La Ley de Hidrocarburos de México estipula que las asignaciones petroleras deben incluir una evaluación de impacto social, pero esta no se ha efectuado para los campos recibidos por la estatal Petróleos Mexicanos (Pemex) ni para las empresas ganadoras de contratos licitados bajo el nuevo esquema de apertura petrolera ejecutado en este país.
Numerosas organizaciones de la sociedad civil consideran que tales concesiones son ilegales debido a la ausencia de ese mecanismo.
“Hay obligatoriedad de la autoridad para realizar las consultas. Un detalle interesante es que la ley dice que la evaluación debe ser previa a la publicación de la convocatoria” a los concursos públicos, dijo a IPS el fundador de la no gubernamental Cartocrítica, Manuel Llano.[pullquote]3[/pullquote]
El Artículo 120 de la Ley de Hidrocarburos, vigente desde agosto de 2014, estipula que la Secretaría (ministerio) de Energía (Sener) debe organizar procedimientos de consulta previa, libre e informada entre comunidades indígenas en cuyos territorios se desarrollen proyectos de hidrocarburos.
Mientras, el artículo 121 establece que los interesados en obtener un permiso o una autorización para desarrollar proyectos de hidrocarburos, asignatarios y contratistas deberán presentar a Sener una evaluación de impacto social (EIS).
En agosto de 2014, la Sener adjudicó la llamada Ronda Cero a Pemex, mediante la cual recibió para su explotación y exploración 83 por ciento de las reservas probables del país y 21 por ciento de los recursos prospectivos, equivalentes a 20.000 millones de barriles de crudo (de unos 159 litros) a lo largo de una superficie de 90.000 kilómetros cuadrados.
El 15 de julio pasado, el gobierno mexicano organizó la primera licitación de la Ronda Uno mediante la que asignó dos contratos para la búsqueda y extracción petrolera en campos de aguas poco profundas frente a las costas de los sudorientales estados de Campeche, Tabasco y Veracruz.
Los contratos, suscritos el 4 de septiembre, llevaron la firma de la estatal Comisión Nacional de Hidrocarburos y un consorcio privado.
Sener llevó a cabo el 30 septiembre la segunda puja, que desembocó en tres contratos, uno de los cuales se signó el 30 de noviembre por tres campos.
El 15 de diciembre se realizó la tercera licitación para la obtención de crudo en campos terrestres y cuyos contratos aún no se han rubricado.
“No han hecho las evaluaciones. En proyectos de aguas someras, el gobierno dice que no hay impacto social y que por eso no las hicieron, cuando uno de los conflictos históricos es con pescadores por los daños que les causa la actividad petrolera”, señaló Aroa de la Fuente, investigadora del no gubernamental Fundar, Centro de Análisis e Investigación, a IPS.
La especialista cuestionó la afirmación de que no hay impactos cuando no hay estudios que así lo evidencien.
Desde marzo último, los lineamientos para la EIS se encuentran para la consulta pública en la estatal Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Las “Disposiciones administrativas de carácter general sobre la evaluación de impacto social en el sector energético”, elaboradas por Sener, estipulan que tales análisis deberán contener identificación, caracterización, predicción y valoración de los impactos sociales que podrían derivarse de sus actividades, así como las medidas de mitigación y los planes de gestión social correspondientes.
Esos lineamientos obligan a las empresas a incluir los resultados del estudio de la Línea de Base que abarque el análisis de datos demográficos, de migración, de hogares y familias, de educación, de servicios de salud, de trabajo y condiciones laborales, de seguridad social, de vivienda, de principales actividades económicas, de finanzas públicas locales y de patrimonio tangible e intangible.
Asimismo, la compañía deberá incluir los resultados del análisis de actores interesados -individuos, comunidades, grupos, organizaciones e instituciones-, considerando sus derechos, intereses y expectativas, así como sus niveles de involucramiento, importancia e influencia sobre el proyecto.
La EIS debe especificar si los efectos son de corto, medio y largo plazo o permanentes.
Además, si la gravedad o el beneficio de las obras es ligero, moderado, grave o benéfico y muy grave o muy benéfico y si hay un impacto social bajo, moderado, alto o muy alto.
Los comentarios sobre el proyecto denotan la oposición de las empresas a efectuar la EIS, especialmente las almacenadoras y distribuidoras de petrolíferos y de gas natural, especialmente por la participación de actores afectados e interesados en las obras planeadas.[related_articles]
Sener cuantifica pérdidas históricas por unos 176 millones de dólares por la cancelación de proyectos debido a la falta de análisis de impacto social y al costo proyectado de la EIS, entre 11.000 y 300.000 dólares.
El gobierno arguye que los primeros dos concursos no conllevaban EIS por referirse a aguas someras, a pesar de que la ley sólo define proyectos de hidrocarburos.
Para Llano, esos mecanismos son importantes para la defensa del territorio y para quienes deseen interponer un amparo sobre los predios concesionados.
La postura del gobierno “es grave, porque hay muchas zonas terrestres. No cumplen con la ley. Dicen que las dos primeras licitaciones están en zonas marinas, por lo cual no debe haber evaluación, sin ningún fundamento legal. ¿Pero qué pasa con el tema ambiental y de los pescadores?”, criticó.
El experto reprochó que el gobierno asuma que no hay grupos afectados, “cuando es la evaluación la que debe determinarlo”.
Los mecanismos de consulta son herramientas relevantes en el desarrollo de proyectos energéticos. El gobierno ya ha sufrido los primeros tropiezos. Un juez federal dictaminó el 11 de este mes la suspensión permanente de la construcción de un parque eólico en el municipio de Juchitán -en el sureño estado de Oaxaca-, tras conceder un amparo presentado por indígenas del pueblo binnizá.
Grupos originarios y ONG han rechazado el proyecto Energía Eólica del Sur, de la empresa homónima, que pretende erigir un campo eólico en la zona para generar 396 megavatios destinados a las redes eléctricas de empresas de la región. Su argumento ha sido la falta de una consulta libre, previa e informada.
Autoridades federales, estaduales y municipales pretendían que este procedimiento fuese el modelo para los futuros emprendimientos cobijados por la reforma energética, cuyo marco legal quedó plenamente regulado en agosto de 2014 y que abre al sector privado nacional y extranjero la explotación, la refinación, la distribución y el comercio de hidrocarburos, así como la generación y la venta de electricidad, incluida la renovable.
La EIS puede ser una herramienta para poblaciones perjudicadas. “En las licitaciones de campos terrestres la situación se complicará, porque la gente va a querer defenderse, y este tipo de instrumentos les permite hacerlo”, vaticinó De la Fuente.
Editado por Verónica Firme