DERECHOS HUMANOS-AMERICA: Histórico fallo por asesinato de menores

La condena a Guatemala por el secuestro y asesinato de cinco adolescentes y jóvenes a manos de policías es el primer fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanas, en los 20 años de existencia de este tribunal, en que figuran víctimas menores de edad.

La Corte, institución de la Organización de Estados Americanos (OEA) que funciona con autonomía y está radicada en la capital de Costa Rica, ordenó el miércoles al Estado de Guatemala pagar 508.865,91 dólares a los familiares de las víctimas, asesinadas en junio de 1990.

El máximo tribunal americano también ordenó a Guatemala designar una escuela con el nombre de las víctimas.

Los asesinados eran Julio Roberto Caal (de 15 años en el momento de su muerte), Jovito Josué Juárez (17), Astraum Villagrán (17), Henry Giovanni Contreras (18) y Federico Clemente Figueroa Tunchez (20), que vivían y ganaban el sustento en las calles de la capital guatemalteca.

La decisión unánime de los siete magistrados de la Corte, presididos por el juez brasileño Antonio Cancado, concede al Estado de Guatemala seis meses para cumplir con el fallo.

«Que esto sea una lección para los Estados que maltraten a su más importante tesoro, la niñez», dijo Bruce Harris, director de Casa Alianza, organización no gubernamental que lucha por la niñez de México y América Central.

Harris, quien integró la parte acusadora, expresó su satisfacción por el fallo y exaltó su carácter histórico, pues las víctimas eran menores y jóvenes y por la cantidad de dinero que tendrá que pagarse a los familiares.

Julio Roberto Caal, Jovito Josué Juárez, Henry Contreras y Federico Clemente Figueroa estaban sentados en un espacio de estacionamiento de vehículos en Guatemala el 16 de junio de 1990, un día nublado.

De pronto, una camioneta se detuvo frente a ellos. Salieron de ella los oficiales de la Policía Nacional Civil Samuel Rocael Valdés y Néstor Fonseca, que, armados, se acercaron a los menores, les gritaron y los golpearon.

Luego, lanzaron a las víctimas dentro de la camioneta y se marcharon.

Varios días después, los cuerpos mutilados de los niños sin hogar fueron hallados en un área residencial llamada Bosques de San Nicolás», con los ojos arrancados y con tiros de gracia en la nuca.

Luego, Astraum Villagrán, amigo de los cuatro asesinados, fue muerto a balazos en el mismo estacionamiento, también por los oficiales Valdés y Fonseca.

La oficina de apoyo legal de Casa Alianza acusó de inmediato los policías, quienes después de cuatro años fueron declarados inocentes por la justicia guatemalteca.

En 1994, Casa Alianza y el también no gubernamental Centro para la Justicia y la Ley Internacional (CEJIL) llevaron el caso a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, organismo del sistema de justicia de la OEA radicado en Washington.

Guatemala se rehusó a considerar un acuerdo amistoso con Casa Alianza y CEJIL y, como consecuencia, la Comisión envió el caso a San José para que fuera estudiado por la Corte.

El tribunal americano estableció en diciembre de 1999 que el Estado de Guatemala había violado numerosos artículos de la Convención Americana de los Derechos Humanos con ese secuestro y asesinato, pero sólo este miércoles emitió el fallo final, que ordena las reparaciones.

«Guatemala ha sido señalada por adopciones ilegales, por la violencia contra los niños de la calle y por la carencia de un sistema adecuado de justicia juvenil. Todo esto necesita cambiarse», sostuvo Harris.

El tribunal también reclamó que se permita la exhumación de los restos de Henry Geovanni Contreras, enterrado como desconocido en un cementerio público, para inhumarlo en el cementerio de Casa Alianza.

La Corte también ordenó al Estado de Guatemala «adoptar las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otro carácter que sean necesarias» para asegurar que las leyes reflejen el artículo 19 sobre derechos de la infancia de la Convención Americana de los Derechos Humanos.

Organizaciones de derechos humanos y de la infancia expresaron su molestia y preocupación por la suspensión permanente de la aplicación del Código de la Niñez y Adolescencia, dispuesto por el congreso de Guatemala.

Este código introdujo en la normativa vigente las disposiciones de la Convención de los Derechos del Niño de las Organización de las Naciones Unidas. (FIN/IPS/nms/mj/hd/01

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