Toda negociación externa del Mercosur tendrá a Chile y Bolivia como socios políticos estratégicos, aunque no integren formalmente el bloque conformado por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.
Ese será el objetivo central de Uruguay durante su presidencia temporal del Mercado Común del Sur (Mercosur), no sólo porque recoge la voluntad política de los seis gobiernos, sino también porque esa estrategia fortalece al bloque en sus negociaciones.
Así lo dijo a IPS el canciller uruguayo Alvaro Ramos luego de presentar formalmente los principales objetivos de su país hasta fines de 1997, aunque aclaró que el ingreso pleno de Chile y Bolivia debe tomarse con "pragmatismo".
En el Mercosur rige una zona de libre comercio con Chile y Bolivia, y para llegar a una convergencia definitiva se requiere "crear las instancias" necesarias para superar otras dificultades.
Como ejemplo, Ramos mencionó que la política comercial chilena es diferente a la del bloque ya que ese país, cuyas exportaciones representan el 55 por ciento de su producto interno bruto, tiene un arancel externo sustancialmente más bajo que el que rige en el Mercosur.
El gobierno uruguayo cree que logrará que los seis países se conviertan en el motor de las negociaciones externas que se ubican en cuatro frentes simultáneos, dijo durante la reunión Grazziella Bonfiglio, directora de Comercio Exterior.
Uno comprende a los países de la Asociación Latinoamericana de Integración y los de la Comunidad Andina, otro es el Area de Libre Comercio de América (ALCA), el tercero la Unión Europea y el Tratado de Libre Comercio, y el cuarto, en el terreno multilateral, la Organización Mundial del Comercio.
Ramos dijo que el resultado de la tarea que la diplomacia uruguaya llevará adelante en este terreno quedará plasmada durante la cumbre hemisférica que se realizará en Santiago de Chile el año próximo con motivo de la discusión del ALCA.
El director de Integración y Mercosur de la cancillería uruguaya, Agustín Espinoza, calificó como de "alta prioridad" para su país que en el resto de este año el bloque logre coordinar las políticas públicas.
La diversidad de los regimenes gubernamentales son "un obstáculo" para acceder a los mercados en a medida en que otorguen un tratamiento preferencial a los proveedores locales.
Esas diferencias afectan la competitividad, argumentó Espinoza. "Cuando lleguemos al 31 de diciembre deberíamos estar en condiciones de negociar la clasificación de estas políticas y la fecha de finalización de las mismas", afirmó.
Durante la presidencia temporal y desde esa posición privilegiada, Uruguay insistirá en crear un tribunal supranacional de justicia para dirimir los conflictos entre los socios sin que estos deban ser resueltos en instancias políticas.
Brasil, el principal generador de enfrentamientos en los últimos tiempos, ha sido el muro de contención a la pretensión uruguaya, que ha contado con el respaldo de Argentina y Paraguay.
Durante la última cumbre del bloque en Asunción, a fines de junio, la Comisión Interparlamentaria del Mercosur (CIM) entregó a los mandatarios una propuesta genérica en la que reclamó eliinar todas las barreras al comercio intrabloque y crear un Tribunal de Justicia.
La propuesta contó con el respaldo de los parlamentarios brasileños que, al igual que la mayoría de los juristas de ese país, han marcado una diferencia conceptual con el presidente Fernando Henrique Cardoso y sus asesores políticos.
"Cardoso sabe que con un tribunal y un derecho comunitario, no podría tomar medidas unilaterales que afectan el comercio de sus socios. Por eso se opone, para salvaguardar sus decisiones políticas, haciendo uso de su mayor peso en la región", comentó a IPS un diplomático uruguayo.
Durante la cumbre de Paraguay, Brasil salió políticamente fortalecido al imponer su criterio de restricción a las importaciones que comenzó a regir en mayo de este año.
Con el respaldo de juristas y un trabajo específico de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay, la CIM remitirá a la cumbre que se celebrará en diciembre en Uruguay una propuesta concreta reseñando las funciones y competencias de ese tribunal. (FIN/IPS/rr/ag/ip-if/97