y postulan a mujeres, pero como suplentes y no propietarias, o bien, como propietarias y luego las llevan a renunciar.

A decir de la también docente de la Universidad Anáhuac, se pueden evitar las prácticas evasivas de los partidos al integrar las fórmulas de candidatos siempre con mujer propietaria y mujer suplente, ya que de esa forma la cuota 60-40 se mantiene.

Otro mecanismo a través del cual se trata de cumplir con la cuota es el principio de alternancia establecido en el Cofipe.

En él se fija que en cada segmento de cinco candidaturas siempre debe ir un mínimo de dos fórmulas encabezadas por mujeres, y cuando el segmento inicia con una candidata, serán tres mujeres las que encabecen la fórmula.

Garantizar un derecho

La otra forma de garantizar que no se eluda la norma es que los partidos políticos al interior en sus prácticas internas generen mecanismos incluyentes para las mujeres, en especial en los procesos democráticos internos a través de los cuales los partidos eligen a sus candidatas o candidatos.

Ahora el aporte que hace el TEPJF es obligar que en todas las candidaturas para las elecciones de 2012 se cumplan cabalmente las cuotas de género, ya sean postulaciones por mayoría o de representación proporcional y también en coaliciones, es decir candidatas que representen a dos o más partidos.

Si bien el cumplimiento de las cuotas es un avance para las mujeres, Hernández aclaró que es necesario analizar «¿cuotas para quiénes y cuotas para qué?».

La doctora en Derecho aseguró que esta acción afirmativa tiene el objetivo de garantizar que las mujeres accedan a puestos de decisión para que impulsen acciones en favor de otras mujeres.

Sin embargo, advierte que no todas las mujeres políticas han trabajado en pro de las mexicanas, y que las cuotas benefician a unas cuantas que pasan de un cargo a otro, de senadoras a diputadas y viceversa.

Pese a ello sostuvo que este tema debería quedar claro en el Cofipe y en la Constitución, a fin de que exista una disposición de máximo nivel y de carácter administrativo y jurisdiccional electoral a nivel federal y estadal, que garantice la participación política de las mexicanas.

*Una versión de este artículo fue publicada originalmente por la agencia mexicana de noticias Comunicación e Información de la Mujer AC, Cimac.

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