/REPETICION/ COLOMBIA: Mujeres embarazadas tendrán mayor protección legal

Las mujeres embarazadas y que se hallen en los primeros tres meses de lactancia no podrán ser despedidas de su trabajo sin justa causa y sin permiso especial de la autoridad laboral, aún con indemnización, según una sentencia judicial divulgada hoy.

El fallo de la Corte Constitucional señala que si un patrono despide a una trabajadora sin causa justa, está obligado no sólo a pagarle la indemnización prevista en la ley laboral sinop también a reconocerle los salarios posteriores a la cesación por ser ésta ilegal.

El máximo tribunal que tutela el cumplimiento de la Constitución, acordó una norma contenida en el Estatuto Laboral con el artículo 53 de la carta política, que consagra la protección especial de la maternidad.

Según el artículo 239 del Estatuto Laboral, una mujer embarazada podía ser despedida sin justa causa por el patrono con una indemnización de 60 días de salario.

Olga Sánchez, directora del programa de Equidad para la Mujer de la Presidencia de la República, afirmó que el fallo "reafirma el derecho de la mujer a la maternidad y al trabajo", ambos contemplados en la Carta política.

"Tener un hijo no debe ser un obstáculo para trabajar, aunque en Colombia ser madre parece un castigo", pues muchos empresarios fijan como condición a una mujer para ser empleada que no quede embarazada, indicó.

Según organizaciones no gubernamentales que prestan asesoría a mujeres, sólo en Bogotá cada día pierden su trabajo cuatro mujeres por estar embarazadas.

El desempleo afecta a las colombianas en mayor grado que a los colombianos, y en ello juega un importante papel el temor de los empleadores a que las mujeres reduzcan su productividad en etapade embarazo.

El Departamento Nacional de Estadísticas indicó que en 1996 la tasa de desempleo para mujeres fue de 15,6 por ciento y para hombres de 9,6 por ciento. (FIN/IPS/yf/dg/pr/97

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