CONSTITUCIÓN-ECUADOR: Derechos naturales

El texto que redacta la Asamblea Constituyente de Ecuador pone énfasis en la protección de la naturaleza, que será sujeto de derecho como las personas en caso de aprobarse la nueva ley fundamental en el referéndum correspondiente.

"La Naturaleza o Pachamama, donde se reproduce y se realiza la vida, tiene derecho a existir, perdurar, mantener y regenerar sus ciclos vitales, su estructura, funciones y procesos evolutivos", establece el primer artículo.

También se asegura que "los principios de aplicación de los derechos de la naturaleza serán los mismos que los principios de aplicación e interpretación de los derechos fundamentales en lo que le corresponda".

Además se afirma que la "naturaleza tiene derecho a la restauración integral, que no excluye la indemnización o compensación por personas naturales, jurídicas o el Estado a las personas o colectivos que dependen de esos sistemas naturales".

Para el economista Alberto Acosta, constituyente y ex presidente del cuerpo, "si la justicia social fue en el siglo XX el eje de las luchas sociales, la justicia ambiental lo es cada vez más en lo que va corrido del siglo XXI".
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"Nadie habría podido anticipar con suficiente claridad en el siglo pasado que los principales conflictos, tanto a nivel local como global, estarían tan ligados al ambiente", señaló a IPS Acosta, el dirigente político más popular de Ecuador después del presidente Rafael Correa.

"Hasta hora se ha intentado enfrentar los problemas e incluso las demandas ambientales con medidas legales que regulen el comportamiento humano, pero es cada vez más fuerte la sospecha de que los actuales marcos normativos terminan justificando y tolerando los daños", sostuvo Acosta.

Indicó, además, que de una u otra manera, al no cuestionar el actual modelo depredador, se concentran apenas en definir cuánta contaminación (es decir destrucción) de la naturaleza está permitida.

Incluso la visión de remediar el daño ambiental se enfoca en restituir a la persona o comunidad aquello que usaba del ecosistema y de ninguna manera en recuperar el sistema natural en sí mismo, sostuvo.

"A lo largo de la historia legal, cada ampliación de los derechos fue anteriormente imposible. La emancipación de los esclavos o la extensión de los derechos civiles a los afroamericanos, a las mujeres y a los niños y niñas fueron resistidas por las autoridades que las consideraban como un absurdo", recordó.

"Para la abolición de la esclavitud se requería que se reconociera 'el derecho de tener derechos' y se requería también un esfuerzo político para cambiar leyes y costumbres que negaban esos derechos", añadió.

Ahora, "para liberar a la Naturaleza de esta condición de sujeto sin derechos o de simple objeto de propiedad es necesario un esfuerzo político que se reconozca que es sujeto de derechos", explicó.

"La ausencia de este reconocimiento de la Naturaleza como sujeto de derechos lleva a que, por ejemplo, los ambientalistas no sean considerados como activistas en defensa de los derechos fundamentales", comentó.

La asambleísta Diana Acosta, elegida por el partido de gobierno pero que luego pasó a la oposición, aseguró que "no es posible hablar de derechos de la naturaleza".

"La Naturaleza no es un ente objeto de derecho, y en consecuencia, no puede de ninguna manera reconocérsele derechos. Es el Estado quien la administra, vela, defiende, etcétera. En otras palabras el derecho es de las personas a tener un medio ambiente sano, no de la naturaleza a ser respetada", arguyó la asambleísta.

Por su parte, el asambleísta César Rohón, del derechista Partido Social Cristiano, se sumó a la posición crítica de su colega al señalar que no está de acuerdo con "que la naturaleza o los derechos de la naturaleza tengan supremacía sobre las personas y los seres humanos".

Añadió que "jurídicamente es una aberración darle derechos a la naturaleza, cómo los va a defender, a efectuar".

El texto constitucional también determina que el Estado establecerá medidas de precaución y restricción sobre las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales", y agrega que se "prohíbe la introducción de material orgánico, inorgánico u organismos que alteren de manera definitiva el patrimonio genético nacional".

El último articulo determina que, "sin perjuicio de los derechos reconocidos en esta Constitución, se prohíbe la privatización y cualquier forma de propiedad sobre los servicios ambientales".

La activista Esperanza Martínez, de la organización no gubernamental Acción Ecológica, defendió los derechos de la Naturaleza.

"En los artículos que se proponen en la nueva Constitución se habla de que la tutela de estos derechos sea realizada por comunidades o personas y por el Estado, que asumen el papel de proteger estos derechos. Son avances que nos confrontan, que nos obligan a ver más allá, a pensar que el derecho es algo que tiene que progresar a medida que progresa la visión de la humanidad", comentó Martínez a IPS.

En abril, al conocer la propuesta que se discutía en la Asamblea Constituyente, el escritor uruguayo Eduardo Galeano escribió un artículo elogiándola.

"En cierto modo, se podría decir, los derechos humanos abarcan a la naturaleza, porque ella no es una tarjeta postal para ser mirada desde afuera; pero bien sabe la Naturaleza que hasta las mejores leyes humanas la tratan como objeto de propiedad, y nunca como sujeto de derecho", escribió Galeano.

"Reducida a mera fuente de recursos naturales y buenos negocios, ella puede ser legalmente malherida, y hasta exterminada, sin que se escuchen sus quejas y sin que las normas jurídicas impidan la impunidad de sus criminales", agregó.

El autor de "Las venas abiertas de América Latina" también afirmó que, aunque suene raro, "nada tiene de raro, ni de anormal el proyecto que quiere incorporar los derechos de la Naturaleza a la nueva Constitución de Ecuador".

"Este país ha sufrido numerosas devastaciones a lo largo de su historia. Por citar un solo ejemplo, durante más de un cuarto de siglo, hasta 1992, la empresa petrolera Texaco vomitó impunemente 18.000 millones de galones de veneno sobre tierras, ríos y gentes", afirmó Galeano.

Para luego agregar que una "vez cumplida esta obra de beneficencia en la Amazonia ecuatoriana, la empresa nacida en Texas celebró matrimonio con la Standard Oil. Para entonces, la Standard Oil de (la familia) Rockefeller había pasado a llamarse Chevron y estaba dirigida por Condoleezza Rice (actual secretaria de Estado (canciller) de Estados Unidos)".

Además de establecer los derechos de la naturaleza, la Asamblea Constituyente declara que el agua "es patrimonio nacional estratégico de uso público, se encuentra en el dominio inalienable e imprescriptible del Estado, y constituye un elemento vital para la naturaleza y para la existencia de los seres humanos.

Se indica también que "no se reconoce ninguna forma de privatización del agua y su gestión es exclusivamente pública y comunitaria".

"El servicios público de saneamiento, el abastecimiento de agua potable y el riego serán prestados exclusivamente por personas jurídicas estatales y comunitarias. El Estado garantizará en todo el país un mínimo vital gratuito de agua para consumo humano", asegura otro de los artículos propuestos en el texto a se refrendado por la ciudadanía.

Se determina que "todas las concesiones de agua a empresas privadas deberán ser auditadas en el plazo de 180 días a partir de la vigencia de esta Constitución.

Aquellas que no se ajusten a lo establecido en esta Constitución deberán ser revertidas al Estado" y se "condonan todas las deudas de agua contraídas por los usuarios en extrema pobreza", remata el proyecto de ley fundamental.

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