El gobernante Partido Liberal de Colombia suspendio la afiliacion de cinco dirigentes procesados por la justicia y mantuvo en suspenso su examen del caso del presidente Ernesto Samper, acusado por la Fiscalia general de admitir dinero del narcotrafico en su campana electoral
El Consejo Etico del Partido Liberal informo que separo provisoriamente de esa colectividad a tres ex legisladores y dos ex gobernadores que estan sometidos a proceso penal y a medidas judiciales especiales determinadas por la calidad de funcionarios publicos que tenian al momento de los supuestos actos ilegales.
A propuesta del ex ministro Andres Gonzalez, el Consejo Etico postergo todo debate acerca de la posibilidad de sancionar tambien a Samper, cuyo caso se encuentra a discusion en la Camara de Representantes.
La Fiscalia general responsabilizo a Samper ante la comision de Acusaciones de la Camara de Representantes de enriquecimiento ilicito, falsedad en documento, fraude electoral y encubrimiento, y los diputados deben resolver si solicitan al Senado la apertura de juicio politico al presidente.
El Consejo Etico entendio que toda medida del Partido Liberal contra el presidente debe aguardar la decision de la Camara de Representantes, cuyo eventual pronunciamiento a favor del juicio politico determinaria la separacion de Samper de su cargo hasta tenerse el fallo final del Senado.
Los cinco dirigentes sancionados no podran intervenir en actos ni en debates encaminados a la toma de decisiones del partido actualmente en el poder.
Se cree que el Consejo Etico analizara en los proximos dias la situacion de otros dirigentes liberales que afrontan proceso judicial.
Casi una veintena de parlamentarios liberales fueron separados del partido en abril de 1995, dias despues de que la Fiscalia pidiera a la Corte Suprema de Justicia que los investigara por haber recibido presuntamente dinero del narcotrafico para campanas electorales.
Los miembros del Consejo se atuvieron al articulo 36 del Codigo de Etica, que establece que los afiliados seran separados de la colectividad cuando en su contra existan procesos relacionados con el narcotrafico.
En el caso de Samper, tambien podria aplicarse el numeral quinto del articulo 36, que habilita la sancion cuando "el afiliado haya contravenido normas del Consejo Nacional Electoral".
Se trata, especialmente, de normas relativas a los topes fijados a los partidos para la financiacion de las campanas politicas.
El Consejo Nacional Electoral anuncio esta semana que investiga la campana electoral de Samper, que habria superado en mas de dos millones de dolares el limite legal de gastos. (FIN/IPS/yf/ff/ip/96)