La pena de muerte dista de ser en Cuba un asunto de debate público que permita medir distancias entre partidarios y detractores de una moratoria o inclusive de la abolición definitiva de las ejecuciones judiciales.
Ante la pregunta de si debe o no mantenerse en el Código Penal cubano la pena capital, las opiniones van desde la aceptación al rechazo total de su aplicación, pasando por su justificación sólo como castigo de crímenes horrendos.
Sin embargo, el único sondeo conocido, realizado hace unos tres años por un sector de la oposición moderada que puso a la consideración ciudadana un proyecto de carta de derechos humanos, arrojó un resultado categórico.
De 35.209 personas consultadas, sólo 1.842 estuvieron en desacuerdo con el texto propuesto, cuyo primer artículo establecía que "ningún cubano podrá ser condenado a la pena de muerte, ni ejecutado", recordó a IPS Manuel Cuesta Morúa, uno de los promotores de la iniciativa.
Del total de encuestados, unos 1.400 estimaron que esa sanción debía mantenerse, aunque sólo para ser aplicada a casos excepcionales, añadió Cuesta Morúa, portavoz de Arco Progresista, una coalición de pequeñas agrupaciones de tendencia socialdemócrata.
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Ese mismo sector aspira a impulsar en fecha próxima un "debate ciudadano" sobre la pena capital, como paso previo a una campaña a favor de la moratoria de jure (institucional) o inclusive la abolición.
"En las primeras indagaciones que hicimos hace un tiempo, nos dimos cuenta de que inclusive activistas de derechos humanos respaldaban la pena de muerte, por eso consideramos necesario que primero se hable y discuta sobre el asunto", explicó Leonardo Calvo, de la opositora Corriente Socialista Democrática..
El gobierno cubano defiende la pena capital, que no ha aplicado en los últimos tres años, como un arma jurídica para la defensa tanto de agresiones externas como de posibles actividades internas encaminadas a destruir al Estado, y para proteger a la población de los crímenes más execrables.
"La posible abolición de la pena de muerte en Cuba estaría vinculada al cese de la política de hostilidad, terrorismo y guerra económica, comercial y financiera a la que es sometida su pueblo desde hace más de 40 años por parte de Estados Unidos", dijo la cancillería en nota verbal de 2004.
No pocas personas coinciden con esa justificación eminentemente política que se blandió en abril de 2003 para fusilar a tres secuestradores de una embarcación con decenas de pasajeros a bordo, en la cual esperaban escapar a Estados Unidos.
Ese caso rompió la moratoria de hecho que venía aplicando Cuba desde 2000 y provocó comentarios adversos internos y protestas internacionales. "Cometieron delito, pero no mataron a nadie. La prisión perpetua hubiera sido un castigo suficiente", comentó una médica que optó por no ser identificada.
El sociólogo cubano Aurelio Alonso percibe el problema de la pena de muerte desde dos perspectivas, jurídica y ética. "El meollo del asunto está en cuál se subordina a la otra. A mi juicio, la argumentación justificativa parte, en lo esencial, de criterios jurídicos y políticos", comentó a IPS.
Pero Alonso aclaró que desde una perspectiva ética, al menos dos consideraciones resultan insoslayables. "La primera es (à) que, por encima de todos los derechos, se sitúa el derecho a la vida, que abarca a todo lo que contra él atente, desde el crimen hasta la muerte por desnutrición o por enfermedades curables".
Ese principio resulta "francamente antagónico con cualquier justificación que se pueda esgrimir a favor del ejercicio de la pena capital, o cualquiera que sea la magnitud del delito, por razonable que se nos antoje desde otra perspectiva", estimó.
Por otra parte, "el castigo implícito en la pena de muerte simplemente elimina al castigado, al privarle de la vida, pero se cierne como una cadena perpetua de dolor sobre sus familiares más cercanos, ajenos a las culpas por las cuales se aplica el castigo", señaló el investigador.
Tales apreciaciones "son incluso de mayor importancia" que otras consideraciones, "como el dato comprobado de que no se puede asegurar que la pena capital adquiera un significado ejemplarizante que contribuya a la disminución del delito", estimó Alonso.
"Me parece que una sociedad que proscribe la eutanasia, que supone privar de la vida como un acto de compasión, y necesita matar para hacer justicia, tiene una distorsión por resolver", remató el sociólogo.
El escritor y periodista Hugo Luis Sánchez se une al bando de los abolicionistas de la pena de muerte donde quiera que se aplique y aboga por otras medidas para evitar delitos de envergadura.
"Es una condena demasiado dura, fuerte, independientemente del delito que se cometa. Además, siempre hay un margen de error, y equivocarse a favor de un culpable es salvable, pero condenar a un inocente es imperdonable", dijo a IPS.
El economista Freddy Martínez, en cambio, se pregunta por qué habría que guardar consideraciones con la vida de alguien que no respeta la de los demás. "Las personas que cometen actos bárbaros, sin escrúpulos, deben ser condenados por ellos", afirmó.
La psicóloga Alicia Fernández defiende una postura similar, aun admitiendo que se trata de una sanción "dura y cruel". "Su aplicación es necesaria, en bien de la sociedad. Es una medida de protección y a la vez de pago por delitos cometidos. Un psicópata nunca deja de serlo y no es un enfermo", indicó.
En su artículo 29, el Código Penal cubano establece que la "sanción de muerte es de carácter excepcional y sólo se aplica por el tribunal en los casos más graves de comisión de delitos para los que se halla establecida".
La legislación estipula además que esa condena "no puede imponerse a los menores de 20 años de edad ni a las mujeres que cometieron el delito estando encintas o que lo estén al momento de dictarse la sentencia". En la práctica, ninguna mujer fue ejecutada desde 1959.
Al mismo tiempo, la ley obliga a la apelación de oficio ante el Tribunal Supremo de la República, el cual deberá confirmar o no la sentencia. En caso de ratificarla, pasa a aprobación definitiva del Consejo de Estado, que tiene la última palabra.
La Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional asegura que hay cerca de 50 personas sentenciadas o expuestas a la sanción máxima en el país, dato no confirmado oficialmente.
La cifra incluye a los salvadoreños Raúl Ernesto Cruz León y Otto René Rodríguez Llerena, sentenciados a pena de muerte por terrorismo en 1998, y cuyos casos aún se encuentran pendientes de apelación ante el Tribunal Supremo.
Cruz León y Rodríguez Llerena estuvieron involucrados en varios atentados con bombas contra instalaciones turísticas de Cuba, en uno de los cuales murió el joven italiano Fabio Di Celmo.
Tampoco ha sido ejecutado aún Humberto Eladio Real Suárez, arrestado el 15 de octubre de 1994 tras desembarcar en este país isleño y asesinar a una persona, además de robarle su automóvil. Fue enjuiciado por actos contra la seguridad del Estado, asesinato y disparo de armas de fuego.
Un informe del 20 de abril de la organización humanitaria Amnistía Internacional, con sede en Londres, señaló que al menos 2.148 personas fueron ejecutadas en 2005 en 22 países, 94 por ciento de ellas en Arabia Saudita, China, Estados Unidos e Irán.
El informe indica, además, que más de 50 por ciento de los países del mundo abolieron la ejecución judicial en su legislación o en la práctica, y los últimos en hacerlo fueron México y Liberia, en 2005.