RÍO DE JANEIRO – “Sabemos que ganamos una batalla, pero aún tenemos una guerra por delante”, advirtió la abogada Cristiane indígena Baré sobre el fallo del Supremo Tribunal Federal que rechazó la más grave amenaza jurídica a la sobrevivencia de los pueblos originarios de Brasil, el llamado “marco temporal” para el otorgamiento de tierras.
“Victoria”, celebraron los cerca de 600 indígenas que acamparon en Brasilia para acompañar las dos sesiones del máximo tribunal que concluyeron con una votación considerada histórica al anochecer del jueves 21.
Por nueve votos contra dos se puso fin a una pesadilla que costó muchas vidas indígenas desde 2009, cuando surgió la “tesis” de que los indígenas solo tienen derecho a la tierra que ocupaban físicamente el 5 de octubre de 1988, fecha en que se promulgó la actual Constitución brasileña.
Esa tesis es inconstitucional, sentenciaron los magistrados del Supremo, con excepción de los dos nombrados por el expresidente de extrema derecha Jair Bolsonaro, radicalmente contrario a los derechos indígenas y cuyo gobierno (2019-2022) actuó de forma genocida, de acuerdo con la posición de muchos juristas.
Denuncias de genocidio contra los pueblos indígenas pesan contra el expresidente en el Tribunal Penal Internacional y en el Ministerio Público brasileño, que investigan las acusaciones.
Origen de la pesadilla
Paradójicamente, el “marco temporal” nació de un fallo del mismo Supremo Tribunal Federal (STF), cuando consideró legal la demarcación del territorio Raposa Serra do Sol, en el norteño estado de Roraima, y puso fin, en 2009, a una disputa judicial de más de una década.
Un argumento, entonces denominado “condicionante”, fue que los varios pueblos beneficiados ocupaban las tierras demarcadas en octubre de 1988. Eso se convirtió en regla y varios tribunales, incluso el STF, pasó a rechazar algunas demarcaciones a causa del llamado “marco”.
Ante los conflictos generados, el STF aclaró en 2017 que el criterio fue específico para el territorio Raposa Serra do Sol y no era válido en otros casos, pero la “regla” siguió favoreciendo los terratenientes en su pelea contra los territorios indígenas.
Con el “juicio del siglo”, como lo denominan defensores de los pueblos originarios, se buscó dirimir definitivamente la controversia, al menos en lo jurídico.
Para eso el STF aprovechó un proceso local, una disputa de tierras entre los indígenas del pueblo xokleng y el gobierno del sureño estado de Santa Catarina, para darle “repercusión general”, de validez en todas las demarcaciones.
Por eso el fallo de este 21 de septiembre es “histórico”. Servirá de precedente normativo para los procesos judiciales pendientes y que involucran a 226 de los territorios indígenas cuestionados por alguna de las partes involucradas, según el dato del proprio STF.
Conquistas constitucionales
La Constitución de 1988 representó un triunfo de los indígenas al reconocerles “el derecho originario sobre las tierras que tradicionalmente ocupan”, encargando al Estado demarcarlas y protegerlas.
En Brasil hay 740 territorios reclamados por los indígenas, de los cuales 500 ya fueron plenamente demarcados y 66 ya declarados. Estos últimos se trata de los ya reconocidos y delimitados pero aún pendientes de la homologación presidencial, último acto del procesos, según los datos del Instituto Socioambiental, organización no gubernamental que acumula datos detallados de la población originaria.
Otros 174 territorios ya fueron identificados o siguen en estudios para una futura demarcación.
Las áreas ya demarcadas suman 119 millones de hectáreas, o 14 % de los 850 millones de hectáreas del territorio nacional. Los indígenas suman 1,65 millones de personas en Brasil, lo que equivale a 0,83 % de la población total de 203 millones de habitantes. Creció mucho desde los años 80, cuando se los estimaba en 250 000.
La reafirmación de la identidad indígena fue el factor principal de ese aumento. Las nuevas políticas alentaron a declararse indígenas a muchos que antes negaban su etnia ante la discriminación y la violencia contra los pueblos originarios.
Las tierras demarcadas son una cuestión vital para “la reproducción física y cultural, según sus usos, costumbres y tradiciones” de los indígenas, reconoce la Constitución.
Pero se trata de un proceso lento que lleva más de una década, a veces varias, al enfrentar distintos obstáculos, como el “marco temporal” y la escasez de recursos humanos y financieros de la Fundación Nacional de los Pueblos Indígenas, la agencia gubernamental encargada de las políticas sectoriales.
“Litigio climático”, es como definió el juicio del “marco temporal” el coordinador jurídico de la Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil (Apib), Mauricio Terena. Los territorios indígenas benefician no solo los indígenas, sino toda la humanidad al constituir una barrera contra la destrucción de la naturaleza y contener así el recalentamiento global, argumento en varias entrevistas este mes de septiembre.
Abogados indígenas
Terena, que adopta el nombre de su pueblo como apellido, es uno de los más de 50 abogados que actuaron contra el “marco” en ese juicio, buena parte indígenas y otros indigenistas de organizaciones como el Instituto Socioambiental y el Consejo Indigenista Misionero (Cimi), vinculado a la Iglesia católica.
Una generación de abogados indígenas, como Terena y Cristiane Baré, se graduó en las universidades para encabezar las luchas de sus pueblos en este siglo. Uno de los coordinadores de Apib, la organización nacional que une siete asociaciones regionales, Dinaman Tuxá, también es abogado.
Baré es asesora jurídica de la Coordinación de las Organizaciones Indígenas de la Amazonia Brasileña (Coiab), la región en que vive la mayor parte de los pueblos originarios del país.
“Seguir movilizados para alejar otras amenazas” es el llamado del líder tuxá, al destacar que el STF aún debe decidir el miércoles 27 de septiembre sobre las indemnizaciones a los terratenientes que se adueñaron de parte de los territorios indígenas.
Además, en el legislativo Congreso Nacional se busca imponer, por una nueva ley, el marco temporal ahora desestimado como inconstitucional por el STF.
Por eso “la lucha continua”, advirtieron muchos líderes y abogados indígenas.
Otras amenazas
Dos jueces del STF rechazaron el “marco temporal”, pero sus votos incluyeron la necesidad de indemnizar los terratenientes por las tierras que adquirieron de “buena fe”, con la propiedad reconocida legalmente, aunque constitucionalmente sean considerados invasores y solo tengan derecho a la compensación por las mejoras que añadieron al predio.
Además otros dos también propusieron que el Congreso apruebe una ley abriendo la posibilidad de actividades económicas hoy restringidas en los territorios indígenas, como la minería y la agricultura sin limitaciones.
Y uno más votó por el traslado de los grupos indígenas a un “área equivalente”, fuera de su comunidad tradicional, siempre que lo acepten, cuando sea muy difícil sacar a los “invasores”.
Son concesiones peligrosas para los derechos indígenas, según Terena, que puede generar otros conflictos y afectar las demarcaciones, especialmente la indemnización previa por la tierra en si misma, como pregona un juez.
Un consenso sobre compensaciones a los terratenientes es el tema pendiente que los 11 jueces del Supremo intentarán definir antes de finalizar el juicio el día 27.
Otra amenaza es el proyecto de ley 2903, que se tramita en el Senado tras una aprobación acelerada en la Cámara de Diputados, que busca imponer la restricción del “marco temporal” por la vía legislativa, ahora en confrontación con el STF, es decir el Poder Judicial.
Legislar sobre el tema es una prerrogativa del Poder Legislativo, según el relator del proyecto, el senador Marcos Rogerio, del opositor Partido Liberal a que pertenece también Bolsonaro y es, por lo tanto, dominado por la extrema derecha.
Los legisladores reconocen que, al condenar el marco como inconstitucional, el STF estableció una norma nacional. Pero eso no somete al Congreso, cuyas decisiones se sobrepondrían al fallo judicial, gracias a su rol de crear leyes que modifican la legalidad.
Suena solamente un deseo de crear un hecho político y mantener el tema en tela de juicio. Ello porque una ley ordinaria, como la que está en trámite legislativo, no se sobrepone al dictado de la Constitución y será obviamente declarada inconstitucional.
A los legisladores les quedaría la alternativa de aprobar una enmienda constitucional, hazaña poco posible, ya que requiere una mayoría de 60 % de los votos de los diputados y de los senadores.
Además sin la seguridad de poder entrar en vigor, porque se trata de anular derechos fundamentales, que son “cláusula pétrea” en la Constitución, es decir protegidas de cualquier intento de modificaciones.
ED: EG