En un fallo histórico, la Corte Suprema de Justicia de Argentina declaró este viernes inconstitucional el decreto que indultó a un ex jefe militar de la dictadura y marcó así el camino para anular igual beneficio otorgado a los máximos responsables del régimen sangriento que imperó de 1976 a 1983.
Con una mayoría ajustada de cuatro votos sobre siete, el alto tribunal consideró que "los delitos de lesa humanidad, por su gravedad, son contrarios no sólo a la Constitución Nacional sino a toda la comunidad internacional", y como argumento se citaron fallos anteriores en los que la mayoría de magistrados hizo valer este mismo principio.
La Corte se pronunció en esta oportunidad sobre el indulto que había beneficiado al ex general Santiago Omar Riveros, hoy con 83 años, que de 1975 a 1978 fue comandante de Institutos Militares en Campo de Mayo, un cuartel cercano a Buenos Aires usado como campo de concentración, por donde se estima pasaron casi 4.000 prisioneros y quedaron muy pocos sobrevivientes.
Riveros había sido procesado en 1985 imputado de 40 graves delitos contra los derechos humanos y aún no había sido condenado cuando en 1989 el entonces presidente Carlos Menem le otorgó el indulto junto a una treintena de otros jefes militares de la represión ilegal,
Entre los beneficiados por el decreto de Menem (1989-1999) también estaban los ex dictadores Jorge Rafael Videla y Eduardo Emilio Massera, ambos sentenciados a cadena perpetua por delitos contra la humanidad.
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"Es una noticia importantísima que parecía que nunca íbamos a escuchar, pero finalmente llegó y me pone muy feliz", declaró a IPS emocionada Hebe de Bonafini, la presidenta de la Asociación Madres de Plaza de Mayo creada en plena dictadura por un grupo de mujeres que reclamaban y aún reclaman por el destino de sus hijas e hijos detenidos-desaparecidos.
Según los últimos datos recogidos por la Secretaría de Derechos Humanos, mediante denuncias concretas, suman 13.000 las personas secuestradas por el régimen y que aún permanecen desaparecidas, aunque organizaciones defensores de los derechos humanos elevan esa cantidad a unas 30.000. También decenas de miles se exiliaron o fueron encarcelados y torturados y finalmente lograron recuperar la libertad.
Como jefe del Instituto, Riveros comandó la llamada "zona cuatro", una de las cinco en las que se dividió el país para implementar el sistemático terrorismo de Estado. El área a cargo de este represor abarcó a ocho populosos distritos de la oriental provincia de Buenos Aires, todos situados en la región metropolitana que bordea a la capital argentina por su parte norte.
Si bien la declaración del tribunal se refiere sólo al caso Riveros, sienta jurisprudencia para remover los otros indultos otorgados por el gobierno derechista de Menem. "Este es el primero que se anula, pero detrás de este caso hay otros expedientes en trámite", adelantó a IPS Adriana Calvo, de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, que es querellante en la causa.
Esa agrupación, que reúne a sobrevivientes de campos clandestinos de detención, había logrado que se reabra el proceso por violaciones de los derechos humanos en Campo de Mayo una vez que se anularon en 2005 las leyes de amnistía dictadas en la segunda parte de los años 80. En ese marco, solicitaron la inconstitucionalidad del indulto a Riveros, jefe de la zona.
En primera instancia, el juez aceptó los argumentos de los querellantes y la Cámara de Casación, que es el tribunal de máxima instancia penal, coincidió en 2006 con el criterio de que no se puede indultar a un acusado de delitos de lesa humanidad. Esa posición fue la que también se impuso este viernes en la Corte Suprema de Justicia.
El indulto a los ex jefes militares que se otorgó en dos tandas entre 1989 y 1990— había sido el golpe de gracia para la justicia y la verdad impulsada por las organizaciones humanitarias, luego de que ese proceso había quedado herido con las llamadas leyes de punto final y de obediencia debida sancionadas unos años antes durante el gobierno de Raúl Alfonsín (1983-1989).
Esas normas habían dejado sin efecto los procesos en curso contra militares subordinados que actuaron durante la represión.
Con el indulto a los jefes se cerró un ciclo de impunidad que se creyó definitivo. Sin embargo, las entidades humanitarias lograron mantener vivo su reclamo a través de la apertura de causas judiciales nuevas para establecer la verdad sobre el destino de los desaparecidos, o para juzgar otros delitos que no habían sido objeto de amnistía, como la sustracción de menores.
En el contexto de esas nuevas causas, un juez declaró la inconstitucionalidad de las leyes de amnistía y el caso llegó hasta la Corte Suprema, que en 2005 se pronunció de la misma manera.
Con aquel fallo del máximo tribunal, y ya en un contexto distinto con el gobierno de Néstor Kirchner definido en favor de revisar el pasado dictatorial y dejar libre a la justicia para actuar contra aquellos delitos, se reabrieron múltiples causas por violaciones de los derechos humanos, pero subsistía una traba que era el indulto.
Los procesos se reabrían para juzgar a los subordinados acusados de secuestros, torturas y homicidios, pero los máximos jerarcas seguían impunes. Entonces, con el mismo recorrido que se siguió para anular las leyes de amnistía, los jueces de primera instancia comenzaron a pronunciarse por la inconstitucionalidad del perdón dado por Menem.
Esa posición fue avalada por tribunales superiores y por la Procuraduría General de la Nación hasta que llegó a la Corte, que se pronunció este viernes.
La votación resultó más ajustada de lo esperado. Cuatro de los siete ministros del alto tribunal coincidieron en que los tratados internacionales de derechos humanos que Argentina incorporó a su Constitución en 1994 impiden amnistiar o indultar a personas condenadas o enjuiciadas por delitos contra la humanidad.
Otros dos magistrados votaron en disidencia, coincidiendo en parte con los fundamentos del voto favorable pero argumentando también que se estaba ante "cosa juzgada", ya que la Corte en 1990 —con una integración diferente— había declarado "constitucional" esos indultos.
El séptimo integrante de la Corte, Enrique Petracchi, se abstuvo de votar porque formó parte del tribunal que había avalado la constitucionalidad del indulto.
Riveros no estuvo en libertad durante estos 18 años en que estuvo indultado. A mediados de los años 90 se ordenó su detención por apropiación de menores nacidos durante el cautiverio de su madre y luego por su participación en el Plan Cóndor, la coordinación represiva de las dictaduras sudamericanas con anuencia de Estados Unidos. Ahora, el ex general deberá enfrentar un juicio por el destino de las víctimas de Campo de Mayo, que será el primero de una serie de procesos contra los ex comandantes y otros máximos responsables de la dictadura.