/Boletín de radio/ AMERICA CENTRAL: Contra el trabajo infantil

SAN JOSE – Ministros de América Central y República Dominicana se comprometieron a lograr en breve la ratificación del convenio de la OIT contra las peores formas de trabajo infantil.

Unos 3,5 millones de niños y niñas de entre cinco y los 15 añ os tienen que trabajar para vivir en estos países, algunos en situaciones penosas y en tareas degradantes. La cifra asciende a 250 millones en todo el mundo.

Entre las peores tareas que deben desempeñar esos menores figuran la prostitución y las labores agrícolas, según los estudios analizados por la reunión para coordinar políticas laborales realizada la semana pasada en San José.

Los ministros de Trabajo dieron su apoyo al Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), pero hasta ahora ningún país de América Central, ni República Dominicana, lo ha ratificado.

El convenio, establecido por la OIT el 17 de junio, compromete a los países a tomar medidas para que algunas de las peores formas de trabajo infantil se prohíban, y se establezcan sanciones penales para quienes las empleen.

El texto considera "niños" a todos los menores de 18 años, y prohíbe que realicen cualquier "trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños".

La OIT incluyó entre las peores formas de trabajo infantil el reclutamiento de niños o niñas para conflictos armados, prostitución o delitos, así como la esclavitud, la servidumbre, incluso por deudas, y los trabajos forzosos de cualquier tipo.

También menciona los trabajos bajo tierra, submarinos, en alturas peligrosas o en espacios cerrados, y los que "se realizan con maquinaria, equipos y herramientas peligrosos o que conllevan manipulación o transporte manual de cargas pesadas".

En la lista figuran, asimismo, las tareas que se desempeñan "en un medio insalubre" y las que "implican condiciones especialmente difíciles, como los horarios prolongados o nocturnos".

El Convenio 182 prohíbe además, en forma expresa, la venta y tráfico de niños o niñas. —-

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