Una nueva ley laboral fue sancionada este miércoles en Argentina, derogando la aprobada hace cuatro años en un trámite sospechoso de corrupción. Pero los críticos ven poco avance en la protección de los derechos de los trabajadores en un contexto de gran desempleo.
Con 215 votos a favor y 23 en contra, la Cámara de Diputados aprobó la ley que empieza por derogar la sancionada en la gestión de Fernando de la Rúa (1999-2001) y que derivó en un escándalo por las denuncias de pago de sobornos a un grupo de senadores a cambio de su voto favorable a la reforma.
”El balance indica que ésta ley es un paso adelante, pero muy limitado”, reconoció a IPS el senador Rubén Giustinianni, del opositor Partido Socialista, único legislador de la cámara alta que en febrero votó contra el proyecto enviado por el gobierno de Néstor Kirchner.
”Con un ejército de desocupados pujando por entrar al mercado, la principal norma de flexibilización laboral es la realidad misma”, lamentó el senador. Con esta idea coincidieron numerosos legisladores que votaron por sí a regañadientes, concientes de que es un avance magro en la defensa de derechos laborales.
El desempleo es la primera preocupación de los argentinos, según encuestas. La tasa de desocupación bajó de 17,8 a 14,3 por ciento en el último año, aunque si se descuentan los jefes y jefas de hogar desocupados que reciben subsidios, y que el gobierno considera en situación de empleo, la tasa subiría a 21,4 por ciento.
Además, la contratación ilegal, sin los correspondientes beneficios sociales, alcanza a más 60 por ciento de los asalariados y hay 18,4 por ciento de subempleados, es decir que trabajan menos de seis horas diarias pero quisieran trabajar más.
Una encuesta de la consultora Equis señala que los salarios son tan bajos que 54,7 por ciento de la población total (37 millones de personas) sigue en la pobreza ”tenga o no trabajo”, porque sus ingresos en promedio no alcanzan a cubrir el costo de la canasta básica de subsistencia.
El Bloque Piquetero Nacional, una agrupación de desempleados liderada por el izquierdista Partido Obrero, reclamó sin éxito ante el Ministerio de Trabajo que se eliminaran de la ley aspectos de flexibilización laboral contenidos en la anterior reforma, pues no contribuyeron a crear empleo sino a rebajar las condiciones de contratación.
La Unión Industrial Argentina respaldó el proyecto aprobado en febrero en el Senado y convertido en ley este miércoles. La gremial patronal sostuvo que la ley genera un espacio que ”favorece la creación de empleo”, aunque criticó aspectos que suponen una marcha atrás en la norma aprobada en 2000.
La llamada flexibilización laboral fue adoptada paulatinamente en Argentina, así como en muchos países en desarrollo en los años 90, con el argumento de mejorar la competitividad de las empresas, aflojando sus obligaciones ante el trabajador y el Estado, pero recortando los derechos laborales.
La flexibilización, decían sus promotores, establecía así condiciones más laxas para emplear personal, lo cual redundaría en la creación de más puestos de trabajo.
Para el senador Giustinianni la nueva ley mantiene numerosos institutos propios del concepto de flexibilización de las relaciones laborales que imperó en los años 90 con el auge del modelo neoliberal.
Pero, apuntó, representa un avance respecto de la votada en 2000 en dos aspectos relacionados con los convenios laborales, es decir los que negocian trabajadores y empleadores.
La nueva norma permite que un convenio mantenga vigencia hasta que se negocie uno nuevo, al contrario que la anterior, que los consideraba caducos transcurridos dos años y obligaba a una casi continua renegociación de las condiciones de trabajo, salarios y otros beneficios.
”Ahora el trabajador puede negociar un nuevo convenio amparándose en el viejo aún vigente”, destacó el senador.
Además, la ley vigente defiende los convenios negociados por rama de actividad.
La norma anterior establecía que una empresa podía negociar con sus empleados un convenio incluso menos favorable que el que regía para el sector (generalmente acordado entre sindicatos y gremiales patronales) y ahora sólo se permitirán acuerdos por empresa si sus condiciones suponen más beneficios para los trabajadores.
En cambio, criticó Giustinianni, la nueva ley mantiene el llamado ”período de prueba” y la rebaja de los aportes patronales al sistema jubilatorio, dos institutos que irrumpieron en el mundo del trabajo a mediados de los años 90, cuando el desempleo llegó a 18,4 por ciento de la población económicamente activa.
El período de prueba permite al empleador contratar a un trabajador por un lapso determinado y despedirlo sin pago indemnización. Ese plazo, que la ley derogada había fijado en seis meses baja ahora a tres, pero los críticos creen que debió haberse eliminado.
”El período de prueba es una institución paradigmática de la flexibilización laboral, que llegó a América Latina con la excusa de reducir el desempleo y que solo contribuyó a hacer más precarias las condiciones de trabajo”, aseguró el legislador. Dirigentes del Bloque Piquetero coincidieron con esta crítica.
La reducción de 30 por ciento en los aportes del empleador al sistema de previsión social para los nuevos contratados en empresas con menos de 80 empleados también es un tema controvertido. La ley prevé que este beneficio rija hasta fin de año y luego puede ser prorrogado por el Poder Ejecutivo.
La diputada Alicia Castro, del opositor Frente para el Cambio, dijo a IPS que ese tipo de beneficios son subsidios encubiertos para las empresas y, lejos de contribuir a crear empleo, sirven para desfinanciar la seguridad social y las rentas fiscales.
Los legisladores también cuestionaron la propuesta oficial de fijar en 80 la cantidad de empleados que debe tener una compañía para acceder al beneficio. El diputado Claudio Lozano, economista de la Central de Trabajadores Argentinos, señaló que 96,5 por ciento de las empresas tiene hoy menos de 50 empleados a su cargo.
Lozano y otros legisladores advirtieron que esa cantidad es baja porque existen formas ocultas de hacer precario el empleo.
Por ejemplo, las grandes firmas acuden a ”contratistas” (una suerte de intermediarios entre trabajador y empleador), que asumen la responsabilidad de contratar a un grupo de trabajadores para una cierta tarea, reduciendo así los costos laborales de la empresa para la cual laboran.
La nueva ley avanza poco en el pleno respeto de la indemnización por despido, si bien reconoce el derecho a una compensación de un mes de salario por cada año trabajado. Pero el oficialismo no aceptó fijar en dos sueldos el monto mínimo indemnizatorio.
Finalmente, siguen vigentes el régimen de pasantías, que permite contratar trabajadores jóvenes sin experiencia por períodos cortos y sin pago de salarios, y la obligación de los trabajadores de mantener servicios esenciales mínimos en caso de huelga.
En cambio, la ley otorga más facultades de fiscalización al Ministerio de Trabajo para perseguir el empleo ilegal en todo el país.