TERRORISMO-ARGENTINA: Un acusador insistente

El fiscal argentino Alberto Nisman está convencido de contar con evidencias irrefutables que avalan su pedido de captura de ex integrantes del gobierno de Irán, para ser indagados por el atentado contra la mutual judía AMIA en su país.

Nisman fue fiscal general ante los tribunales orales federales a partir de 1997 y desde entonces está en contacto con el expediente de la destrucción del edificio de la AMIA (Asociación Mutual Israelita Argentina), perpetrada en 1994 y que dejó un saldo de 85 muertos y 300 heridos.

En 2000 se volcó exclusivamente a la investigación de esta causa y fue acusador en el juicio oral contra ex policías y un civil argentinos, que fue anulado en 2004 debido a graves irregularidades cometidas en la instrucción. Pero su desempeño respecto de la llamada conexión local le valió ser designado ese mismo año al frente de una nueva unidad especializada en la pesquisa del atentado.

Poco después de que la justicia aceptara el pedido y libró la orden, que sacudió el tablero político internacional, Irán amenazó con responder de igual manera y pedir su captura.

Semanas más tarde una voz anónima le advirtió por teléfono que, si seguía con la investigación, lo "volarían" a él y a su familia. "Sabemos que hay demasiada gente que quiere ver el certificado de defunción de la causa AMIA", aseguró Nisman en entrevista con IPS.
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—¿Existe algún antecedente de pedido de captura contra funcionarios y gobernantes de Irán de la época del atentado?

—En la investigación por los asesinatos (de opositores al gobierno iraní) en 1992 en el bar Mykonos de Alemania, fiscales de ese país solicitaron la captura del ex presidente de Irán, (Alí Akbar Hashemi) Rafjsanjani (1989-1997) y del líder supremo iraní, (ayatolá Alí) Jamenei. El juez no hizo lugar a los pedidos, pero hubo interpretaciones similares a la nuestra. Lo mismo ocurrió con el atentado contra un autobús (en 1995 en la palestina franja de Gaza) donde murió la estudiante estadounidense Alisa Flatow. Un tribunal del país de la víctima determinó que Jamenei, Rafjsanjani, y (el ex ministro de Inteligencia, Ali) Fallahijan financiaron a la organización que ejecutó el ataque. En el caso del homicidio del disidente iraní Kazem Radjavi, en 1990 en Suiza, se pidió la captura de Fallahijan. Pero más allá de esto, en tribunales extranjeros arribaron a la conclusión de que la decisión de acciones terroristas del régimen iraní seguía los mismos pasos que los que consideramos probados en la AMIA.

—Ante las irregularidades cometidas por el hoy ex juez argentino Juan José Galeano en la investigación de la causa AMIA hasta 2005, que llevó a la anulación de un proceso, ¿son concientes de que la justicia debe ganarse la confianza de una ciudadanía muy escéptica?

—La desconfianza es absolutamente comprensible. Lidiar contra las suspicacias, recelos y dudas es parte de nuestro trabajo. Pero el estándar probatorio que se exige para el atentado a la AMIA es igual que para cualquier otro delito y debe trascender el estado de la opinión pública.

—¿Es cierto, como dicen críticos, que el dictamen está sostenido básicamente en las declaraciones como testigo de Abolghasem Mesbahi, un ex funcionario de inteligencia iraní que es considerado poco fiable, y que muchos de los testimonios son de disidentes?

—Nuestro dictamen se apoya en una multiplicidad de declaraciones, registros migratorios, cruces de llamadas, informes de organismos públicos y privados. Los dichos de Mesbahi, cofundador del servicio de inteligencia iraní, son muy consistentes, pero esta apreciación no es sólo nuestra. El tribunal alemán del caso Mykonos destacó el valor probatorio de su testimonio y, el tribunal oral de Argentina lo calificó de "claro, preciso, contundente y sin fisuras". También resulta de suma importancia la declaración de (Abolhassan) Banisadr, quien fue elegido primer presidente de Irán en 1980 bajo el régimen del ayatolá Ruhollah Jomeini, y la de un ex diplomático del mismo régimen, (Ali Reza) Ahmadi. También las de representantes de organizaciones disidentes como Mujaidines del Pueblo o Bandera de Libertad. Lo significativo de estos testimonios es que provienen de personas con posiciones diametralmente opuestas en el arco ideológico, de izquierda a derecha. Esto es importantísimo porque aún en su diversidad coinciden en la forma en que se tomaban las decisiones. Pero, además, hay otras evidencias que surgen de la minuciosa reconstrucción de movimientos bancarios, de exhortos librados a otros países, o de entrevistas propias. Para identificar al conductor suicida, (el libanés) Ibrahim Berro (quien pertenecía a la milicia libanesa chiita proiraní Hezbolá) fue fundamental la declaración que nosotros tomamos a sus hermanos. La relación de transferencia de tecnología nuclear entre Argentina e Irán la hemos reconstruido a través de una serie de testimonios e informes de los organismos públicos competentes. Resumirlo en "sólo disidentes" peca por defecto o es mala intención.

—¿Considera aceptable repetir elementos de la instrucción que fueron obtenidas por un juez, como Galeano, que fue separado de su cargo por irregularidades?

—Hay grandes diferencias respecto de la evaluación que hizo Galeano. Mientras este ex juez sólo deslizó la intervención de Hezbolá (Partido de Dios, en árabe) y atribuyó la responsabilidad del ataque a "elementos radicalizados" del régimen iraní, nosotros sostuvimos que la ejecución del atentado fue encomendada a esa organización libanesa por las más altas autoridades de Irán. Y esto fue por el examen de elementos ya existentes y la incorporación de nueva prueba. El problema es que aquí hay demasiada gente que quiere firmar el certificado de defunción de la causa. El argumento que utilizan es, "como hubo pruebas nulas, todas son nulas". Esto es un desatino. Estamos seguros de que se pueden depurar evidencias válidas para realizar una investigación seria. Y el dictamen es parte de esa depuración. Además, es lógica la utilización de pruebas recolectadas por la anterior instrucción. Estamos ante una causa que lleva 12 años de investigación, (por lo cual) sería absurdo pretender que no se utilice nada de eso. Y, en términos de prueba, no se debe evaluar la validez y convicción que aporta según el juez que la haya ordenado, sino por su contenido, su emisor, su verosimilitud. La prueba tiene o no tiene validez en si misma, con prescindencia de quién estuvo a cargo de la instrucción.

—Cuando se investigan delitos de terrorismo, ¿es distinta la ponderación de las pruebas?

—Con esta cuestión hay que tener cuidado. El estándar probatorio exigido por la ley argentina es el mismo para cualquier clase de delitos. No es que ante un hecho terrorista se exija menos prueba o prueba indirecta. La idea no es: "menos prueba para el terrorismo". El tema es que los actos de terrorismo son de más difícil prueba. Esto se debe a su característica de delito complejo. Por eso el análisis debe ser integral, no pretender ver en cada hecho aislado una prueba concluyente y autosuficiente. Realizar comparaciones, probar hechos y deducir de ellos otros sucesos que, vistos en forma aislada no representan delito, y que sólo cobran sentido ante la interpretación contextual.

—Ustedes centran el motivo del atentado en la cancelación de los contratos de cooperación nuclear por parte de Argentina, pero quedó uno sin anular. Parece desmedido que, si seguía la asistencia, se haya tomado una represalia así por parte de Irán…

—Hubo una diferencia central entre el primero y los dos contratos subsiguientes. El primero tenía por objeto disminuir la capacidad de producción de uranio enriquecido con fines proliferantes. No se podía afirmar lo mismo de los otros. En 1991 se ordenó suspender su ejecución y en 1992 se cancelaron definitivamente. A partir de allí comenzaron negociaciones para revertir la postura argentina, que se mantuvo firme y por eso culminó con una demanda contra la empresa contratista, proceso que tuvo un arreglo extrajudicial en 1997. Todas las negociaciones posteriores a la cancelación están signadas por la presión para retomar los convenios bilaterales. Además, esta ruptura se dio en el marco del realineamiento de Argentina en el marco internacional. La cancillería tenía órdenes de alinearse con Estados Unidos y acercarse a Israel, dos enemigos declarados de Irán. La cuestión nuclear fue para nosotros "factor determinante" para el atentado, pero el contexto regional también coadyuvó. En el dictamen detallamos cuestiones vinculadas con el proceso de paz en Medio Oriente, la posible solución del problema palestino, el aislamiento político de Irán en ese marco, y hechos que facilitaron la movilización de Hezbolá en línea con objetivos iraníes.

—¿Se puede considerar probado el contenido de la reunión de 1993 en la nororiental localidad iraní de Mashad, en la que se decide supuestamente el ataque en Buenos Aires, por el testimonio coincidente de personas que no estuvieron en ella? Hay sospechas de que esos testimonios pudieron haber sido preparados por los servicios de inteligencia de Estados Unidos e Israel…

—La existencia de un comité para esas decisiones no fue ocurrencia de la Unidad Fiscal. En el caso Mykonos se dio por probado que la decisión de asesinar a los disidentes fue tomada en ese contexto, una documentación a la que se hace referencia en el caso de Radjavi indica lo mismo. Nosotros tenemos una serie de testimonios que dicen que la decisión se tomó en ese ámbito. Son dichos de varias personas que ocupaban altos puestos de gobierno. El ex presidente iraní Banisadr, Mesbahi y Ahmadi dijeron básicamente lo mismo. Hay varios testimonios más, correspondientes a agrupaciones de izquierda y de derecha que coincidieron en cómo se tomo la decisión. Los sujetos que menciono conocían de primera mano el mecanismo utilizado por el régimen para decidir operaciones terroristas en el exterior. También se declaró que fueron convocados a la cita dos funcionarios iraníes destacados en argentina (el tercer secretario de la embajada de Teherán en Buenos Aires, Ahmad Reza) Asghari y el ex agregado cultural Moshen Rabbani. Nosotros comprobamos que estas personas no estaban en Argentina en la fecha de la reunión, que al regresar se dan una serie de acontecimientos que son consecuencia de los mandatos que surgieron de esa cita y que contribuyen a su prueba. No hay que ver esta reunión como una fotografía. Rabbani volvió de Irán y abrió la cuenta en la que se le depositaron 150.000 dólares. Las autoridades de Irán lo proveen de inmunidad diplomática -–pese a que estaba en el país desde hacía nueve años—, compra un teléfono celular, recibe gran cantidad de correos diplomáticos vinculados al aparato de inteligencia iraní. En definitiva, nada de los que ocurrió en Buenos Aires puede ser explicado sin la existencia de esa reunión. Las piezas ensamblan a la perfección. Aislar las declaraciones que hacen referencia a la existencia de la reunión, respecto de las actitudes posteriores de los que participaron en ella y, desconocer los precedentes judiciales en el mismo sentido, sería un error imperdonable.

—Hay quienes sostienen que el dictamen es producto de las presiones de Estados Unidos e Israel sobre Argentina, en momentos en que Washington necesita argumentos contra Teherán para que cese su programa nuclear.

—Nos sorprende. Incluso algunos dicen que se basa "exclusivamente" en esa información. A lo largo de todo el dictamen no hay una sola referencia a informes de la CIA (Agencia Central de Inteligencia estadounidense) o el Mossad (servicio secreto israelí). Las 800 páginas están plagadas de citas testimoniales, informes de organismos públicos y privados, registros bancarios, de llamadas… La información de inteligencia de la que se da cuenta proviene del servicio argentino y se cita en la medida en que son datos corroborados por prueba judicial. Sucede que se especula mucho acerca de la funcionalidad o las consecuencias políticas de nuestro dictamen. La cuestión se analiza desde esa única perspectiva y cada quien observa el dictamen luego de alinearse detrás del país de su preferencia. Hasta en el delito más pequeño, lo que diga el juez o la fiscalía favorece o es funcional a los intereses del imputado o la víctima. En nuestro caso, por sus particulares características, se analiza la funcionalidad desde la perspectiva de la política internacional. Pero eso no dice absolutamente nada acerca de la veracidad de las conclusiones. A quien beneficia o perjudica este dictamen en términos de política doméstica o internacional es algo que excede nuestra responsabilidad como fiscales. Nuestro objetivo es resolver el caso en la dirección que las pruebas señalen. Allí debe encontrarse nuestro compromiso, el resto son opiniones, conjeturas, especulaciones.

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