El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ratificó que quienes ofendan a funcionarios públicos pueden ir a prisión, como disponen las llamadas leyes de desacato, un fallo criticado desde el sistema interamericano y la prensa local.
Al ratificar la vigencia de las leyes de desacato, que aún rigen en la mayoría de los países de América Latina para penalizar ofensas a los poderes públicos, el Tribunal se desmarcó de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos e hizo una extensa defensa de su carácter supremo y de la soberanía de Venezuela.
Ante un pedido de nulidad sobre 16 artículos del Código Penal relacionados con delitos de injuria, difamación y vilipendio a funcionarios y poderes, efectuado por el abogado Rafael Gavero en marzo de 2001, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo mantuvo 12 de ellos y ordenó algunos ajustes en otros cuatro.
Lamento la decisión que convalida las leyes conocidas como desacato y que podrían atentar contra el ejercicio de la libertad de expresión, dijo en una declaración el relator especial para la libertad de expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA), Eduardo Bertoni.
Bertoni recordó que la Comisión Interamericana expresó en 2000 que los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva generalmente atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información.
Los pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tienen carácter de recomendaciones para los Estados miembros de la OEA.
Caracas mantiene vigentes las leyes de desacato cuando varios países de la región ya las han derogado o están en proceso de hacerlo, concluyó Bertoni.
De hecho, sólo Argentina, Costa Rica, Paraguay y Perú eliminaron estas normas que, según un estudio del Centro Internacional para Periodistas con sede en Washington, se mantienen como una poderosa arma intimidatoria contra la libertad de expresión en la región.
El récord negativo, según ese estudio, lo ostenta Panamá, con 90 casos de demandas contra periodistas por presuntos delitos de calumnia, injuria y desacato en los últimos tres años. La presidenta panameña Mireya Moscoso se ha comprometido a derogar esas leyes mordaza.
Diarios de Caracas derrocharon titulares para advertir que se abre camino a la censura previa, y asociaron el fallo con la propuesta oficialista de una ley de responsabilidad social de la radio y la televisión (pendiente en el parlamento), que limita los horarios para transmitir programas con contenidos de sexo o violencia.
Esas normas arcaicas presentes en el Código Penal violan obligaciones jurídicas internacionales de Venezuela, advirtió desde Washington el director de la organización no gubernamental Human Rights Watch, José Miguel Vivanco.
Lo que hacen es criminalizar comentarios que pueden resultar ofensivos contra las autoridades, añadió.
En cambio, el jurista independiente Carlos Escarrá dijo a IPS que la sentencia no es un retroceso, sino que establece que el principio de la libertad de expresión no es ilimitado y quien afirme algo públicamente debe ser responsable por sus afirmaciones.
Además establece claramente que el Estado venezolano debe acatar los dictámenes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como de los organismos de integración ante los que ceda soberanía, pero no está igualmente obligada ante lo que sólo son recomendaciones de la Comisión Interamericana, agregó Escarrá.
Respecto de la censura previa, Escarrá admitió que podría venir asociada a medidas cautelares que dicten los tribunales, para prohibir propaganda de guerra, o mensajes que promuevan la discriminación o la intolerancia religiosa. Si un tribunal no puede dictar medidas cautelares entonces estaríamos maniatando a los jueces, opinó.
La libertad de expresión no representa libertad para injuriar y el fallo protege la moral de funcionarios e instituciones, apuntó el ministro de Información, Jesse Chacón.
Y agregó que la declaración de la Comisión Interamericana ignora la 'cartelización' de grupos políticos a favor del debilitamiento de las instituciones en Venezuela.
Entre los parlamentarios abogados, el opositor Gerardo Blyde dijo a IPS que esta sentencia es un retroceso para la libertad de expresión crítica, y Alberto Jordán resaltó que viola tratados internacionales y debe ser rechazada.
En la acera oficialista, Tarek Saab opinó para IPS que la sentencia protege el derecho al honor y la dignidad de las personas contra el uso y abuso de la falsa información para destruirlas, mientras Omar Mezza sostuvo que iguala las oportunidades de los medios: ni los de oposición pueden denigrar impunemente ni los del Estado tampoco.
Mezza admitió que el Código Penal venezolano es obsoleto, y preparamos en el parlamento su reforma integral. El texto vigente es producto de redacciones hechas en 1964 con retoques el año 2000, pero su base es el Código aprobado en 1905.
Carlos Correa, coordinador de la organización humanitaria venezolana Provea, dijo a IPS que preparan un estudio de la sentencia, pero que en principio defienden que las recomendaciones de la Comisión deben ser acogidas por los Estados.
También se pronunciaron humoristas, que con caracterizaciones muy críticas del presidente Hugo Chávez han cosechado grandes éxitos de público y ganancias en los principales hoteles del país.
La sentencia es una prueba del mal humor del gobierno, según Manuel Graterol. Mientras el actor cómico Gilberto González advirtió que podemos quedar desempleados.
La sentencia completó una semana de renovados debates en torno a la libertad de expresión en Venezuela, iniciada cuando el líder opositor y alcalde mayor de Caracas, Alfredo Peña, cerró la televisora comunitaria Catia TV sin que mediase procedimiento administrativo o judicial previo.
Ante las protestas de organizaciones humanitarias, Peña decidió devolver a sus administradores las instalaciones de la emisora, ubicadas en un hospital bajo su administración, a las que había cerrado con cadenas y candados.