FINANZAS-ECUADOR: Auditoría detecta deuda ilegítima

La Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público (CAIC), creada por decreto del gobierno de Ecuador, concluyó que el endeudamiento contraído por el Estado entre 1976 y 2006 fue en beneficio del sector financiero y empresas transnacionales, afectando los intereses del país.

El informe final de la CAIC fue entregado el miércoles al presidente de la República, Rafael Correa, y se hizo público el viernes.

Los resultados de la auditoría servirán como insumo para la intención del gobierno de reestructurar la deuda pública de este país, que asciende a 13.550 millones de dólares.

El informe establece responsabilidades de las entidades crediticias, autoridades y funcionarios ecuatorianos, en la contratación de deuda con bancos internacionales, organismos multilaterales y países desarrollados.

Según el informe, la Comisión encontró documentos que confirman indicios de ilegitimidad e ilegalidad en la forma en que fue contraída la deuda pública ecuatoriana.

Esos documentos demostrarían que la deuda fue utilizada como instrumento para extraer recursos económicos y ambientales, lesionar la soberanía y socavar las instituciones del Estado. El vicepresidente de la Comisión, Ricardo Ulcuango, aseguró a IPS que los acreedores impusieron condiciones que sometieron al país, en alianza con diferentes gobiernos ecuatorianos, provocando graves impactos económicos, sociales y ambientales.

De todos los préstamos percibidos, sólo 14 por ciento del dinero se invirtió en proyectos sociales como agua potable, infraestructura eléctrica, telecomunicaciones y carreteras, mientras 86 por ciento sirvió sólo para pagar deudas anteriores. Según Ulcuango, no hubo transparencia y se creo un sistema de dependencia de la deuda externa ya que para el pago de intereses y amortizaciones se creó la necesidad de recurrir a más endeudamiento público y privado. La investigación ha develado los mecanismos utilizados para la contratación de créditos externos, las presiones de los acreedores, la obsecuencia de funcionarios y la renuncia a establecer en los contratos cláusulas de defensa del país, sentenció Ulcuango.

En los 30 años que van de 1976 al 2006, la Procuraduría General del Estado en lugar de defender al Estado se limitó a aceptar las imposiciones de los acreedores, agregó. De acuerdo con el informe de la CAIC, se violaron principios generales del derecho internacional, como el de buena fe, libre determinación de los pueblos, prohibición de usura, equilibrio contractual y derecho ambiental, entre otros, además de acuerdos internacionales y normas jurídicas internas.

El interés de la investigación fue probar, a partir de documentos reservados y secretos, los mecanismos utilizados por los acreedores para endeudar a Ecuador, y demostrar que los procesos son similares en los demás países.

"La decisión de no pagar más la deuda es una facultad exclusiva del presidente Correa, que decidirá lo que puede ser mejor, de acuerdo con las posibilidades de Ecuador, la oportunidad política y los apoyos que pueda obtener en el respaldo de las acciones que decida iniciar", afirma el informe.

El experto argentino Alejandro Olmos, presidente de la CAIC, aseguró al portal de noticias Ecuadorinmediato.com, que un papel fundamental a favor de los acreedores jugaron los asesores extranjeros contratados por el Estado para las negociaciones.

"Hay un estudio de abogados que fue contratado por el Banco Central del Ecuador en el 93, un estudio de abogados, yo diría de delincuentes, que asesoraron simultáneamente a Ecuador, Argentina y Uruguay, en todo el proceso del Plan Brady", que antes de ser contratado percibió un pago de 750.000 dólares por los que no existe justificación, "porque no se ha encontrado un solo papel que lo acredite, y les vuelven a pagar luego", afirmó Olmos.

El estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton "fue abogado de Ecuador desde 1993 hasta hace unos meses" cuando por "un pedido especial al presidente de la República", se decidió que "se les rescindiera definitivamente el contrato", agregó.

"En Ecuador no sabían que esos abogados estaban denunciados en los tribunales federales de Argentina por haber colaborado en la gran defraudación de la deuda argentina", aseguró.

Cleary Gottlieb fue contratado por el gobierno de Sixto Durán Ballén (1992-1996), para asesorarlo en las negociaciones para reestructurar la deuda bajo el esquema conocido como Plan Brady, aunque eran abogados del Citibank, uno de los acreedores de Ecuador.

La auditoría integral de la deuda externa fue una acción fiscalizadora dirigida a examinar el proceso de contratación y renegociación del endeudamiento público, el origen y destino de los recursos y la ejecución de los programas y proyectos que se hayan financiado con deuda interna y externa.

El propósito fue determinar la legitimidad, legalidad, transparencia, calidad, eficacia y eficiencia del endeudamiento, considerando los aspectos legales y financieros, los impactos económicos, sociales y de género, regionales, ecológicos y sobre nacionalidades y pueblos indígenas.

Se auditaron además los convenios, contratos y otras formas de adquisición de créditos por parte del sector público, provenientes de gobiernos extranjeros, instituciones del sistema financiero multilateral o de la banca privada, nacional o extranjera, desde 1976 hasta 2006.

En cada uno de los casos se establecieron la viabilidad técnica, económica y social del crédito adquirido, así como las condiciones financieras y comerciales que se pactaron, los condicionamientos, el destino de los fondos y las personas que tramitaron los préstamos a nombre de las partes.

En el proceso, iniciado en julio del año pasado, la CAIC tuvo autorización para analizar todos los documentos públicos que sus integrantes creyeran necesarios.

Sin embargo, los integrantes de la Comisión se quejaron de que en muchas oportunidades funcionarios del Ministerio de Economía y otras entidades intentaron poner trabas a su investigación.

El presidente Correa aseguró que la información entregada por la CAIC será estudiada para decidir las medidas a tomar, pero se reserva el derecho de renegociar en mejores condiciones la deuda que crea conveniente, o de declarar nulo el endeudamiento que se considere ilegítimo.

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