CHINA-PERÚ: Extradición al patíbulo

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó medidas provisionales para evitar que Perú extradite a China al ciudadano Wong Ho Wing, acusado en su país de delitos que se castigan con la muerte.

Wong Ho Wing, junto a su esposa y una de sus hijas, está acusado de delitos que se castigan con la muerte en China Crédito: Ángel Páez/IPS
Wong Ho Wing, junto a su esposa y una de sus hijas, está acusado de delitos que se castigan con la muerte en China Crédito: Ángel Páez/IPS
La solicitud, realizada ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, fue anunciada por la secretaria ejecutiva adjunta de la CIDH, Elizabeth Abi-Mershed, en una carta enviada a la defensa de Wong después de que el Poder Judicial peruano autorizó la extradición pedida por China.

Wong está acusado en su país de los delitos de lavado de dinero, soborno y defraudación de rentas de aduana, éste último castigado con la pena capital según las leyes chinas.

Abi-Mershed invocó el inciso dos del artículo 63 de la Convención Americana de Derechos Humanos, según el cual, "en casos de extrema gravedad y urgencia, y cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas, la Corte, en los asuntos que esté conociendo, podrá tomar las medidas provisionales que considere pertinentes".

Un informe de las Naciones Unidas difundido en el Cuarto Congreso Mundial Contra la Pena de Muerte, que se desarrolló hasta el viernes en Ginebra, señala que 141 países han abolido la pena capital en sus sistemas jurídicos o en la práctica. China es uno de los que no lo han hecho.
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China encabezó la lista de naciones con mayor cantidad de condenas a muerte en 2008, con 7.003, y de ejecuciones, con 1.718, según las estimaciones de la organización humanitaria Amnistía Internacional.

El caso de Wong se inició el 27 de octubre de 2008, cuando se disponía a salir de Lima y fue detenido por la policía peruana en el aeropuerto.

Las autoridades detectaron que Interpol había emitido una orden de captura contra el ciudadano chino, a solicitud del Buró 24 del Ministerio de Seguridad Pública de la República Popular de China. Desde entonces, Wong está preso en el penal de máxima seguridad Sarita Colonia.

El 20 de enero de 2009, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Perú admitió un hábeas corpus a favor de Wong, pronunciándose contra la extradición porque el delito de defraudación tributaría que le atribuía la justicia china se castiga allí con la pena de muerte.

El recurso del hábeas corpus tutela derechos fundamentales a la vida y a la libertad frente a actos u omisiones de autoridades que puedan lesionarlos. En Perú las leyes permiten interponerlo contra resoluciones judiciales firmes.

Sin embargo, el proceso de extradición siguió adelante.

El Código Penal "señala que no se debe conceder la extradición de una persona si ésta es reclamada por un delito sancionado con la pena de muerte", dijo a IPS el abogado de Wong, Luis Lamas Puccio.

La Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura también prohíbe extraditar a una persona imputada de un delito sancionado con la pena máxima. Sin embargo, "el Poder Judicial del Perú admitió a trámite la extradición de Wong", añadió el jurista.

Ante la posibilidad de que la extradición se concediera, la defensa de Wong apeló a la CIDH.

El 31 de marzo de 2009, el secretario ejecutivo de la CIDH, Santiago Cantón, informó al denunciante que se había pedido a Lima no conceder el pedido.

En una carta dirigida al presidente de Perú, Alan García, Cantón solicitó que "se abstenga de extraditar al señor Wong Ho Wing hasta tanto la CIDH se pronuncie sobre la petición formulada a su favor, la cual comprende los derechos a la vida, integridad personal, igualdad ante la ley, garantías judiciales y protección judicial".

Pero los procedimientos continuaron y el caso llegó al despacho de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el magistrado Robinson Gonzales.

Pese al hábeas corpus y la intervención de la CIDH, el magistrado continuó los procedimientos y optó por solicitar a la embajada de China seguridades de que la justicia de ese país no procedería a ejecutar a Wong si era extraditado.

El 10 de diciembre de 2009, el embajador chino Zhao Wuyi comunicó al magistrado Gonzales: "tengo plena autorización para comprometer que no se le va a aplicar la pena de muerte a Wong Ho Wing en el caso de ser procedente la solicitud de extradición solicitada".

Al día siguiente, Wuyi reportó al magistrado que "el Tribunal Popular Supremo de la República Popular China ha tomado la siguiente decisión: de ser aplicada la extradición del Perú a China, si Wong es juzgado culpable, la Corte no lo condenará a la pena de muerte".

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) se constituyó como amicus curiae (amigo del tribunal) en el proceso y presentó un informe señalando la mala fe de las autoridades chinas en su solicitud, pues no acreditaron los castigos con que se penan los delitos imputados a Wong.

"Si concede la extradición, (el acusado) será sujeto a un alto riesgo de ser sentenciado a muerte y ejecutado en China", señala el informe.

"No hay ninguna garantía de que las autoridades chinas cumplan con esa promesa (que hicieron al magistrado Gonzales), si se tiene en cuenta el récord mundial de ajusticiamientos de China", dijo a IPS el secretario general de la CNDDHH, Ronald Gamarra.

Pero, en un pronunciamiento por mayoría, la Sala Penal Permanente que preside Gonzales falló el 20 de enero a favor de la extradición de Wong.

Ahora el camino está expedito para que el Poder Ejecutivo emita una resolución autorizando el procedimiento de entrega de Wong a las autoridades de su país.

Para tratar de evitarlo, el abogado Lamas Puccio presentó el 9 de febrero un recurso de hábeas corpus contra las acciones en las que puedan incurrir el presidente García, el canciller José García Belaúnde y el ministro de Justicia, Aurelio Pastor, a quienes corresponde ejecutar la extradición.

"La ley dice que la justicia debe pronunciarse en el término de 24 horas cuando se trata de una acción para cautelar la vida de una persona que está en peligro, pero han transcurrido 16 días y no se emite el fallo", dijo el jurista.

"Hay intromisión política para favorecer al gobierno de China. Quizás eso explica por qué el Ministerio de Justicia incluso se niega a ofrecer información, bajo el argumento de que se trata de un caso reservado, limitando la posibilidad de ejercer la defensa", agregó.

También para Gamarra el gobierno peruano podría estar actuando para no perturbar sus excelentes relaciones políticas y económicas con China. Este lunes 1 de marzo entrará en vigor el Tratado de Libre Comercio entre los dos países.

"Hay que recordarle al gobierno peruano que ningún tratado en el mundo está sobre la vida de una persona", dijo Gamarra.

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