PLAN CONDOR-URUGUAY: Tiro de gracia a extradiciones

La Corte Suprema de Justicia de Uruguay cerró el último resquicio para extraditar a Argentina a militares acusados de perpetrar crímenes contra la humanidad en los años 70 y 80, al resignar competencia de modo expreso ante el Poder Ejecutivo.

El Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur), que reclamó la competencia de la Corte para entender en el pedido de la justicia argentina, estudiará otras variantes como llevar el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dijo a IPS el abogado Martín Prat, integrante de esa organización no gubernamental.

En un fallo unánime, el máximo tribunal dispuso este martes que no corresponde reclamar al Poder Ejecutivo el expediente del pedido de detención con fines de extradición de cinco uniformados uruguayos, tramitado el 21 de junio de 2001 por el juez federal argentino Rodolfo Canicoba Corral por delitos cometidos en ese país en el marco de la coordinación represiva del Cono Sur, conocida como Plan Cóndor.

Los requeridos por cargos de secuestro, tortura y desaparición de personas son los oficiales militares uruguayos retirados José Gavazzo, Julio Vadora, Jorge Silveira y Manuel Cordero y el comisario Hugo Campos Hermida (ya fallecido).

Prat lamentó que el dictamen cierre los recursos en este país y marque en cierto modo el camino para futuras solicitudes de extradición a imputados de abusos a los derechos humanos, aunque no siente jurisprudencia para la justicia penal uruguaya, aclaró.

El mismo disgusto manifestó a IPS la abogada Hebe Martínez Burlé, querellante en Uruguay —y asesora de los que auspician la investigación en Buenos Aires— por el esclarecimiento de los asesinatos de los legisladores uruguayos Héctor Gutiérrez Ruiz y Zelmar Michelini, cometidos en 1976 en Argentina, y también incluidos en la causa del Plan Cóndor.

El fallo del primer caso relacionado a extradiciones por delitos humanitarios que llega a la Corte, señala que ”el Poder Judicial carece de competencia para emitir cualquier pronunciamiento en vía jurisdiccional sobre el fondo de la cuestión”, debido a la razón de ”orden público” invocada por el Poder Ejecutivo para negar el pedido de extradición sin pasar los antecedentes a la justicia.

La apelación al orden público, que se alteraría en caso de proceder a la detención y envío a Buenos Aires de los acusados, se remite a lo establecido en el tratado de extradición vigente desde el 10 junio de 2001, 11 días antes de que se materializara la solicitud del juez bonaerense, así como a los acuerdos vigentes en el Mercosur (Mercado Común del Sur), que también integran Brasil y Paraguay.

La presentación de Ielsur pretendía que, ”en custodia de la separación de poderes consagrada en la Constitución”, la justicia atendiera la solicitud de su par argentina, quitando el trámite de la órbita del gobierno, que lo había congelado.

La solicitud de Canicoba Corral fue archivada por el Poder Ejecutivo uruguayo con base en el informe del fiscal de Corte, Oscar Peri Valdez, hoy suspendido en su cargo por el Ministerio de Educación y Cultura, que lo investiga por presuntas irregularidades.

El juez argentino fundamentó su exhorto en que la desaparición forzada de personas es un delito continuado, y mientras no se esclarezca el destino de la víctima, ninguna prescripción comienza a correr.

El secuestro, tortura y desaparición de prisioneros son los cargos imputados a los militares en la voluminosa causa del Plan Cóndor, que analiza la coordinación que establecieron las dictaduras de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay en los años 70 y 80 (con conocimiento de Estados Unidos), para perseguir y eliminar a opositores.

Organizaciones de derechos humanos estiman que unos 160 uruguayos desaparecieron durante el régimen dictatorial (1973-1985), la mayoría de ellos en Argentina, tras pasar por centros de detención ilegales dirigidos por fuerzas de ambos países, como el llamado Automotores Orletti de Buenos Aires.

Además, las cárceles de Uruguay llegaron a tener la mayor proporción de presos políticos de América respecto de su población de entonces: tres millones de habitantes.

El fiscal Peri Valdez basó su recomendación contraria a la extradición en la Ley de Caducidad, que alejó de los tribunales desde 1989 a los uniformados acusados de violar los derechos humanos durante la dictadura uruguaya.

Pero ese informe del fiscal sólo pudo hacerse público en 2002, cuando la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el periodista Andrés Alsina, patrocinado por Ielsur, que obligó a divulgarlo al actual gobierno de Jorge Batlle.

Tras patrocinar a Alsina, Ielsur recurrió a la Corte Suprema, entendiendo que en ese informe de Peri Valdez ”queda de manifiesto que la petición” de Canicoba Corral ”ha quedado sólo reducida a la esfera de los ministerios de Defensa y de Relaciones Exteriores, sin que la justicia tomara noticia, ni actividad procesal al respecto”.

El pedido de los abogados de Ielsur arguyó que ”la tradición histórica de separación de poderes, consagrada constitucionalmente y base de nuestro sistema democrático, ha sido desplazada con la decisión adoptada” por el gobierno, que contradice además tratados penales internacionales de cooperación firmados por el país.

Gavazzo, Cordero, Silveira y Campos Hermida ya habían sido procesados en Argentina por los mismos delitos y otros conexos, pero quedaron fuera del alcance de la justicia por las leyes de Obediencia Debida y de Punto Final aprobadas en los años 80, y anuladas en 2003 por el parlamento argentino.

Nuevos pedidos que seguramente cruzarán el Río de la Plata cuando avance la causa por los asesinatos de Michelini y Gutiérrez Ruiz mantendrán en la mira a ese grupo de represores y a otros señalados por organizaciones de derechos humanos y abogados querellantes.

El gobierno de Batlle y en particular su ministro del Interior, Daniel Borrelli, aún no explicaron el paradero de Cordero, tras el escándalo público cuando un familiar dijo que había salido del país pese a que estaba requerido por Interpol y enfrenta una causa por desacato contra el juez José Balcaldi.

El reclamo a las autoridades del no gubernamental Servicio Paz y Justicia (Serpaj) de Uruguay todavía no fue respondido, pese a que ya transcurrieron más de dos semanas de que fuera conocido.

El dictamen de este martes y el hecho de que hasta ahora sólo haya en Uruguay un procesado por delitos de lesa humanidad (el ex canciller Juan Carlos Blanco), son otro ”golpe a la esperanza de que finalmente se haga justicia” en algunos crímenes de la dictadura, comentaron a IPS varios activistas.

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