El Tribunal Constitucional de Chile considera cuestión privada inviolable a las cuentas bancarias, incluso ante la sospecha de lavado de dinero, pero acepta calificar de traficantes a simples consumidores de drogas.
La decisión del alto tribunal de rechazar el levantamiento del secreto bancario para investigar delitos de lavado de dinero y narcotráfico, avivó la polémica ya instalada en torno a la nueva ley de Control de Drogas y Estupefacientes.
El capítulo impugnado de la norma 20.000 otorgaba a los fiscales, mediante los llamados jueces de garantía que son quienes aprueban diligencias de pesquisa y protección de los derechos del encausado, la facultad de levantar el secreto bancario sobre cuentas corrientes, depósitos u otras operaciones de personas naturales, jurídicas o comunidades objeto de investigación.
Pero el Tribunal Constitucional (TC) dictaminó que ese permiso judicial, especificado en el artículo 27 de la referida ley, va en contra de la Constitución por entender que viola el derecho a la privacidad.
El fallo, que responde a una presentación de diciembre del diputado de la cogobernante Democracia Cristiana Jorge Burgos, perjudica la operatividad de la ley aprobada para mejorar la lucha contra las drogas, que tenía una herramienta de peso en la posibilidad de que la Unidad de Análisis Financiero pudiera investigar movimientos sospechosos de dinero.
La Unidad de Análisis Financiero, que se relaciona directamente con la presidencia de Chile a través del Ministerio de Hacienda, fue creada en 2003 por la ley 19.913 con el objeto de prevenir la utilización del sistema financiero y otras áreas de la actividad económica para la comisión de los delitos de lavado de dinero y asociación ilícita.
La objeción del TC no alcanza, empero, a cerrar todos los caminos de investigación al narcotráfico. Disposiciones de la normativa de Cuentas Corrientes y Cheques, de la ley General de Bancos y del Código Procesal Penal, permiten a los fiscales solicitar informes acotados sobre determinadas cuentas bancarias o partidas financieras.
Otro diputado de la Democracia Cristiana, el presidente de la comisión especial de drogas de esa cámara, Edgardo Riveros, señaló a IPS que el dictamen del ato tribunal cercena en un aspecto importante la ley, pues lo lógico es que el ministerio público (fiscalía) pudiera, previo a la autorización de un juez de garantía, actuar en estos casos.
Por ello no descartó llegar a la modificación de normas constitucionales que permita cumplir el objetivo que la ley se había trazado. Nuestra misión es encontrar una fórmula, jurídicamente aceptable para el TC, añadió.
Sin embargo, la polémica ya se había instalado respecto de esta ley 20.000 por contemplar la ampliación de penas de 541 días a cinco años de presidio para los llamados microtraficantes y presumir que quien porta drogas es traficante. También faculta a la policía a trabajar de modo encubierto y aumenta los fondos para la prevención y rehabilitación de consumidores.
La nueva legislación establece exámenes aleatorios a los funcionarios estatales para detectar si consumen drogas y, para quienes se les compruebe que lo hacen, la inhabilitación de ocupar cargos públicos.
Además, se incluye un marco regulatorio para controlar la producción, importación y exportación sustancias químicas esenciales para la elaboración de drogas.
El presidente Ricardo Lagos enfatizó que los delitos asociados al tráfico de drogas obedecen a una planificación propia de la criminalidad organizada, con financistas, proveedores y distribuidores, por lo cual las medidas propias de persecución de un delito individual no son insuficientes.
Por un lado, el Departamento de Estado (cancillería) de Estados Unidos calificó a Chile como territorio vulnerable al lavado de dinero.
Esa posición hace que la impugnación del TC sea una pésima señal internacional, pues los narcotraficantes buscan siempre los lugares que tengan normativas más proclives al secreto bancario, que les permitan trabajar con más tranquilidad, sostuvo Andrea Muñoz, asesora legal del Consejo Nacional de Control de Estupefacientes (Conace) y parte del equipo redactor de la ley 20.000.
Por su parte, Andrea Fernández, recordó que Chile ratificó en agosto de 1990 la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, suscrita en Viena en diciembre de 1988.
En ella se establece que los países deben modernizar sus legislaciones y una de las recomendaciones es levantar el secreto bancario, comentó a IPS Fernández, la dirigente e investigadora del capítulo chileno de Transparencia Internacional.
La activista aclaró que este precepto de la Convención apunta al fortalecimiento de los controles y regulaciones en el escenario internacional, lo que permite indagar a una persona que ya está siendo investigada en esta materia, no es a cualquier persona.
En septiembre del 2000, Chile promulgó un acuerdo de similares características con Estados Unidos, adoptado en el marco de la Convención de Viena.
Según el último estudio realizado por el Conace en 2002 y publicado en julio de 2003, la droga ilícita más utilizada en Chile es la marihuana, al ser consumida por 5,17 por ciento de los 15,5 millones de chilenos. Le sigue la cocaína con 1,57 por ciento y la pasta base con 0,51 por ciento.
El uso de drogas se concentra en los jóvenes de 19 a 25 años, franja en la que el consumo alcanza a 14 por ciento en el caso de la marihuana, a 4,4 por ciento en la cocaína y a 1,5 por ciento en la pasta base.
A su vez, el senador Jaime Gazmuri, del cogobernante Partido Socialista y miembro de la Comisión de Economía del Senado, advirtió ante IPS que Chile tiene una escasa legislación para prevenir eventuales maniobras ilícitas en el sistema financiero, por lo que el TC hizo un fallo muy desafortunado, muy conservador.
Chile está muy indefenso, tenemos un sistema bancario excesivamente abierto y carecemos de disposiciones, como en otras partes del mundo, que permitan prevenir pensando que este país puede ser una plaza atractiva para el lavado de dinero, en la medida que hay una protección excesiva al secreto bancario, apuntó.
Empero, Riveros cree que la imposibilidad de levantar el secreto bancario no hace que se incremente el lavado de dinero y el crimen organizado. Si bien es cierto, miramos con sentido crítico que la norma no haya quedado establecida en la ley, tampoco llevamos las cosas a un extremo de situar al país ahora con un especial grado de vulnerabilidad por esos aspectos.
Fernández detalló la investigación del sociólogo argentino Juan Gabriel Tocktlian, un estudioso del tema del narcotráfico en América Latina que estableció una tipificación para la región de tres estadios.
La primera es la fase Predatoria, en la que se inicia la organización criminal, la sigue es la Parasitaria, que implica una influencia política y económica con una fuerte capacidad de corromper a los sectores públicos y privados y, finalmente, la Simbiótica, cuando esas mafias pasan a ser parte del sistema político y económico y ponen en jaque al Estado, explicó.
Cada una de los estadios suponen herramientas de control específicas provenientes del Estado, agregó.
Según esta clasificación, Chile se encuentra en la etapa Predatoria, ya que somos un país de consumidores, víctimas del microtráfico, pero no somos un país productor en las cantidades para hacer negocios, por lo que no tenemos los problemas del tráfico de sicotrópicos, apuntó Fernández.
Los sicotrópicos actúan en el sistema nervioso central, produciendo efectos en la conducta de forma dañina para salud y, por lo tanto, están proscritos de su uso terapéutico, como los alucinógenos, alcaloides, ácidos, algunas anfetaminas, entre otros, explicó a IPS el psiquiatra del Conace Mariano Montenegro. (