Pese a los discursos contra el proteccionismo, Estados Unidos y México imponen medidas antidumping (contra competencia desleal) para salvaguardar su producción de acero.
La Administración Internacional de Comercio, entidad federal estadounidense que defiende a las empresas locales en el mercado mundial, está por completar un examen a compañías mexicanas fabricantes de tubos y determinar los impuestos extraordinarios que les impondrá.
El estudio fue solicitado por compañías de Estados Unidos.
Esa dependencia del Departamento (ministerio) de Comercio (DOC, por sus siglas en inglés) dictaminó en diciembre, de manera preliminar, que dos productoras mexicanas de tubos de cobre vendieron esas piezas en Estados Unidos a un precio menor al normal en su país de origen.
Entonces, el DOC resolvió imponer una tarifa antidumping temporal de 48,33 por ciento contra Mueller Comercial de México y Ternium México, esta última propiedad del grupo argentino Techint. Debido a su negativa a cooperar durante el procedimiento, ambas corporaciones recibieron la tasa más alta posible.
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En mayo pasado, Mueller Comercial, con sede en el nororiental estado mexicano de Nuevo León y subsidiaria de la estadounidense Mueller Industries, informó al DOC que no participaría del procedimiento y anticipó que la revisión no impactaría en sus finanzas.
Este tipo de protecciones en el campo del acero no son una novedad en las relaciones comerciales bilaterales. Por ejemplo, si se analiza 2008, no podría decirse "que hubo exceso de medidas. La mayoría de los procesos ya venían desde antes", dijo a IPS Sergio Gómez, director general de la consultora Inteligencia Comercial.
La primera investigación estadounidense a los aceros mexicanos data de octubre de 1991. En septiembre de 1992, Washington estableció una cuota antidumping de 32,62 por ciento para varias exportadoras del país latinoamericano.
Sin embargo, al sur del río Bravo también se cuecen habas. La Secretaría (ministerio) de Economía de México resolvió en enero mantener cuotas compensatorias a productos de acero procedentes de China y Gran Bretaña durante cinco años, luego de un proceso similar al llevado a cabo en Estados Unidos y con el argumento de proteger a la industria nacional.
No obstante, disminuyó ligeramente las compensaciones: en el caso chino, de 0,72 dólares a 0,50 por kilo de cadena de acero. En el británico, de 8,42 por ciento a 5,91 por ciento sobre el valor de la tubería de carbono.
México arguyó que una eliminación total de la cuota perjudicaría a su industria y amenazaría la recuperación de las inversiones que ha realizado en el sector.
Ante una convocatoria del gobierno, dos empresas habían expresado en 2009 su interés en que la Secretaría de Economía mantuviera la cuota compensatoria.
Mientras, la empresa ThyssenKrupp Mexinox SA de CV se impuso en noviembre pasado en su desafío legal contra del cobro por parte de Washington de tarifas antidumping sobre láminas de acero originarias de México y la entrega de esos fondos a fabricantes estadounidenses.
Los cobros quebrantaban el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (conocido como NAFTA), vigente desde 1995 entre Canadá, Estados Unidos y México.
Así lo señaló la sentencia de tres páginas del juez Donald Pogue, de la federal Corte Internacional de Comercio de Estados Unidos.
En su queja de julio de 2006, esa corporación, filial de la transnacional alemana del mismo nombre, arguyó que la Oficina de Aduanas y Fronteras estadounidense había aplicado ilegalmente la llamada enmienda Byrd para impuestos extraordinarios sobre láminas de acero inoxidable importadas de México.
Los recursos obtenidos por los gravámenes fueron transferidos a productores estadounidenses, como AK Steel Corp., Allegheny Ludlum Corp. y North American Stainless.
El fallo hace referencia a la Ley de Compensación por Continuación del Dumping o Mantenimiento de las Subvenciones, de 2000, conocida como enmienda Byrd, por ser autoría del senador estadounidense Robert C. Byrd.
La norma estipula multas a las empresas extranjeras acusadas de competencia desleal. Washington transfiere luego los montos recaudados entre las empresas denunciantes.
En noviembre de 2004, la Organización Mundial de Comercio (OMC) habilitó a la Unión Europea y a otras seis naciones, entre ellas México, a adoptar sanciones comerciales contra Estados Unidos por un máximo de 150 millones de dólares, en represalia por mantener vigente la enmienda Byrd, que el organismo había declarado ilegal en septiembre de 2002.
La victoria legal "sólo es un pedacito del tema, hay mucho más todavía y lleva muchos años", dijo a IPS un ejecutivo de ThyssenKrupp Mexinox, con sede en el central estado mexicano de San Luís Potosí.
El pago de tasas antidumping perjudica en gran medida a las acereras mexicanas, pues encarece sus productos y pone en riesgo futuros envíos.
Las medidas antidumping de Washington desde 1992 han afectado duramente la industria mexicana del acero. En 1993, las ventas mexicanas a Estados Unidos se desmoronaron 90 por ciento.
Pero a partir de 1999, los envíos empezaron a repuntar. En 2008, los productores mexicanos vendieron al país del norte 58 millones de dólares en tubo y tubería estándar, logrando un crecimiento de 11 por ciento respecto del año anterior. Pero la recesión económica internacional hizo que las ventas cayeran 30 por ciento en mayo pasado.