DERECHOS HUMANOS-CHILE: Garzón pide interrogar a Pinochet en Londres

El juez Baltasar Garzón, promotor del pedido de extradición de Augusto Pinochet a España, reclamó hoy su derecho a interrogar al ex dictador chileno en Londres, en caso de que Gran Bretaña resuelva liberarlo.

Pinochet está detenido en Londres desde el 16 de octubre de 1998, en virtud de una orden internacional de búsqueda y captura dictada por el juez español, sometido a proceso de extradición.

Pero el ministro del Interior de Gran Bretaña, Jack Straw, haciendo uso de una facultad legal, comunicó el martes a las partes, entra ellas al Estado español, su "inclinación" a interrumpir el proceso, apoyándose en un informe médico que demostraría que el acusado no está en condiciones de afrontar un juicio por razones de salud y edad.

Straw dio un plazo de siete días a las partes para que presenten alegaciones, con la puntualización de que éstas sólo serán tomadas en cuenta si aportan datos nuevos. Ese plazo vencerá el martes próximo.

El gobierno español manifestó, a través de su portavoz, Josep Piqué, que sólo transmitiría la alegación de Garzón en el caso de que aportase elementos nuevos.

Garzón entregó este viernes su alegato al Ministerio de Justicia y éste lo trasladó al de Asuntos Exteriores, que debería remitirlo a la embajada en Londres para que ésta, a su vez, lo entregue a la Fiscalía británica.

El juez español comienza su alegato puntualizando que en aras de la brevedad y "porque así lo pide el Home Office" (Ministerio del Interior británico), sólo utiliza argumentos nuevos, lo que pone al gobierno del centroderechista José María Aznar ante la disyuntiva de cumplir su compromiso o de, por razones políticas, no tramitar el escrito.

Fuentes gubernamentales consultadas por IPS dijeron que antes de pronunciarse, el gobierno deberá estudiar el alegato. Si el estudio se prolongase, el escrito podría quedar sin ser remitido antes del vencimiento del plazo puesto por Straw.

Garzón comienza por señalar que sus alegaciones están influenciadas por un elemento negativo fundamental: "La ausencia de conocimiento del informe médico sobre el que se quiere que se opine, lo que hace la situación un tanto absurda".

La decisión de Straw de negar el informe médico a las partes y a la justicia española viola garantías básicas, añade, como el principio de igualdad entre las partes, el de defensa y el de contradicción.

Garzón puntualiza, con subrayado y en mayúsculas, que EN NINGUN CASO el procesado puede sustraerse a la acción de la justicia por razones médicas u orgánicas, de acuerdo con el procedimiento penal español.

El juez pidió un informe al médico forense Angel Canelada, quien lo entregó el jueves y en el que especifica que "a pesar de las dolencias físicas del paciente, nada impide, con el tratamiento, vigilancia y control necesarios, el enjuiciamiento de una persona de 84 años de edad".

Garzón rechaza el argumento de la edad, dice que no son infrecuentes procesos contra octagenarios y cita algunos casos, como el de Maurice Papón, un funcionario del gobierno francés de Vichy acusado de colaborar con los nazis en la deportación de judíos, y el de Klaus Barbie, que fue jefe de la Gestapo en Lyon, Francia.

Expresa que "en todos ellos los afectados tenían dolencias orgánicas y sin embargo, se satisfizo el interés de la justicia". Ese interés, puntualiza, "incluye el de las víctimas y excluye por repugnante la mención de razones humanitarias como argumento para eludir la responsabilidad penal por los delitos que se imputan al presunto autor".

Garzón dice que la confidencialidad de un informe médico debe ser respetada en función del interés que protege, ya que no es lo mismo un análisis dispuesto por una autoridad en un proceso penal que otro, hecho para fines particulares y privados.

A continuación, recuerda que el 19 de octubre de 1998 pidió a Gran Bretaña que se tomara declaración a Pinochet con su asistencia personal. Esa solicitud "después de un año y tres meses, no ha sido contestada".

Por ello, ahora "se solicita expresamente que se autorice la práctica de tal declaración al reclamado, antes de que se produzca la decisión que se anuncia sobre la eventual liberación del mismo y el envío a su país".

Pero, por si eso no bastara, Garzón destaca que la aplicación de la Convención contra la Tortura, en virtud de la cual se realiza el proceso de extradición que Straw piensa dar por terminado, tiene otras consecuencias, como la obligación de juzgar al acusado en el país donde esté detenido, si se negase la extradición.

Según esa Convención, "en caso de que se deniegue la extradición a España, este Juzgado ofrece todos los documentos y elementos probatorios que constan en esta causa, para el enjuiciamiento de Augusto Pinochet en ese país, y para que no se produzca una impunidad de hecho".

Asimismo, el juez solicita que, antes de que Straw se pronuncie definitivamente, el ministro británico autorice un segundo examen médico, a la luz del contenido del primero y con la participación de dos médicos forenses especialistas en psiquiatría designados por la justicia española.

Antes de terminar su alegato, Garzón, previendo la actitud política de su gobierno, dice que lo transmite a través del Ministerio de Asuntos Exteriores "para que, en aras al auxilio a la Justicia, las transmita a las autoridades competentes inglesas".

Y finaliza con un mensaje a los gobiernos británico y español: "Expreso así mi confianza y mi deseo de que tanto por el gobierno español como por el Home Office (Straw), se valoren la trascendencia de los hechos imputados y la necesidad del enjuiciamiento" de Pinochet.

El enjuiciamiento sería la forma "de hacer efectivo el principio de justicia universal, mediante el sometimiento del procesado a un juicio justo, con todas las garantías procesales, incluidas las médicas, pero que también satisfagan el interés legítimo de justicia de las víctimas", dice Garzón. (FIN/IPS/td/ff/hd/00

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