COLOMBIA: Expertos avalan fallo que limita fuero militar

Expertos colombianos avalaron hoy un fallo de la Corte Constitucional que limitó la jurisdicción militar para procesar a los miembros de las fuerzas de seguridad en activo que incurran en delitos comunes y de lesa humanidad.

La decisión de la Corte que tutela el cumplimiento de la Constitución pone fin a una polémica sobre los alcances de la figura del fuero militar.

Con el fallo, los hechos de violencia sexual, extorsión, secuestro, homicidio fuera de combate y desaparición forzosa, entre otros, en que incurran los militares en servicio activo serán competencia de la justicia ordinaria y no de los tribunales castrenses.

Para el abogado y ex ministro de Defensa Guillermo González, la Corte reafirmó que "los excesos no tendrán cabida en las Fuerzas Armadas, y delitos como la desaparición forzosa, la tortura o el homicidio" no pueden ser considerados "actos de servicio".

El Código Penal Militar incliía entre los "actos de servicio" a los delitos considerados de lesa humanidad.

Según el ex ministro de Justicia Enrique Parejo, la decisión de la Corte es positiva "para el país y para las Fuerzas Armadas" porque al delimitar el fuero militar se "fortalece la confianza y la credibilidad en los cuerpos armados".

En el mismo sentido se pronunció la delegada de la Organización de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, Almudena Mazarrasa, según la cual en los países en que existe un fuero militar "todo lo que sea delitos de lesa humanidad" no puede ser competencia de tribunales castrenses.

Mazarraza indicó que el concepto de "obediencia debida"en el que se amparan las Fuerzas Armadas hay que entenderlo en el sentido de que "se obedecen órdenes que tienen que ver con el propio contenido de las obligaciones".

El comandante de las Fuerzas Armadas, general Manuel Bonett, desaprobó indirectamente el fallo, al afirmar que "todo lo que atropella al fuero militar debilita la capacidad de combate de las tropas".

"Uno no puede var la vida de gratis. Lo mínimo que puede hacer la sociedad es darnos un fuero militar", una suerte de "salvavidas" de los uniformados pues es "muy difícil sostener un combate en el que existe inferioridad jurídica frente a los alcances del enemigo", opinó.

Fernando Borrero, ex consejero de paz del presidente Ernesto Samper y docente de la Universidad Nacional, afirmó a IPS que las expresiones de Bonett señalan un hecho que "hay que mirar equilibradamente".

"Es un hecho real que así como hay desconfianza de la justicia ordinaria en la militar" los militares también pueden sentir que haya jueces que predispuestos ideológicamente contra ellos, destacó.

Esa desconfianza se produce porque cuando hay un conflicto interno hay desgarramiento de la sociedad y hay diferencias ideológicas que afectan a las instituciones, afirmó.

El fuero es una garantía constitucional que se otorga a este tipo de instituciones para que sus integrantes "sean juzgados de manera especial por tribunales también especiales" y constituye una excepción al principio de igualdad ante la ley, sostuvo.

En el caso colombiano se debería establecer un fuero militar limitado "que dé confianza a las Fuerzas Armadas de que su funcionamiento va a ser imparcial y van a tener un debido proceso".

La exclusión expresa del examen por jueces militares de violaciones a los derechos humanos fue planteada por la Comisión Andina de Juristas el 5 de julio en su informe anual.

Según la Comisión, en 1996 "la fuerza pública continuó asesinando civiles y cometiendo diferentes hechos violatorios de los derechos humanos" en medi ode un clima de total impunidad (97 por ciernto de los responsables de este tipo de delitos no son castigados).

El caso más significativo señalado por la Comisión fue el del general retirado Farouk Yanine, quien fue absuelto por un tribunal militar en julio tras haber sido acusado por la Fiscalía de apoyar la conformación de grupos paramilitares y por su posible participación en varias masacres. (FIN/IPS/yf/dg/ip-hd/97

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