Derecho al aborto en todo México da un gran paso jurídico

Mujeres mexicanas demandan el derecho al aborto para todo México, tras el fallo histórico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que declara inconstitucional el veto al derecho a decidir sobre su maternidad de las mujeres. Foto: María Ruiz / IPS

MÉXICO – La mexicana Helena se sometió a un aborto clandestino cuando tenía 20 años y no estaba preparada para la maternidad. “Fue una decisión difícil y por mucho tiempo arrastré sentimientos de culpa. Pero fue una decisión correcta. Cada vez estoy más segura de que la maternidad debe ser elegida”, relató esta trabajadora autónoma de 50 años a IPS.

El panorama para las mujeres mexicanas en cuanto a su derecho a elegir es muy distinto desde el martes 7, cuando un falló jurídico histórico convirtió la legalización del aborto en un tren imparable, al quedar muy cerca de su aceptación plena en este país latinoamericano.

El paso que lo ha hecho posible es la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el máximo tribunal del país, de anular la prohibición de la interrupción legal del embarazo en el norteño estado de Coahuila.

El dictamen consideró que es violatorio de los derechos de las mujeres, en particular el de elegir sobre su maternidad, por lo cual ninguna mujer pisará la cárcel por abortar y quien quiera acceder a él lo puede solicitar como parte de su salud reproductiva.

Y el engranaje prohibicionista puede perder otra decisiva pieza, cuando la SCJN analice en los próximos días la constitucionalidad de la cláusula de protección de la vida desde la concepción en el noroccidental estado de Sinaloa, así como la objeción de conciencia de personal médico plasmada en la Ley General de Salud de 1984.

“Ninguna mujer se embaraza para abortar y quienes lo apoyamos no es porque lo vamos a hacer necesariamente, sino para aquellas que lo necesitan”, enfatizó Helena, cuyo apellido se oculta a su pedido.

Ciudad de México se transformó en 2007 en la primera entidad federal en legalizar la interrupción voluntaria del embarazo, pero en muchos estados, como Coahuila o Sinaloa, los sectores conservadores y la Iglesia católica y evangélica impusieron una especie de contrarreforma que impuso normas draconianas contra el aborto.

Eso forzaba a que la mayoría de mujeres en la situación de Helena se vieran forzadas a practicarse abortos en forma clandestina, en ambientes inseguros y con riesgos para su salud, según reconocen organismos como la Organización Mundial de la Salud.

El Código Penal de Coahuila estipulaba hasta ahora penas de hasta tres años de cárcel a las mujeres que interrumpieran voluntariamente sus embarazos y solo lo permitía en casos de violación, riesgos congénitos para el feto o riesgo de salud para la madre, como en casi todo el país.

El fallo de la SCJN abre la puerta a más recursos legales contra vetos similares en otros estados.

Rebeca Lorea, coordinadora de Incidencia en Políticas Públicas de la no gubernamental Grupo de Información en Reproducción Elegida (Gire), resaltó la trascendencia de la resolución.

“Lo vemos a partir de lo que había resuelto históricamente la Corte, pues nunca se había pronunciado tan contundentemente sobre la despenalización del aborto”, dijo la experta.

Infografía: Pictoline

Para Lorea, “el uso del término gestante es muy importante, pues abarca también a poblaciones de la diversidad sexual, no deja lugar a dudas que lo que tiene que ver con aborto y derechos reproductivos abarca a mujeres y personas gestantes”.

Gire asesora legalmente a varias mujeres criminalizadas por abortar en diferentes partes del país.

El caso de despenalización del aborto en Coahuila se originó en la acción de inconstitucionalidad presentada por la otrora Procuraduría General de la República (la actual fiscalía)) contra cuatro artículos del Código Penal local.

Hasta ahora, el aborto solo es legal en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz hasta las primeras 12 semanas de gestación, pero en los otros 28 estados las penas van desde la imposición de multas a la prisión para las gestantes y quienes realicen la práctica.

“La decisión es fundamental para nosotras. Es un paso muy grande hacia el fin de la prohibición, pero hay que reconocer que los avances siempre son lentos. Tenemos más herramientas ahora. Se reconoce que son las mujeres gestantes las que al final deben de determinar su futuro»: María de la Luz Estrada.

En Ciudad de México se han practicado desde 2007 más de 200 000 legrados, y la capital del país ha recibido a mujeres procedentes de otras entidades donde estaban penalizados.

María de la Luz Estrada, coordinadora del no gubernamental Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, calificó a IPS de “histórica” la resolución, por la lucha del movimiento de mujeres por sus derechos.

«La decisión es fundamental para nosotras. Es un paso muy grande hacia el fin de la prohibición, pero hay que reconocer que los avances siempre son lentos. Tenemos más herramientas ahora. Se reconoce que son las mujeres gestantes las que al final deben de determinar su futuro. El aborto es punitivo en todo el país”, analizó para IPS.

El fallo del máximo tribunal facilita la alineación de varias piezas legales en México, como la norma para atender a mujeres víctimas de violencia y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, vigente desde 2007. Todas  ellas facultan que niñas violadas puedan acceder a servicios abortivos.

Los datos oficiales disponibles exhiben la situación de la salud reproductiva y materno-infantil en este país de unos 128 millones de habitantes.

En 2019 había 717 casos penales por aborto en México, cifra que cayó a 633 en 2020 y que acumula 432 durante 2021 –115 ya encarceladas–, según estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

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La  última Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares reportó que 9,4 millones de mujeres de 15 a 49 años dijo haber estado embarazada en los últimos cinco años y de ellas poco más de un millón dijo haber tenido al menos un aborto, sin especificar si fue espontáneo o inducido.

Hasta ahora, en este año se han registrado 31 mujeres muertas por causas vinculadas al aborto, cifra superior a la de todo 2020 –25–, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Además, las defunciones fetales por aborto, en edades gestacionales menores a 22 semanas, totalizaron 7578 casos en 2020 y de ese total la interrupción espontánea se ubicó en 6561. En 2019 esas cifras se situaron en 8674 y 7561, respectivamente.

Lorea expresó su esperanza de que los poderes legislativos de los estados “se pongan las pilas y entiendan el mensaje de que (las prohibiciones) son inconstitucionales y que tienen el poder para reformarlas”.

“Esperaríamos que las fiscalías e instituciones de salud se abstengan de criminalizar a las mujeres y que eso se refleje en la disminución de expedientes de investigación”, demandó.

La activista subrayó que las próximas decisiones que se esperan de la SCJN en torno al derecho al aborto pueden ayudar a robustecer el mensaje de que el aborto es un derecho de las mujeres y personas gestantes, “pues la protección a la vida no puede ser absoluta”.

Estrada delineó la promoción de la despenalización en el país. La resolución “va a repercutir en todo el poder judicial y deja la oportunidad para que todas las mujeres encarceladas por aborto puedan ampararse y los jueces tendrán que liberarlas. Vamos a promover la atención a niñas violadas”, previó.

El Observatorio Nacional planea la presentación de recursos legales para que las legislaciones de todos los estados modifiquen sus códigos penales y obvien la criminalización del aborto.

ED: EG

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