INFANCIA-COLOMBIA: Edad de imputabilidad en tela de juicio

El proyecto de ley de infancia y adolescencia a estudio del parlamento de Colombia establece responsabilidades civiles y penales a partir de los 12 años, en discrepancia con la recomendación de mayor edad establecida por la ONU, advirtieron expertos.

En innumerables ocasiones la sociedad colombiana se espantó al ver que pistoleros de 14 y 15 años de edad eran frecuentemente contratados por narcotraficantes para asesinar jueces, políticos o periodistas, muchas veces a cambio de una vivienda o incluso de un simple refrigerador para sus padres.

Casos como esos llevaron al actual presidente Álvaro Uribe a proponer en su campaña electoral "más severidad con el menor delincuente de alta peligrosidad" y "evaluar si 18 años debía seguir siendo la edad mínima de responsabilidad penal o la conveniencia de rebajarla".

Finalmente, 44 parlamentarios de distintas corrientes políticas presentaron el miércoles en la Cámara de Diputados un proyecto de ley de infancia y adolescencia, que tiene como fin adecuar la normativa del país en la materia al mandato de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y en vigor desde 1990.

Los legisladores firmantes se perfilan como una futura coalición parlamentaria por la infancia que tendría en esta iniciativa su primera acción conjunta.
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El procurador General de la Nación (ministro público), Edgardo Maya, y el defensor del Pueblo (ombudsman), Volmar Pérez, aparecen en los primeros lugares de las firmas del proyecto, junto a las parlamentarias oficialistas Gina Parody y Claudia Blum, la primera mujer en llegar a la presidencia del Congreso.

La senadora Blum, quien al asumir el cargo anunció que este proyecto era una de sus prioridades, fue secundada en la presentación del proyecto de ley por parlamentarios de los partidos ligados al gobierno, independientes e izquierdistas, entre ellos 11 mujeres.

La redacción conjunta del texto fue promovida por la Alianza por la Niñez Colombiana, impulsada por un grupo de entidades privadas nacionales e internacionales y del sistema de la ONU que trabajan en la protección de los derechos de la infancia, entre ellas el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

A la Alianza se sumaron, entre otras entidades oficiales, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y, como observadores, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría.

Durante meses, el texto fue consolidado por la Alianza bajo el concepto de la "protección integral" de la Convención, aprobada por la Asamblea General de la ONU en noviembre de 1989 y ratificada por Colombia en 1991, que reconoce a los menores como sujetos de derechos y libertades.

Ya en 2000, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos instó al Estado a armonizar con dicha norma el Código del Menor, vigente meses antes de la expedición de la Convención, y que este proyecto de ley pretende derogar.

En la exposición de motivos, el proyecto recuerda que, tras los ataques terroristas en Estados Unidos del 11 de septiembre de 2001, Bogotá propuso al parlamento una ley "con un aumento severo en el tiempo de la sanción para los adolescentes y jóvenes que cometieran delitos y lo anunció como la estrategia de Colombia contra el terrorismo".

Esa iniciativa fue finalmente archivada, aunque tuvo una ponencia favorable.

El nuevo proyecto presentado ahora, de 232 artículos, determina las obligaciones de la familia, la sociedad y el Estado para con sus niños.

También impone responsabilidad penal y civil a las conductas punibles de personas entre los 12 y los 18 años, lo cual seguramente generará polémicas por su discrepancia con las recomendaciones de la ONU.

Las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores, más conocidas como Reglas de Beijing, advierten que la imputabilidad penal "no deberá fijarse a una edad demasiado temprana, habida cuenta de las circunstancias que acompañan la madurez emocional e intelectual".

Expertos consideran que esta responsabilidad no debe aplicarse en ningún caso a menores de 15 años. De todas formas, la privación de libertad sólo procedería para adolescentes entre 15 y 18 años y por un plazo máximo de cinco años, lo que representa una reducción sustancial de las penas actuales, que pueden llegar hasta 15 años de prisión.

El proyecto se acercaría así a las penas máximas establecidas en Chile, Honduras, Nicaragua y Bolivia. Mientras que Perú y Venezuela, por su parte, establecen un máximo de tres años de privación de libertad para los adolescentes en esa franja etaria.

Un avance hacia el reconocimiento de la realidad de millones de menores es que se prevé que la fiscalía tendrá la opción ûaunque no la obligación— de renunciar a la persecución penal de un niño o niña que haya cometido crímenes como parte de un grupo armado irregular si se establece que su vinculación se debe a "las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio" y a la pobreza (ver recuadro https://www.ipsnoticias.net/recuadro_180805.asp).

También se establece la prohibición especial a la fuerza pública, so pena de destitución y posibles acciones penales, de "la entrevista militar y la utilización en actividades de inteligencia de los niños, niñas y adolescentes desvinculados de los grupos armados al margen de la ley", como la insurgencia izquierdista o los paramilitares de derecha.

Además, delitos como rebelión, que castiga la ley colombiana, sedición o conspiración, no tendrán pena de cárcel para menores de 18 años, así como tampoco quienes tengan menos de 12 no podrán ser juzgados ni declarados penalmente responsables.

En todos los casos, al menor infractor se le debe garantizar su educación y atención en salud.

Entre otras disposiciones, el proyecto de ley ordena que el gobierno actualice cada dos años qué trabajos peligrosos y nocivos no pueden ejercer los adolescentes. Ningún menor de 15 años será autorizado a ejercer labores remuneradas o no.

Establece, además, la obligatoria asignación de recursos financieros, físicos y humanos por parte del Estado para garantizar los derechos y libertades que prevé el proyecto de ley.

La gran duda que se plantean los expertos es si, con el actual déficit fiscal de seis por ciento del producto bruto interno, el proyecto podrá ser financiado en caso de que se convierta en ley.

Pero Beatriz Linares, consultora internacional en derechos humanos de poblaciones vulnerables y una de las principales redactoras del proyecto, dijo a IPS que "hoy la ley puede entrar a operar".

Sólo basta "reorganizar los recursos que hay, (previendo) una inversión mayor a largo plazo y progresivamente, para mejorar la calidad del servicio", apuntó Linares, quien fue hasta septiembre de 2004 y por ocho años Defensora del Pueblo delegada para la niñez.

La consultora explicó que el proyecto no crea tribunales adicionales a los ya existentes, sino que sólo cambian de nombre o se crean salas ad hoc en los tribunales, integrados por los magistrados en ejercicio.

En cambio, gobernadores (de departamentos) y alcaldes municipales sí tendrán que hacer "un esfuerzo bastante importante, so pena de sanción disciplinaria, para darle prioridad a los recursos para niños y niñas", señaló.

"Tendrán que escoger entre una obra de infraestructura o ampliar la cobertura de educación, salud, medio ambiente y agua potable. El proyecto de ley apunta a que la prevalencia de los derechos (de la infancia) que ordena la constitución sea real", advirtió Linares.

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