DEFENSA-ARGENTINA: Desaparece último bastión de la pena de muerte

El parlamento de Argentina derogó el Código de Justicia Militar, eliminando ese fuero especial que existía desde el siglo XIX, así como el último vestigio de la pena de muerte y el castigo a la homosexualidad.

En una votación unánime, el Senado derogó en la noche del miércoles el código, originalmente sancionado en 1895, convertido luego en la ley 14.029 de 1951, con muy pocas modificaciones posteriores.

La nueva norma incorpora los delitos de carácter castrense al Código Penal y crea un Procedimiento Penal Militar para Tiempos de Guerra y un código disciplinario que suprime los castigos a la homosexualidad, sanciona la discriminación y el acoso sexual y establece multas, descartando el calabozo o el confinamiento.

Hasta ahora los militares podían ser juzgados por sus pares y no tenían derecho a un abogado. El castigo para los delitos más graves —como traición, espionaje, rebelión y amotinamiento— era la pena capital, que no existe en la justicia ordinaria nacional.

En materia de sanciones disciplinarias, los castigos previstos por el código eran contrarios al respeto de los derechos humanos establecido en la Constitución. A partir de ahora, las faltas leves merecerán un apercibimiento o multas pecuniarias y para las gravísimas se prevé la destitución.
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"Esta ley incorpora a los militares a la Constitución, es un paso adelante para la democratización de las Fuerzas Armadas y para el sistema en general", dijo a IPS el abogado Gastón Chillier, director ejecutivo del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y uno de los juristas que trabajaron en el proyecto aprobado.

"Es una reforma de avanzada en América Latina", destacó Chillier. En la región hay países en los que la justicia militar puede juzgar a civiles. En otros, delitos comunes pueden quedar bajo jurisdicción castrense. "Esto es superior porque elimina directamente el fuero especial", remarcó.

En 1984, durante el gobierno de Raúl Alfonsín (1983-1989), se aprobaron nuevas leyes que dieron a las cámaras federales de apelación, de carácter civil, potestad para revisar todas las decisiones de los tribunales militares.

Esa reforma habilitó los históricos procesos contra los jefes de la última dictadura militar (1976-1983), acusados de crímenes que la justicia castrense había dejado impunes.

Si bien los comandantes de las juntas militares dictatoriales fueron condenados, recibieron poco después los beneficios del indulto, y decenas de procesos penales quedaron truncos con la aprobación de leyes de perdón.

Anulados en los últimos años los indultos y esas normas, la defensa de los militares acusados ha seguido reivindicando, sin éxito, la jurisdicción militar.

La derogación del código militar fue resultado de un compromiso asumido por el Estado argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en un proceso iniciado por un oficial retirado.

El capitán del ejército Rodolfo Correa fue sancionado con arresto en 1997 por un tribunal militar, tras haber declarado contra sus superiores en un juicio por el asesinato de un soldado en jurisdicción castrense, y no se le permitió contar con un abogado ni conocer las pruebas en su contra, porque así lo establecía el código ahora derogado.

Correa era capitán en un regimiento de Zapala, en la sureña provincia de Neuquén, donde fue asesinado el soldado Omar Carrasco. El caso, por el que se acusó a dos soldados y a un suboficial, causó tal conmoción que llevó al gobierno de Carlos Menem (1989-1999) a poner fin al servicio militar obligatorio.

En ese proceso, Correa fue castigado por denunciar públicamente la responsabilidad y el encubrimiento de militares de rango superior al de los acusados. Poco después, se retiró de la fuerza, estudió derecho y se recibió de abogado.

Con el patrocinio del CELS y de otros juristas, Correa llevó su caso a la CIDH, parte del sistema de justicia de la Organización de los Estados Americanos. La demanda sostuvo que la sanción aplicada al capitán fue inconstitucional porque no tuvo las garantías del debido proceso.

La demanda condujo a una solución amistosa en 2006. El Estado argentino se disculpó con Correa y se comprometió a reformar el Código de Justicia Militar. Para esta tarea, el Ministerio de Defensa convocó a juristas militares y civiles que trabajaron durante meses en el proyecto.

Uno de los convocados fue el ministro de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Raúl Zaffaroni, profesor de derecho penal.

En su opinión, así como hay en el Código Penal figuras específicas para funcionarios o jueces, también debía haberlas para los militares.

La nueva legislación establece que aún en tiempos de guerra se deben extremar los recursos para dar lugar a la justicia ordinaria. Si esto no es posible, los jueces militares que entiendan en el caso deberán regirse por el Código Penal, y su sentencia no quedará firme hasta que sea revisada por un tribunal civil en tiempos de paz.

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