Ana María Fábregas fue asesinada el 10 de junio a martillazos por su marido, a quien había denunciado 11 veces en un año por maltratarla. Una ley aprobada este miércoles por unanimidad busca evitar casos semejantes.
La nueva norma agiliza radicalmente el procedimiento judicial para proteger a mujeres víctimas de maltrato doméstico, que era muy lento, ante el creciente aumento de denuncias de ese delito en el país.
Las muertes por violencia de género, con inmensa mayoría de víctimas femeninas, se duplicaron desde 1999 según un informe de la Fundación Mujeres, defensora de maltratadas.
En lo que va de este año, 45 mujeres fueron asesinadas por sus parejas, lo que significa un aumento de 63 por ciento en relación con el primer semestre de 2002, según ese estudio.
La nueva ley establece un plazo máximo de 72 horas para que el juez de primera instancia dicte medidas cautelares contra el acusado de agredir, y para que la víctima reciba asistencia social y económica.
Hasta ahora, las denuncias seguían un trámite burocrático de meses, e incluso años, y hubo mujeres asesinadas por sus parejas después de haber presentado varias denuncias por maltrato físico y psíquico.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aún indaga el comportamiento del juez que intervino en el caso de Fábregas sin tomar ninguna resolución, pero el Servicio de Inspección de ese poder ya consideró una falta grave haber desatendido las denuncias.
La responsable de prevención de la violencia en la Fundación Mujeres, Angeles Alvarez, dijo este miércoles a IPS que el propio CGPJ es responsable de no suspender de inmediato a los magistrados que aplican sentencias sexistas, y afirmó que hay jueces que tienen connivencia con los violentos.
La nueva ley será siempre una mera esperanza si no se proveen los fondos económicos para hacerla cumplir, comentó la parlamentaria Micaela Navarro, del opositor Partido Socialista Obrero Español (PSOE), tras la aprobación de la ley este miércoles en el Congreso de los Diputados.
El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana, señaló que el Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social ya cuenta con un presupuesto aprobado de 35.735 millones de euros, que cubrirá hasta 2005, pero ese plan no abarca solamente a las beneficiarias de la nueva ley, sino también a discapacitados, ancianos, niños, gitanos, inmigrantes y personas sin hogar.
La nueva ley permite a los jueces, ante denuncias de violencia doméstica, retirar al agresor la custodia de hijos, o suspender sus visitas a los mismos, así como atribuir a la víctima el uso y disfrute del domicilio familiar.
Mañana la orden de protección podrá estar en marcha, aseveró ante el Congreso el ministro de Justicia, José María Michavila. Mañana estarán en conexión 1.483 juzgados de primera instancia de instrucción o de lo penal, 2.100 comandancias de la Guardia Civil, 486 comisarías, 1.720 fiscales en 70 fiscalías y 82 colegios de abogados, añadió.
Sin embargo, Michavila destacó que para que la orden de protección de los jueces sea más eficaz, será necesario reformar el Código Penal, en especial en lo atinente a la prisión provisional, para cuya reforma pidió a los partidos políticos que también haya consenso y lo antes posible.
Hasta que no se aprueben dichas reformas, algunas de las normas penales incluidas en la nueva ley no podrán ser aplicadas, por ejemplo la que permite encarcelar a un agresor, si infringe la prohibición de acercarse a su víctima, o la que define como delito la primera lesión producida en el ámbito doméstico.
Mientras tanto, y a partir de la publicación del nuevo texto legal en el Boletín Oficial, que se hará en la próxima semana, la denuncia de maltrato podrá ser hecha por la víctima o sus familiares más cercanos, ante el juez, el fiscal, las fuerzas de seguridad, las oficinas de atención a las víctimas o los servicios de asistencia públicos.
Luego tendrá que pasar de inmediato al juez de guardia, quien deberá fijar audiencias con la denunciante o quien la represente, y con el denunciado, ambas en un plazo máximo de 72 horas desde la presentación de la denuncia.
El juez también deberá atender otras medidas cautelares, como las relacionadas con el alojamiento de la denunciante, con eventual atribución a ella de la vivienda familiar, el régimen de custodia y visitas a los hijos y el de aporte económico para alimentación por parte del denunciado.
Las medidas que adopte el juez instructor tendrán vigencia durante un mes. Ratificarlas, modificarlas o anularlas será tarea del juez de primera instancia. Eso significa que la instrucción nunca podrá demorar más de 30 días, y hasta ahora solía prolongarse durante años.
Según un estudio realizado por siete centros de investigación y dado a conocer en mayo, 70 por ciento de las mujeres sometidas a malos tratos no se atreve a denunciarlos, y 76 por ciento de las que presentaron denuncias aseguraron haber sufrido siempre abusos.
Alvarez considera que esta norma es un paso adelante, pero sostuvo que es necesaria una Ley Integral contra la Violencia, y la creación de un organismo público que garantice la coordinación efectiva de la acción en la materia, porque el texto aprobado hoy se refiere solamente a uno de sus aspectos.
Y aún así, 30 días es demasiado tiempo para que el juez instructor pase el caso al juzgado de primera instancia, subrayó.
Para la Fundación Mujeres, lo más importante es que desde los poderes públicos se muestre más interés en resolver el problema de la violencia, desde todos los frentes y en todos los aspectos.
Alvarez destacó como ejemplo negativo que el Ministerio del Interior se comprometió a principios de año a constituir una Unidad de Policía especial contra la violencia doméstica, con 500 efectivos, que aún no se ha creado.
Al día de hoy solamente se presentaron 150 personas, pues se ha convocado a los policías para que se presenten voluntariamente para esas tareas, explicó.