GINEBRA – Los perjuicios de la trata de africanos esclavizados y la esclavitud racializada persisten hoy en día a través de la discriminación racial sistémica y las desigualdades estructurales, advirtió el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial en una nueva Recomendación General.
“El racismo contra las personas negras, creado para mantener la esclavitud, ha perdurado mucho después de su abolición”, afirmó el Comité, destacando que su legado continúa influyendo en las leyes, políticas e instituciones contemporáneas.
La recomendación, la número 40 del Comité desde su creación en 1969, se emitió con motivo de conmemorarse este lunes 31 el Día Internacional de las Personas de Ascendencia Africana.
En un mensaje a propósito de este día, el secretario general de la ONU, António Guterres, destacó el compromiso de la organización con el desmantelamiento del racismo sistémico y por la eliminación de las barreras que limitan el potencial y el ejercicio de los derechos de las personas afrodescendientes en todo el mundo.
El Comité, que trabaja junto al Consejo de Derechos Humanos de la ONU en esta ciudad suiza, señaló que la violencia racializada, los estereotipos y las barreras estructurales siguen limitando el nivel educativo, la movilidad económica, los resultados en materia de salud y la seguridad ambiental.
Afirmó que “los daños psicosociales, sanitarios y económicos intergeneracionales, arraigados en la esclavitud, se han visto reforzados por políticas que perpetúan el racismo contra las personas negras”.
Ello genera “obligaciones para los Estados de proporcionar justicia reparadora”
“La eliminación de la discriminación racial no puede ser eficaz, completa ni duradera sin un compromiso pleno para examinar y reparar los daños y las consecuencias persistentes de la trata de africanos esclavizados y la esclavitud racializada”, asentó el Comité.
Su documento denunció los “siglos de trabajo robado”, que generaron “una enorme riqueza que se fue acumulando a lo largo de generaciones, produciendo una desigualdad material extrema entre quienes se beneficiaron de la esclavitud y quienes resultaron perjudicados por ella”.
Abordó la cuestión jurídica de los actos anteriores Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, adoptada por la Asamblea General de la ONU en 1965 y que entró en vigor en 1969.
Sobre esa base afirmó que “el paso del tiempo no debe entenderse como un impedimento para que los Estados reconozcan estas injusticias históricas o adopten medidas apropiadas de justicia reparadora y rendición de cuentas por esos crímenes”.
Independientemente de la calificación jurídica de los actos históricos originales, los Estados siguen obligados por sus obligaciones actuales en virtud de la Convención a eliminar la discriminación racial contemporánea.
Asimismo, a “abordar las desigualdades estructurales y otras consecuencias persistentes vinculadas al colonialismo, la trata de africanos esclavizados y la esclavitud racializada”, reza la recomendación.
El Comité afirmó además que negar una justicia reparadora efectiva “es en sí mismo una forma distinta de discriminación racial”, que viola la Convención.
Recomendó que las medidas reparadoras sean integrales y de amplio alcance, combinando medidas monetarias y no monetarias, incluidas medidas estructurales, y abarcando la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y las garantías de no repetición.
También instó a los Estados a derogar o revisar las leyes y políticas nacionales que perpetúan el racismo, las jerarquías raciales o la discriminación, o que obstaculizan la justicia reparadora, y pidió cambios transformadores en las leyes, políticas e instituciones que siguen perpetuando la desigualdad racial.
En particular, pidió garantizar la participación plena y efectiva de las personas de ascendencia africana y las comunidades afectadas en la formulación de políticas y en el diseño y la aplicación de medidas de justicia reparadora.
El Comité también abordó la responsabilidad de los actores privados y otros no estatales, incluidas organizaciones religiosas, universidades, empresas, bancos, aseguradoras y otras instituciones que participaron, facilitaron o se beneficiaron de la trata de africanos esclavizados, la esclavitud racializada o las prácticas coloniales.
Instó a los Estados a garantizar que dichos actores contribuyan de manera efectiva a la justicia reparadora, incluso reconociendo su papel histórico, abriendo los archivos pertinentes y contribuyendo a las medidas reparadoras “de manera proporcional a su participación y a los beneficios que obtuvieron”.
El Comité afirmó que los reconocimientos y las disculpas “deben ir acompañados de medidas concretas y no deben sustituir otras formas adecuadas de reparación”.
Señaló que la educación y la conmemoración son fundamentales para combatir las actitudes discriminatorias y prevenir su repetición.
Para que las reparaciones sean efectivas, el Comité recomendó, finalmente, planes de acción nacionales con plazos definidos, elaborados en consulta con personas de ascendencia africana y comités de reparación, para “desmantelar la dominación y la subyugación jerárquicas basadas en la raza dentro y entre todas las instituciones”.
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