Cuba actualiza protección de trabajadores ante nueva realidad empresarial

Trabajadores de una empresa privada laboran en la confección de calzado artesanal, en la provincia Pinar del Rio, en el extremo occidental de Cuba. En el sector privado ocurren muchas de las violaciones de los derechos laborales, que un nuevo Código de Trabajo intentará solventar. Imagen: Jorge Luis Baños / IPS

LA HABANA – Todavía en consulta entre los trabajadores de Cuba, el anteproyecto de un nuevo Código de Trabajo pretende ofrecer garantías de no discriminación y estabilidad laboral, así como protección a los empleados ante posibles reestructuraciones y recortes de plantilla en empresas estatales o privadas.

Comenzado el 8 de septiembre, el proceso de consulta de esta nueva norma de 525 artículos  se extenderá hasta el 30 de noviembre. La norma a sustituir, la Ley 116, tiene 194 artículos, es de 2013 y se actualizó por última vez en 2020.

“Hay que sensibilizar a todos sobre la importancia, el alcance y los beneficios (del anteproyecto). Cuando estamos diciendo más derechos y más garantías, no es un eslogan”, dijo a medios locales Osnay Colina, presidente de la Comisión Organizadora de la edición 22 del Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), que se celebrará en 2026.

Colina fue designado a su actual cargo después de que, el 18 de julio, fuera cesado Ulises Guilarte como secretario general de la CTC, organización que agrupa a todos los sindicatos del país.

“Hay que estudiar el anteproyecto, porque la propuesta sí nos dota de más derechos a todos los empleados, en cualquier actividad económica del país, ya sea del sector estatal o privado”, agregó.

“He visto muchos casos de explotación laboral (en empresas privadas), incluso cuando había un contrato de por medio. Hasta que no vea que se garanticen esos derechos que en teoría ya tenemos, no podré confiar en este nuevo Código de Trabajo”: Alicia Rodríguez.

Con el actual código, los actores no estatales de la economía no están expresamente definidos como empleadores de la fuerza de trabajo, función que empezaron a adoptar con mayor relevancia cuando se permitió en 2021 la creación de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) privadas.

La apertura paulatina y con vaivenes a la actividad privada en un país de economía centralizada desde el triunfo de la revolución de 1959, obliga a normar este sector y adecuar a las distintas áreas estatales a las nuevas realidades y derechos laborales.

En gran medida, en la actualidad la vulneración de derechos laborales ocurre actualmente en ese creciente sector privado, con múltiples casos de explotación e infracción de los tiempos de descanso de los trabajadores, acoso, procesos discriminatorios para la selección de un puesto, empleo informal, entre otras violaciones.

“He visto muchos casos de explotación laboral (en empresas privadas), incluso cuando había un contrato de por medio. Hasta que no vea que se garanticen esos derechos que en teoría ya tenemos, no podré confiar en que un nuevo Código de Trabajo resuelva estos problemas”, dijo Alicia Rodríguez, una médica de 29 años que dejó su empleo estatal para trabajar como camarera en un restaurante privado.

El nuevo código, con miras a ser aprobado en 2026, dejaría plasmado en el papel, a diferencia de la norma actual, el significado del empleo digno, al cual deben tener acceso los cubanos.

También regirá otros principios como el de la no tolerancia a las manifestaciones de discriminación, violencia y acoso en el ámbito laboral, la prohibición del trabajo forzoso y la igualdad en la remuneración entre hombres y mujeres.

Además, “pretende que el trabajo remunerado se convierta en la fuente principal de ingresos que sustente condiciones de vida dignas” de las personas, dijo a medios locales Olgalidi Alapón, jurista del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

En esta nación insular caribeña el salario medio es de 16,5 dólares, según la tasa de cambio informal, la más usada en el país.

Ese ingreso no permite a muchas personas vivir de su salario, en un país donde, por ejemplo, un cartón de 30 huevos puede costar unos seis dólares. Así que subsisten gracias a los ingresos de segundos empleos informales o de remesas que les envían familiares migrantes desde el extranjero.

Trabajadores de una cooperativa de construcción laboran en el mantenimiento de la fachada de un edificio, en La Habana. Cuba cuenta con 4,1 millones de personas trabajadoras, de un total de 9,7 millones de habitantes. Imagen: Jorge Luis Baños / IPS

Protección ante despidos

Una de las novedades del anteproyecto consiste en que los empleadores del sector privado o estatal, a excepción de instituciones públicas cuyos gastos son asumidos por el presupuesto del Estado, están obligados a contratar un seguro de desempleo para proteger los ingresos de las personas trabajadoras ante interrupción laboral.

Asimismo, ante despidos por “motivos económicos, tecnológicos y estructurales”, que comprende un recorte de plantilla, la disolución de la empresa u otras situaciones similares.

Con la nueva norma, las empresas estatales tendrían un protocolo de acción para los casos de reestructuración de plantilla, y se implementaría de acuerdo a los resultados de estudios económicos y de organización del trabajo previamente realizados.

En tanto, los trabajadores afectados por las medidas tienen derecho a recibir una protección de seis meses de su salario, si no consiguen otro empleo gestionado por el propio empleador o por sí mismos, que se financiaría con el seguro de desempleo.

Si rechazaran “injustificadamente” una propuesta de reubicación, los empleados solo recibirían el equivalente al salario básico de un mes.

“Ciertamente, las empresas estatales no han mostrado históricamente ser eficientes… Ha habido empresas con pérdida, empresas que se repiten teniendo pérdidas, empresas subsidiadas, etcétera”, dijo la economista Ileana Díaz, durante una entrevista en el podcast cubano La Sobremesa.

Según datos oficiales, 10,6 % de las empresas cubanas (sin contar las mipymes y cooperativas) presentaban pérdidas al cierre de julio de este año: 291 de un total de 2737.

Varios economistas coinciden en que esa ineficiencia se debe a razones estructurales de las empresas, a imposiciones del Estado de vender a precios bajos a la población, o a los procesos de asignación centralizada de recursos, entre otras; una sobrecarga de empleados y distribuciones desiguales del trabajo son también otros de los motivos.

De alguna manera, el nuevo Código podría preparar a los trabajadores para un escenario donde las empresas deficitarias estatales, hoy subvencionadas por el Estado, podrían quebrar y disolverse, o quizás pasar a otras formas de gestión.

Este panorama podría ponerse en práctica tras la aprobación del anteproyecto de una Ley de empresas, que lleva posponiéndose su aprobación desde 2023.

Sin embargo, una polémica acuciante es que la disolución o reestructuración de empresas podría dejar parados a miles de trabajadores.

“Si hay que sacar personas o si hay empresas que en su momento quiebren, entonces hay que buscar la protección de vida (de los trabajadores) y que haya oferta de empleo privado, cooperativo, o en otros sectores estatales, de manera que se puedan reubicar. Esa es la lógica que debe primar”, acotó Díaz.

Si bien un salario básico no suele bastar para alimentar a un trabajador, “puedo estar peor, no tenerlo (ese ingreso), estar en cero”, agregó.

Mujeres laboran en el procesamiento de mangos en la miniempresa estatal Villaroja, en La provincia de Artemisa, en el oeste de Cuba. El nuevo Código de Trabajo ofrecería mayor protección para los casos de acoso laboral, así como reforzaría las garantías de una remuneración igualitaria entre hombres y mujeres. Imagen: Jorge Luis Baños / IPS

Otros cambios

Para brindar mayor protección a los empleados en los procesos de despidos por la búsqueda de una eficiencia empresarial o ante, por ejemplo, medidas disciplinarias, el nuevo código ofrecería, como vía de apelación, un debido proceso en los tribunales municipales de justicia.

Con la ley vigente, en las entidades, sobre todo estatales, donde se aplica el Sistema de Justicia Laboral para la solución de conflictos laborales –que funciona con la mediación del sindicato–, de persistir un desacuerdo del empleador o el empleado con la decisión adoptada por la comisión sindical, muchas veces no existe el recurso de reclamación a los tribunales.

En el caso de las mipymes, en conflictos entre empleador y empleado, el proceso se traslada desde el principio a los órganos de justicia.

La nueva norma, que para su creación tomó de referencia legislaciones europeas y latinoamericanas, contempla, además, otras garantías laborales, como mayor protección contra la discriminación por embarazo, o beneficios fiscales para los empleadores que contratan personas en situación de discapacidad.

Reconoce y regula el teletrabajo; también el pluriempleo, el cual permite a las personas llevar un trabajo a tiempo parcial además del ordinario, pero de forma que la jornada diaria no exceda las 13 horas.

Por otra parte, se modifica la edad mínima laboral, de 17 a 18 años, en correspondencia con la Convención sobre los Derechos del niño y otros acuerdos nacionales e internacionales.


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Cuba cuenta con 4,1 millones de personas clasificadas como ocupadas (empleadas), de un total de 9,7 millones de habitantes, según la más reciente Encuesta Nacional de Ocupación de 2024, publicada por la Oficina Nacional de Estadística e Información (Onei).

El nuevo código representa, en general, una adecuación a los tiempos que corren, con nuevos actores económicos y dinámicas empresariales, donde se intenta blindar a los millones de trabajadores, para los inciertos tiempos futuros.

ED: EG

 

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