DDHH-COLOMBIA: Puntadas de la Corte Interamericana en caso Cepeda

El tiempo no lo sana todo. Al condenar al Estado colombiano por el asesinato del senador Manuel Cepeda, de la Unión Patriótica (UP), el máximo tribunal de derechos humanos de América consideró un agravante los 16 años de impunidad para los autores intelectuales.

Jomary Ortegón integró el equipo de abogados que representó a la familia de Manuel Cepeda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos Crédito: Constanza Vieira/IPS
Jomary Ortegón integró el equipo de abogados que representó a la familia de Manuel Cepeda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos Crédito: Constanza Vieira/IPS
La sentencia, adoptada el 26 de mayo y divulgada el miércoles 23 de este mes, es la primera decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionada con el exterminio de la UP, partido surgido del acuerdo de paz del gobierno de Belisario Betancur (1982-1986) con las insurgentes Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

El acuerdo, de 1984, preveía que los guerrilleros se integrarían paulatinamente a la civilidad para impulsar reformas políticas e institucionales.

La UP nació en mayo de 1985 con apoyo gubernamental y a ella se adhirió el Partido Comunista, a cuya directiva pertenecía Cepeda.

También periodista, Cepeda dirigió 18 años el periódico comunista Voz, del que era columnista cuando fue asesinado el 9 de agosto de 1994.
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El automóvil que lo trasladaba a la sede del parlamento fue interceptado por otro vehículo desde donde dispararon sus asesinos. Tomaron parte en el crimen al menos dos sargentos del ejército, más tarde condenados.

La UP fue eliminada a tiros, con miles de dirigentes asesinados, hasta el punto de perder su existencia jurídica por sustracción de materia. La Corte Interamericana no acogió el pedido de la parte civil de restituir el escaño de Cepeda en el parlamento, lo que hubiera devuelto a la UP al escenario político actual.

El caso colectivo de la UP sigue su curso en el tribunal interamericano, y el fallo sobre Cepeda constituye jurisprudencia. ¿Para dónde va la Corte en ese texto de 112 páginas, de lenguaje altamente jurídico y formas diplomáticas?

IPS consultó a la representante de las víctimas, Jomary Ortegón, del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.

"Es una contribución a largo plazo del sistema interamericano de justicia, sobre las directrices que deben seguirse en los casos de crímenes que constituyen una persecución sistemática", evaluó la defensora de derechos humanos.

La Corte ve el asesinato de Cepeda como parte del exterminio de la UP. Aunque evidente, fue un debate que planteó la defensa estatal colombiana, que busca evitar la calificación de crimen de lesa humanidad.

"Esa ejecución debe vincularse con otros casos en situación similar, como los asesinatos, hostigamientos y amenazas de otros líderes, representantes e incluso candidatos presidenciales de la UP", sostiene la sentencia.

El concepto va más allá. Señala que ver los árboles pero no bosque es una fórmula de impunidad.

En la justicia colombiana "una de las principales debilidades es que los crímenes se investigan de manera aislada", ilustró Ortegón, "a una organización que ha sufrido persecución sistemática, la Fiscalía (General de la Nación) le abre 20 procesos. Uno por cada amenaza que esa organización ha recibido".

Así, la impunidad del asesinato de Cepeda fue "propiciada y tolerada por el conjunto de investigaciones que no han sido coherentes entre sí ni suficientes para un debido esclarecimiento de los hechos", señaló la Corte sobre el proceso disciplinario, dos procesos contencioso-administrativos y una investigación penal que se desarrollaron sobre la muerte.

Otro concepto emitido por la Corte indica que no se trata simplemente de la escena del crimen y del crimen como tal. Lo que importa no es tanto el autor material. A Ortegón le llamó la atención el amplio detalle del tribunal al respecto.

"En este caso deben investigarse todos los niveles de responsabilidad: la planeación, la ejecución, pero además quiénes se beneficiaron del crimen. Es una postura histórica de las víctimas y la Corte la reconoce", subrayó la jurista.

La Corte descartó el argumento gubernamental de que el exterminio ocurrió en un contexto de violencia generalizada propiciada por el narcotráfico y no imputable al Estado.

El ataque a la UP no es achacable simplemente a "agentes privados", sino a una estructura organizada de poder a diferentes niveles, conformada por fuerzas paramilitares y estatales "e incluso seguramente de políticos regionales que se beneficiaron", apuntó Ortegón.

La justicia nacional aún no se aventura a profundizar en la investigación de ese entramado.

El tribunal interamericano citó distintos pronunciamientos de la Corte Constitucional de Colombia, del Ombudsman (defensor del Pueblo) y de las Naciones Unidas y concluyó que la violencia contra la UP fue sistemática.

Según Eduardo Cifuentes, ex defensor del Pueblo, entre 1984 y 1994 las víctimas de la UP representaron 40 por ciento del total de homicidios en este país andino, y casi 60 por ciento entre 1986 y 1987.

Pocos en Colombia aceptan hoy que semejante matanza acabó con los acuerdos de paz.

La vulnerabilidad de la UP, y en ella la del senador Cepeda, fue agravada por la visión de que el opositor era un "’enemigo interno’ en virtud de la doctrina de ‘seguridad nacional’", acogió la Corte.

Ese contexto fue adobado con pronunciamientos de autoridades militares y civiles de alto nivel, que describían a la UP como "brazo político" de las FARC y encendían el clima de estigmatización.

La Corte determinó que no se podían alegar vínculos con las FARC para excusar o explicar los crímenes contra la UP.

La dirigencia de la UP tenía medidas cautelares de protección. Todas las autoridades nacionales y regionales conocían el riesgo que corrían sus líderes, militantes e incluso simpatizantes.

La Corte criticó que apenas en 2009 se abriera en Colombia una línea investigativa sobre la existencia de múltiples y sucesivos planes de exterminio de la UP.

Para el tribunal es inaceptable la tardanza de 15 años de esa pesquisa, que por sí sola genera responsabilidad por omisión en protección de la vida y en protección judicial, señaló Ortegón.

Según la abogada, "la Corte Interamericana deja la puerta abierta para poder pronunciarse a futuro sobre la existencia de un crimen de lesa humanidad, como por ejemplo en el caso de la UP en Colombia".

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