AMBIENTE-ARGENTINA: Una hoja de ruta contra la contaminación

La cuenca Matanza-Riachuelo, la más contaminada de Argentina por más de un siglo, podría comenzar a sanearse a partir de un innovador fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que es considerado ya un hito en la historia del derecho ambiental latinoamericano.

En respuesta a una demanda de vecinos afectados por la polución, el tribunal emplazó este mes a 44 empresas a informar sobre los residuos que vierten al Riachuelo. También instó al Estado a presentar un plan de manejo y convocó a todas las partes a una audiencia pública el 5 de septiembre.

La cuenca Matanza-Riachuelo tiene 64 kilómetros de largo. Nace al oeste de la provincia de Buenos Aires y al llegar a la capital marca su límite sur hasta desembocar en el Río de la Plata. En sus 2.240 kilómetros cuadrados viven 3,5 millones de personas y operan más de 3.500 industrias

A Alfredo Alberti, vecino de uno de los barrios más vulnerables de la cuenca, la sentencia lo llena de esperanza. "En ausencia de un Poder Ejecutivo que se haga cargo alguna vez de este problema, la propuesta de la Corte es muy promisoria", declaró Alberti a Tierramérica.

La sentencia no sólo causó impacto entre los interesados sino también en el ámbito judicial. El fallo fue muy comentado en el III Programa Latinoamericano de Capacitación en Derecho y Políticas Ambientales realizado en Buenos Aires del 20 al 30 de junio con funcionarios judiciales de la región.

"Los ciudadanos se presentan ante la justicia para denunciar la contaminación, pero ¿y los fiscales?", cuestionó la jueza Aideé Vázquez, de la provincia de Neuquén. La magistrada, que preside el Foro de Jueces por el Medio Ambiente, dijo a Tierramérica que lo que falta en la justicia es "capacitación" sobre estos temas.

En este contexto, la sentencia hizo escuela.

"Para la justicia ambiental de Argentina y de América Latina, este es un 'leading case' (caso testigo), la Corte nos dio una lección maravillosa", destacó la jueza Aída Kemelmajer, de la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Mendoza.

"Esto es lo que los jueces debemos hacer, no sólo escribir palabras bonitas sino establecer de qué modo y en qué plazo se deben cumplir nuestras decisiones", elogió.

"Es un hito, un excelente fallo", remarcó Enrique Peretti, juez de la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Cruz. "Incorpora a generaciones futuras como sujetos de derecho y marca pautas a seguir en estos casos", opinó.

La cuenca Matanza-Riachuelo está contaminada desde el siglo XIX, pero en las últimas décadas la polución se tornó crítica. En abril la Auditoría General de la Nación advirtió sobre el riesgo de una "catástrofe sanitaria" y la Defensoría del Pueblo de la Nación alertó dos veces sobre la falta de políticas públicas sobre el tema.

El problema es complejo porque abarca tres jurisdicciones. Por un lado está la competencia del gobierno nacional, que debe prevenir la contaminación, pero también tienen responsabilidad la provincia de Buenos Aires y la ciudad del mismo nombre. La Corte fijó un esquema que apunta a destrabar el conflicto.

La posición del máximo tribunal quedó cristalizada en una causa iniciada en 2004 por un grupo de vecinos que demandó por la contaminación de la cuenca tanto al gobierno nacional, como al provincial y al de la ciudad, y también a 44 empresas. Entre las firmas está la petrolera anglo-holandesa Shell y la automotriz alemana Mercedes Benz.

La sentencia resolvió tutelar exclusivamente el bien colectivo y devolvió a jueces de primera instancia las demandas individuales por eventuales daños. A partir de esa diferenciación, los jueces consideraron que es su deber buscar la recomposición del daño y, en caso de que este sea irreversible, el resarcimiento.

"La mejora o degradación del ambiente beneficia o perjudica a toda la población porque es un bien que pertenece a la esfera social", dice el fallo. "De allí deriva la particular energía con que los jueces deben actuar para hacer efectivo el mandato constitucional de garantizar el derecho a un ambiente sano", abunda.

La Corte sostuvo que en 30 días las empresas deben informar sobre los líquidos que arrojan al río, su tratamiento, y si tienen los seguros que manda la ley de ambiente para el caso de tener que responder por el daño provocado.

Asimismo, solicitó al gobierno nacional, al estatal y al municipal que presenten en 30 días "un plan integrado" con estudios de impacto ambiental de las 44 empresas, que impulsen un programa de educación ambiental y otro para hacer pública la información relacionada al ambiente.

En el seminario, el juez Ricardo Lorenzetti, autor intelectual de la sentencia, admitió que es la primera vez que la Corte se concentra en la tutela de un bien colectivo como es el ambiente, y que lo hace con el fin de colocar el tema en la agenda de debate social.

"Se necesita abrir el tema a la sociedad, porque esa es la manera de crear conciencia sobre el problema y alcanzar soluciones. De nada sirven las leyes si la práctica social camina por otros senderos", desafió el juez.

* La autora es corresponsal de IPS. Este artículo fue publicado originalmente el 8 de julio por la red latinoamericana de Tierramérica.

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