DERECHOS HUMANOS-ARGENTINA: Juez rechaza indultos a militares

Una resolución judicial abrió este viernes las puertas para anular los polémicos indultos a los ex dictadores Jorge Rafael Videla, Emilio Massera, y a otros ex comandantes de la dictadura argentina (1976-1983) acusados de graves violaciones de los derechos humanos.

En un fallo sin precedentes, el juez federal Rodolfo Canicoba Corral consideró inconstitucionales a dos de los 10 decretos de indulto firmados en 1989 y 1990 por el entonces presidente Carlos Menem (1989-1999), en beneficio de cientos de militares, entre ellos esos dos ex dictadores.

Los decretos cuestionados por Canicoba Corral beneficiaron a seis militares, de los cuales han muerto ya tres: José Montes, Andrés Ferraro y Adolfo Sigwald. De los otros tres, hay dos arrestados por la desaparición de menores nacidos en cautiverio: Guillermo Suárez Mason y Juan Sasiaín. El otro, Jorge Olivera Rovere, está libre y se ordenó su captura.

Más allá de los alcances específicos de esta resolución, la declaración del juez apunta al fondo de la cuestión al alegar que los indultos fueron contrarios a los principios de la Constitución, que en los años 90 dio validez de leyes nacionales a tratados internacionales que impiden amnistiar o indultar delitos de lesa humanidad.

Canicoba Corral sostuvo en su resolución que ”el terrorismo de Estado representa la forma más grave de terrorismo que pueda conocerse”, que ”la desaparición forzada de personas es la violación de derechos humanos más grande que se conozca” y que los altos mandos de la dictadura ”planificaron una metodología de terror”.

También adujo que la prerrogativa presidencial de otorgar indultos ”no está exenta del control de constitucionalidad” por parte de los jueces.

Organizaciones defensoras de los derechos humanos manifestaron su beneplácito ante ese pronunciamiento, que servirá como punto de apoyo para demandar la responsabilidad de ex comandantes amparados en sus indultos para no declarar en procesos que los indagan por secuestros, torturas y desapariciones cometidas en los años 70.

”Es una medida que nos llena de satisfacción, porque implica un avance más contra la impunidad”, dijo a IPS Nora Cortiñas, de la Asociación Madres de Plaza de Mayo. ”Una muy buena noticia”, afirmó por su parte Estela de Carloto, presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo. Ambas organizaciones reúnen a familiares de víctimas de la dictadura.

De Carloto intervino en la causa a cargo de Canicoba Corral como parte querellante por el secuestro y homicidio de su hija Laura, embarazada de dos meses cuando fue privada de su libertad.

La presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo llegó a saber que Laura tuvo un varón al que llamó Guido como su padre, pero no ha podido hallarlo.

Al conocer el fallo de Canicoba Corral, el presidente Néstor Kirchner comentó que ”ya era hora” de que la justicia se pronunciara en contra del perdón presidencial a los ex dictadores.

La resolución se adoptó en el marco de una causa que investiga violaciones de los derechos humanos bajo responsabilidad del I Cuerpo de Ejército, en la región central del país incluida la capital, cuando el jefe de ese Cuerpo era Suárez Mason.

Suárez Mason fue sometido a juicio por 635 violaciones a los derechos humanos perpetradas en 40 centros de detención clandestina que dependían del I Cuerpo de Ejército, huyó del país, fue extraditado y Menem lo indultó antes de que fuera condenado. Ahora está arrestado por secuestro de menores y por el asesinato de 20 militantes de la agrupación izquierdista Montoneros en 1979.

La resolución de Canicoba Corral obliga a Suárez Mason permanecer en prisión también por los crímenes cometidos en el territorio del I Cuerpo de Ejército, una causa que se reabrió a raíz de la anulación de las leyes llamadas ”de obediencia debida” y ”de punto final”, dispuesta por el Congreso en agosto del año pasado.

Esas leyes, sancionadas en 1985 y 1987, habían salvado de ser juzgados a militares que alegaban haber cumplido órdenes cuando secuestraban, torturaban o asesinaban a los detenidos por razones políticas. Fueron dictadas cuando los ex comandantes ya habían sido condenados y cumplían sentencia, antes de ser indultados por Menem.

Las dos normas habían sido derogadas en 1998, y desde entonces nadie pudo acogerse a sus beneficios, pero tampoco podía revertirse su efecto para los ya beneficiados hasta que fueron declaradas nulas por los congresistas, con el fundamento de que la brutal represión perpetrada por la dictadura no prescribe ni puede ser amnistiada.

Tras la anulación, se reabrieron varios procesos judiciales, y uno de ellos fue el del I Cuerpo de Ejército.

En ese contexto, los fiscales pidieron a Canicoba Corral que considerara, contra el indulto, los mismos argumentos que invocaron varios jueces en los últimos años para declarar inconstitucionales las leyes ”de obediencia debida” y ”punto final” en ámbitos judiciales, argumentos que luego fueron retomados por el Congreso para su anulación.

La decisión del juez puede ser apelada por la defensa hasta que el asunto llegue, en última instancia, a la Corte Suprema de Justicia. Si ese máximo tribunal ratifica lo actuado por Canicoba Corral, se podría reclamar la anulación de los demás indultos, que favorecieron entre otros a Videla y Massera, comandantes del golpe perpetrado hace casi 28 años. (

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