La norma que protege el acceso a la información pública en Argentina es endeble, limitada y su aplicación tiene deficiencias, alertaron organizaciones de la sociedad civil observadoras del cumplimiento por parte de los poderes del Estado de esta prerrogativa ciudadana.
Tras de cinco años de debate en las dos cámaras del Congreso legislativo, el proyecto de ley de libre acceso a la información perdió estado parlamentario en febrero pasado. La iniciativa había sido elaborada tras un amplio consenso entre organizaciones de la sociedad civil, pero sufrió cambios importantes y nunca llegó a cristalizar.
La única norma en vigor que protege el derecho de acceso es aún un decreto presidencial de 2003, pero que sólo rige para la información producida en el Poder Ejecutivo, quedando fuera de su alcance el parlamento, el Poder Judicial y el Ministerio Público (fiscalía), como sí se preveía en el fallido proyecto de ley.
"Lamentablemente, el decreto es lo único que hay", dijo a IPS la abogada Mariela Bielski, directora del área de Acceso a la Información de la Asociación por los Derechos Civiles.
Consideró que el decreto "tiene alcance limitado y es vulnerable, porque otro gobierno puede derogarlo más fácilmente que a una ley", advirtió la activista.
Bielski no observa actualmente voluntad de avanzar en una ley amplia, que sería más efectiva para proteger este derecho. "Hay varios proyectos, pero básicamente los legisladores actuales son los mismos que antes dejaron caer el proyecto consensuado con la sociedad civil", explicó con escepticismo.
Según datos en poder de las organizaciones sociales que trabajan en temas de acceso a la información y libertad de expresión, sólo 66 países tienen leyes que amparan este derecho y que son acordes con lo que las mismas asociaciones consideran que son los requisitos mínimos para ser efectivas.
Estos principios son, por ejemplo, una amplia legitimación de la norma, el rechazo a la obligación de hacer explícito el motivo del pedido o la sanción a los responsables de negar injustificadamente la información. "De esos 66 países, apenas cinco en la región (americana) que tienen normas que se ajustan a estos requisitos", dijo Bielski.
Se trata de Ecuador, México, Panamá, Perú y República Dominicana. El resto de los estados del área tienen decretos o disposiciones relacionadas, pero no leyes específicas, afirmó. "Es paradójico, pues los presidentes se reúnen en la Organización de Estados Americanos (OEA) y firman compromisos sobre este tema, pero después no los cumplen", dijo.
Actualmente hay un caso a resolución en la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre acceso a la información que "es clave para sentar jurisprudencia sobre este derecho en toda la región", alertó. Se trata de la denuncia presentada por Marcel Claude Reyes contra el Comité de Inversiones Extranjeras del estado chileno.
Claude Reyes, vicepresidente de Oceana para América del Sur y Antártida, pidió en 1998 al Comité que informe sobre el proyecto de inversión de la firma forestal estadounidense Trillium, que se aprestaba a explotar un área de 250.000 hectáreas de antiguos bosques de lenga (Nothofagus pumilio) al sur del país. Pero el estado se abstuvo de entregar los antecedentes.
La empresa desistió finalmente de concretar el proyecto, pero el caso fue analizado en profundidad por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y de allí se presentó como demanda contra Chile ante la Corte —ambos cuerpos son parte del sistema de la OEA— que es la que deberá dictaminar sobre este caso particular de acceso denegado a la información.
"Si hay un fallo favorable, en cualquier país de la región se podrá apelar a esa jurisprudencia", vaticinó la abogada, en conversación con IPS con motivo del Día Mundial del Acceso a la Información Pública, instituido en 2002 en Sofía por distintas organizaciones dedicadas a promover este derecho ciudadano.
En Argentina, con el objetivo de analizar el funcionamiento del decreto que garantiza el acceso, la Asociación por los Derechos Civiles, al igual que otras entidades cívicas, presenta varios pedidos de información pública por día.
"Hay buena voluntad de los enlaces (funcionarios encargados de recibir los pedidos), pero lo que notamos es que se responde parcialmente, es decir, contestan algunos aspectos de la pregunta y otros que son claves, los ignoran, y obligan a reiterar el pedido", apuntó la abogada.
Por ejemplo, si en Argentina se consulta por la cantidad de mujeres encarceladas que son portadora del virus de inmunodeficiencia humana (VIH), causante del sida, se responde sobre el total de mujeres detenidas en general.
Respecto del plazo de 10 días hábiles establecidos en el decreto para informar, Bielski denunció que el Poder Ejecutivo muestra que le resulta muy difícil cumplirlo y pide habitualmente prórrogas. Este pobre funcionamiento del sistema explica los pocos pedidos de información, sostuvo.
"Casi todos son de periodistas de investigación o de organizaciones cívicas como la nuestra, y prácticamente no hay presentaciones de ciudadanos comunes", remarcó. Si el pedido no se responde en forma pertinente, el solicitante puede iniciar una acción de amparo ante la justicia, pero ese no es ese el objetivo de las asociaciones. A nivel de provincias y municipios, la situación no es mucho mejor. Hay 10, sobre 24 distritos provinciales y 10 municipios que cuentan con normas de acceso a la información. Sin embargo, no siempre la garantiza el derecho que viene a preservar.
La ciudad de "Buenos Aires tiene ley acceso a la información, pero muchas veces no responde a los pedidos y cuando contesta lo hace de manera incompleta", aseguró a IPS Carolina del Campo, de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia.
Respecto del gobierno nacional, Del Campo consideró que hay "buenas y malas respuestas". "Nosotros hacemos pedidos cotidianos, y por ejemplo, los ministerios de Trabajo y de Salud por lo general responden en tiempo y forma, pero a la Jefatura de Gabinete tuvimos que mandarles una intimación", reveló.
La experta se refirió a la institución que coordina la tarea de todos los ministerios y es nexo con el Congreso Nacional. "Luego de tres pedidos sin respuesta, mandé una intimación y después de mucho tiempo contestaron algo distinto de lo que les pedimos", denunció.
"Sería mucho mejor contar con una ley que alcance también al Congreso", opinó Del Campo. De esa manera, el sistema funcionaría de manera más aceitada y se facilitaría la construcción de una cultura de transparencia de la función pública y la participación, que son los objetivos de esa ley.