Sudán intentará convencer al Consejo de Seguridad de la ONU de postergar por un año el proceso penal internacional contra el presidente Omar Al-Bashir, acusado de crímenes de guerra, contra la humanidad y genocidio en la región de Darfur.
El fiscal jefe de la Corte Penal Internacional (CPI), Luis Moreno Ocampo, pidió el mes pasado que ese tribunal emitiera una orden de arresto contra Al-Bashir, para que responda por esos cargos ante la justicia.
La decisión fue criticada por la Liga Árabe y la Unión Africana (UA). Asimismo, China intenta que el Consejo de Seguridad de la ONU (Organización de las Naciones Unidas) deje de lado cualquier acción contra el mandatario sudanés al menos durante 12 meses.
Aymen Abdelaziz Salaama, profesor de derecho penal internacional en la Universidad de El Cairo y candidato a integrar el equipo de abogados de Al-Bashir, dijo, entrevistado por IPS, que "no es correcto, desde el punto de vista legal, el argumento de Sudán de que la CPI carece de jurisdicción ya que Jartum no es miembro pleno".
IPS: —¿Cuál es la autoridad legal y la jurisdicción de la CPI?
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AYMEN ABDELAZIZ SALAAMA: —Este tribunal fue creado en 1998 mediante un tratado multilateral, el Estatuto de Roma, y comenzó a funcionar oficialmente en 2002. Su mandato es investigar y enjuiciar a jefes de Estado o de gobierno, o altos funcionarios, acusados de cometer crímenes de guerra, contra la humanidad o genocidio. Sus acciones deben estar dirigidas contra individuos, no contra gobiernos o sistemas políticos.
Su jurisdicción, sin embargo, se limita a crímenes cometidos desde su establecimiento en 2002. La sentencia máxima que puede aplicar es de 30 años de prisión. La cadena perpetua o la pena de muerte están excluidas.
Actualmente la CPI cuenta con 106 países como miembros plenos, entre ellos tres del mundo árabe: Djibouti, Comoras y Jordania. Las restantes naciones árabes, Egipto y Sudán entre ellas, firmaron el Estatuto de Roma, pero sus parlamentos no lo ratificaron.
—¿Bajo qué circunstancias puede la CPI iniciar acciones legales contra un jefe de Estado o de gobierno?
—Sólo hay tres formas. La primera es que un miembro pleno pida una investigación de crímenes cometidos en su propio territorio.
La segunda es que el Consejo de Seguridad de la ONU, citando una amenaza a la paz y la seguridad internacionales, reclame una investigación en cualquier país, haya adherido o no al tribunal. Esto es lo que sucedió en 2005, cuando el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1.593, que encargó a Moreno Ocampo investigar los crímenes supuestamente cometidos en Darfur.
Es por esto que no es correcto, desde el punto de vista legal, el argumento de Sudán de que la CPI carece de jurisdicción porque Jartum no es miembro pleno.
La tercera alternativa es que el fiscal jefe del tribunal pida una investigación, para lo que debe contar con la aprobación del panel preliminar de la CPI, integrado por tres jueces.
—¿De qué se acusa a Al-Bashir y con qué evidencias?
—El fiscal jefe lo acusa de utilizar a la policía y el ejército para cometer de forma metódica crímenes de guerra, contra la humanidad y genocidio desde 2002. Ha reunido evidencias y testimonios de testigos y víctimas de 17 países, de organismos gubernamentales y organizaciones no gubernamentales y de las misiones de la ONU en Darfur.
—¿Qué puede hacer Sudán para contrarrestar esos cargos?
— En primer lugar, puede apelar la resolución 1.593, señalando que eximió a ciudadanos estadounidenses presentes en Darfur de la jurisdicción del tribunal, por el hecho de que Estados Unidos no firmó el Estatuto de Roma. En mi opinión esto es muy injusto, pues que obliga a Sudán a someterse al tribunal mientras, simultáneamente, impide que la CPI formule acusaciones de crímenes de guerra contra Estados Unidos.
En segundo lugar, Jartum tiene el derecho de cuestionar la evidencia presentada por el fiscal jefe. Y finalmente, puede juzgar localmente a los acusados por la CPI de cometer crímenes en Darfur. Al crearse el tribunal se estableció que sólo tendría jurisdicción si la justicia del país en cuestión no quiere o no puede procesar a los acusados.
Es la CPI la que determina esto, o sea que, aunque Sudán enjuicie localmente a las personas sobre las que pesan los cargos, esto no implica necesariamente que el tribunal internacional abandone el caso.
Finalmente, Sudán puede lanzar una campaña política y diplomática destinada a convencer al Consejo de Seguridad de postergar la investigación por un año, periodo que puede ser renovado.
—¿Cómo lograría eso?
— Primero, puede implementar los acuerdos de paz de Darfur. En segundo término, puede otorgar protección y seguridad a todas las organizaciones humanitarias que están actualmente trabajando en esa región y, por último, puede llevar a juicio localmente a otros funcionarios del gobierno acusados de cometer crímenes de guerra.
Pero aun si Jartum, con el apoyo de la Liga Árabe y la UA, tiene éxito en lograr esa postergación de 12 meses, esto no significa que la CPI archive el caso.
—¿Qué puede ocurrir si la CPI emite una orden de arresto contra Al-Bashir?
—Sudán puede entregarlo. Si no lo hace, el presidente se verá impedido de visitar el territorio de cualquiera de los miembros plenos del tribunal. Pero incluso los países que firmaron el Estatuto de Roma, sin ratificarlo a través del parlamento, como Egipto y Sudán, tendrán la obligación moral de no recibirlo u ofrecerle refugio.
Además, la CPI puede pedir al Consejo de Seguridad que emita una resolución, basada en el Capítulo 7 de la Carta de la ONU, que imponga sanciones graduales contra Sudán. Comenzarían con la ruptura de relaciones diplomáticas, pero podrían escalar eventualmente a un bloqueo naval y, en el peor escenario, al uso de la fuerza militar para forzar a Jartum a cumplir con la orden del tribunal internacional.