La ley antiterrorista aprobada por el Congreso de Colombia favorece la desaparición forzada de personas por parte de agentes de las Fuerzas Armadas y atenta contra la independencia judicial y el debido proceso, según activistas humanitarios.
Rocío Bautista, presidenta de la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos (Asfaddes), dijo a IPS que esa norma es ”un grave retroceso en materia de legislación sobre desaparición forzada”.
En 2000, tras 12 años de intentos por parte de organizaciones defensoras de los derechos humanos y de familiares de desaparecidos, se logró que el Congreso aprobara la ley 589,que tipifica la desaparición forzada y establece mecanismos para su prevención y erradicación, logros que se verán afectados por la nueva norma, afirmó.
Con el estatuto que fue aprobado por la plenaria del Senado el miércoles 10, por 67 votos contra 28, las Fuerzas Armadas podrán detener a personas durante un máximo de 36 horas, allanar domicilios y registrar e interceptar comunicaciones sin control judicial previo.
Además, se creará un registro con datos privados de todos los habitantes del país, al cual tendrán acceso autoridades militares, y las Fuerzas Armadas podrán ejercer funciones de policía judicial, que incluyen práctica de pruebas e interrogatorio de personas sospechosas.
Bautista destacó la nueva ley fue aprobada contra las recomendaciones en diversos foros de organismos internacionales encargados de velar por el cumplimiento de tratados sobre derechos humanos, que expresaron su oposición al otorgamiento de facultades judiciales a los militares.
La última de esas recomendaciones fue planteada el 18 de noviembre por el Comité Contra la Tortura, de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Ese organismo pidió al gobierno colombiano reconsiderar la posibilidad de adoptar medidas para ”otorgar facultades de policía judicial a las fuerzas militares y permitir interrogatorios y detenciones de sospechosos durante tiempos prolongados sin control judicial”.
El Comité, encargado de prevenir las prácticas prohibidas por la Convención contra la Tortura, firmada por Colombia, fijó un plazo de un año para que el Estado informe sobre el cumplimiento de esa recomendación.
Según Asfaddes, con la nueva ley no sólo pueden aumentar las desapariciones forzadas, sino que además se limitarán ”de manera grave los mecanismos y garantías que tienen las víctimas y sus familiares” contra los abusos.
Eso ocurrirá porque ”los mismos agentes estatales que podrían estar involucrados en presuntas violaciones a los derechos humanos serán los encargados de llevar a cabo las investigaciones y recolectar y manipular evidencias”, explicó.
Las cifras de Asfaddes indican que de 1979 a mayo del 2003 se registraron en Colombia 6.340 casos de desaparición forzada, y en la gran mayoría aparecen como autores miembros de las Fuerzas Armadas.
Para Gustavo Gallón, presidente de la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) la aprobación de la ley es preocupante en momentos en que ”la polarización ha llegado a un punto en que el gobierno colombiano está estigmatizando no solamente a las personas comunes y corrientes que se oponen a su política” sino a grandes autoridades internacionales en la materia.
Gallón se refería a lo ocurrido a mediados de este año, cuando la entonces ministra de Defensa, Marta Ramírez, sostuvo que el asesor especial de la ONU para Colombia, James Lemoyne, había hecho ”una defensa de los terroristas”.
Ese juicio se debió a que el experto había dicho a periodistas que ”la columna vertebral de las FARC (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia) cuenta con entre mil y mil quinientos hombres y mujeres con una profunda formación política, que llevan luchando entre 15 y 20 años”.
La CCJ tiene en sus archivos numerosas denuncias de detenciones arbitrarias (sin orden judicial ni flagrante delito) de activistas humanitarios, y de detenciones masivas de civiles que afectó particularmente a esos activistas, a sindicalistas y a otros líderes sociales.
Según la Comisión, el común denominador de esos casos es que, pese a la actuación conjunta de fuerzas de seguridad y la Fiscalía, no existió certeza sobre las acusaciones en contra de las personas detenidas, ni antecedentes de investigación judicial seria.
Además, muchas de esas detenciones se llevaron a cabo con participación de personas encapuchadas que señalaban a quiénes capturar, y en numerosas oportunidades las personas detenidas fueron puestas luego en libertad, por no hallarse elementos que las vincularan con ningún delito.
Entre las denuncias registradas está la de una serie de allanamientos realizados durante todo el día 21 de agosto en la localidad de Saravena, del nororiental departamento de Arauca, por miembros de fuerzas de seguridad y de la Fiscalía, junto con dos personas encapuchadas.
”El operativo incluyó allanamientos a sedes de organizaciones sociales, sindicales y de derechos humanos, y a los domicilios de varias personas. Ese día fueron detenidas 42 personas”, según el informe de la CCJ.
Entre esas personas había 14 sindicalistas, cinco líderes comunitarios, dos educadores, tres trabajadores de la salud, un defensor de los derechos humanos, un locutor, un empleado público y un niño.
Otro informe, de la organización no gubernamental (ONG) humanitaria Amnistía Internacional, indicó que seis días después del operativo habían sido liberadas 14 de las 42 personas detenidas, y las restantes 28 permanecían privadas de la libertad.
El 11 de diciembre de 2002, en Bogotá, fue detenido arbitrariamente y torturado por miembros de la Policía Nacional el activista Juan Carlos Celis, de la Corporación Movimiento por la Vida, grupo integrante de la Red de Iniciativas por la Paz y contra la Guerra, junto con unas 30 ONG más que trabajan por la solución negociada del conflicto armado.
Celis, señalado por integrantes de fuerzas de seguridad como ”el cerebro de la oleada terrorista que se adelanta en la ciudad”, fue retenido en el marco de una serie de operativos llevados a cabo con base en información entregada por ”la red de informantes o cooperantes”, o sea por civiles que informan al gobierno a cambio de dinero.
La CCJ indicó que miembros de un comité de interlocución con el gobierno sobre política de derechos humanos, formado por representantes de ONG y de la sociedad civil, pidió información a la Vicepresidencia de la República sobre ese caso, y que aún no ha recibido respuesta.
El director de la oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michael Fruling, apuntó el viernes que el gobierno y la mayoría del Congreso impulsaron la ley antiterrorista contra la opinión del organismo que dirige.
Dar facultades de policía judicial a los militares viola tratados internacionales sobre derechos humanos suscritos por Colombia y atenta contra la independencia judicial y el debido proceso, afirmó.
Pero Carlos Franco, director del programa de derechos humanos de la Presidencia, dijo que ”ningún pacto de derechos humanos prohíbe las facultades de policía judicial para la Fuerza Pública”.