LA HAYA – Mientras los líderes se reúnen en Glasgow en la COP26, tenemos que recordarles que la crisis climática solo se puede mitigar en conjunto si se basa en una asociación significativa con individuos, grupos vulnerables, defensores ambientales y organizaciones de jóvenes y de la sociedad civil.
Para que esa asociación tenga sentido, es necesario que los funcionarios del Estado actúen con firmeza para permitir, en lugar de restringir, los derechos y las libertades.
Sin embargo, muchos Estados imponen restricciones innecesarias y desproporcionadas al derecho a la protesta, a la libertad de expresión, al acceso a la información y a la libertad de asociación: libertades y derechos fundamentales que permiten a la población participar en la toma de decisiones en cuestiones ambientales.
Ya en 2017, Katharina Roll destacó los ataques contra los defensores de los derechos ambientales y la necesidad de protegerlos.
Cuatro años después, muchos defensores y grupos de la sociedad civil siguen sufriendo represiones. Además, los obstáculos a la participación y la acción se intensificaron durante la pandemia sanitaria, cuando los Estados introdujeron nuevas restricciones a estas libertades con el pretexto de luchar contra la propagación de la covid-19.
Según un reciente informe del relator especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, el reto más urgente al que se enfrentan los activistas del clima son las agresiones físicas, a menudo precedidas de acoso e intimidación en línea y fuera de ella.
Por desgracia, más de 70 % de los defensores de los derechos humanos asesinados cada año son defensores del ambiente. Son víctimas del vilipendio y la desinformación y han sido etiquetados como “extremistas” y “criminales verdes”, a menudo se presentan como servidores de los intereses de grupos “militantes” y “terroristas”.
Según nuestra investigación, cada vez se promulgan más leyes que limitan y prohíben la libertad de reunión para atacar las protestas climáticas o criminalizar los métodos legítimos y legales utilizados por los manifestantes (por ejemplo, encarcelando a los activistas climáticos en virtud de las “leyes de alteración del orden público” o utilizando las leyes de seguridad laboral para prohibir las protestas en los bosques).
Los Estados y las empresas utilizan de manera indebida el sistema judicial para intimidar a los activistas ambientales y a sus organizaciones por medio de procesos penales y demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPP, en inglés) o de una vigilancia de sus comunicaciones y actividades.
Mientras tanto, algunos Estados restringen las actividades de las organizaciones de la sociedad civil y su capacidad para acceder a la financiación o les imponen requisitos de auditoría muy gravosos para silenciar sus voces.
Nuestro análisis también reveló que los Estados restringen el acceso a la información o exigen que las organizaciones tengan una masa crítica de miembros para poder participar en la elaboración de políticas a nivel nacional; esto limita su capacidad de participar y aportar su experiencia en las políticas y decisiones que afectan al ambiente.
Pero los desafíos a la participación existen más allá de las fronteras nacionales. Los defensores del clima también se enfrentan regularmente a obstáculos para acceder a las negociaciones sobre el cambio climático a nivel de la ONU.
En la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), que celebra ahora su 26 Conferencia de las Partes (COP26) en Glasgow, los Estados se comprometieron a promover y cooperar en la educación, la formación y la sensibilización del público en relación con el cambio climático, y a fomentar la más amplia participación en este proceso, incluida la de las organizaciones no gubernamentales.
Estos compromisos se vieron reforzados por el Acuerdo de París, adoptado en 2015 en la COP21
La Resolución nº 40/11 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, seguida de la puesta en marcha de la Hoja de Ruta de Ginebra, instó a los Estados a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar los derechos, la protección y la seguridad de todas las personas, incluidos los defensores de los derechos humanos y el ambiente, que ejercen los derechos mencionados, que son esenciales para la promoción y la protección de los derechos humanos y la conservación del ambiente.
También se instó a los Estados a que adopten y apliquen leyes o políticas sólidas y eficaces que garanticen, entre otras cosas, el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos y la vida cultural; la libertad de buscar, recibir y difundir información; y la igualdad de acceso a la justicia, incluido un recurso efectivo, en el campo ambiental.
En definitiva, las represiones y la violencia contra la sociedad civil y los defensores del clima son contrarias a los compromisos de los Estados en materia de derechos humanos en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y violan la libertad de asociación, de reunión pacífica, de expresión, de acceso a la información y de participación, entre otras.
Estas restricciones a la sociedad civil debilitan los esfuerzos de mitigación del cambio climático. Impiden la colaboración que es tan crucial para frenar la crisis climática durante la próxima década.
Por lo tanto, animamos a los delegados de la COP26 a que se comprometan a:
- Crear un entorno propicio para el derecho a la libertad de asociación, reunión, participación y expresión. Los Estados deben garantizar que los individuos, los grupos de la sociedad civil y las comunidades, como los pueblos indígenas, los jóvenes, los niños, las mujeres, los miembros de otros grupos minoritarios y discriminados, los trabajadores y las asociaciones, incluidos los grupos no registrados, disfruten de estos derechos de forma plena y equitativa.
- Eliminar las medidas y enfoques restrictivos. Los Estados deben dejar de intimidar y asesinar a los defensores ambientales, etiquetar a los activistas y grupos, y eliminar las barreras legislativas a estas libertades. También deben promulgar leyes anti-SLAPP para desalentar el uso de los juicios como represalia para enfriar la participación pública.
- Involucrar a la sociedad civil y a las comunidades para que participen de forma significativa en el desarrollo y la aplicación de todas las políticas climáticas y la transición justa en todos los niveles de toma de decisiones. Como parte de esto, deben crear o fortalecer las plataformas de múltiples partes interesadas con la participación de los individuos y grupos afectados que quieran formar parte del proceso. Les pedimos que escuchen e integren las voces de los jóvenes cuyo futuro está en juego.
- Rindan cuentas y pongan en marcha procesos transparentes e inclusivos para supervisar e informar sobre la aplicación del Acuerdo de París y otros compromisos climáticos, incluidos los que salgan de la COP26. Los Estados pueden desarrollar mecanismos específicos de colaboración para involucrar a los grupos afectados y a la sociedad civil, y elaborar conjuntamente indicadores para facilitar el seguimiento y la presentación de informes sobre los compromisos.
Como destaca el relator especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, “los Estados no pueden hacer frente a la emergencia climática por sí solos. La capacidad de los individuos para movilizarse, organizarse y conectarse y para contribuir a conformar la opinión pública y la toma de decisiones sin miedo… es esencial para la producción de una acción climática efectiva y de transiciones justas”.
Les pedimos a los Estados a impulsar el cambio juntos.
Este artículo se publicó originalmente en OpenGlobalRights.
RV: EG