El gobierno de Colombia consideró un avance para la protección de los derechos humanos la aprobación de la ley que tipifica como figuras penales específicas los delitos de desaparición o desplazamiento forzado, torturas y genocidio.
La ley, votada el martes por el Congreso, contempla condenas hasta 40 años de cárcel por esos delitos, para los que excluye la amnistía y el indulto.
El vicepresidente Gustavo Bell afirmó que la tipificación de esos delitos, "aunada a una cada vez mayor eficiencia de los organismos de investigación, acusación y juzgamiento" contribuirá a desestimular al máximo la "conductas lesivas contra la humanidad".
Bell, encargado de la política gubernamental para los derechos humanos, destacó que creación de la figura específica de la desaparición forzada en el código penal responde a una vieja aspiración de importantes sectores de opinión y a "una acertada recomendación de organismos multilaterales de derechos humanos.
Juan Charry, profesor de las privadas universidades Javeriana y del Rosario, dijo a IPS que, pese a que la Constitución establece que ningún colombiano puede ser sometido a desaparición forzada, a torturas, penas crueles, o dregadantes, no se contaba en la legislación con normas orientadas expresamente a castigar esos delitos.
La aprobación de la ley, como "todo esfuerzo que se haga para lograr la sanción de una conducta tan abominable, debe ser apoyada por toda la comunidad", dijo Charry.
Representantes de Amnistía Internacional en Colombia consideraron positiva la aprobación de la ley, aunque advirtieron que, para asegurar su aficacia, los responsables de los miles de desaparecidos, torturados y asesinados deben ser detenidos, juzgados y castigados.
Colombia es uno de los paises del mundo con más alto índice de desapariciones forzadas, según Amnistía Internacional y organizaciones no gubernamentales (ONG) defensoras de los derechos humanos
Las ONG aseguran que Colombia pasó de un promedio una persona desaparecidas cada dos días, de mediados de la década de los años 90, a a una diaria en el primer semestre de este año.
La nueva ley establece también penas entre 25 y 40 años para el delito de genocidio, que se configura cuando se destruya "total o parcialmente a un grupo nacional étnico, racial o religioso".
Así mismo, penaliza a los promotores del desplazamiento forzado, que afecta a cerca de 1,5 millones de colombianos (3,9 por ciento de la población), que deberán pasar entre 15 y 30 años en prisión, y la tortura se castiga con penas de ocho a 15 años.
No obstante, las Fuerzas Armadas podrán propiciar el desplazamiento de personas por razones de seguridad.
Para el vicefiscal Jaime Córdoba, la aprobación de esta ley, concretada luego de cuatro intentos fallidos y diez años de debate, es una "clara advertencia para los violadores de los derechos humanos" de que sus actos no quedarán impunes.
En opinión de Córdoba, la nueva ley redime "la quebrantada credibilidad" de Colombia ante la comunidad internacional por las graves violaciones de derechos humanos.
Las ONG humanitarias aseguraron en octubre que los delitos contra los derechos humanos aumentaron desde el año pasado, cuando se instaló el gobierno de Andrés Pastrana, pese a los compromisos contraídos por éste.
La Comisión Colombiana de Juristas afirmó que entre octubre de 1998 y septiembre de 1999 creció de nueve a 11 el promedio diario de víctimas de la violencia sociopolítica, en relación con el periodo anterior.
Mientras, la defensoría del Pueblo indicó que entre enero y septiembre de 1999 se produjeron en Colombia 289 masacres colectivas, que dejaron un saldo de 1.357 víctimas.
Cada masacre deja al menos un millar de personas desplazadas, advirtió la misma fuente. Los paramilitares de derecha fueron responsables de caso 80 por ciento de esas masacres, mientras que la fuerza pública es señalada en dos por ciento de los episodios y la guerrilla izquierdista, en algo más de 17 por ciento.
Los paramilitares han contado con "un grado inaceptable de tolerancia, permisividad e incluso apoyo y protección por parte de unidades militares y de policía" para realizar sus propósitos criminales, indicó la defensoría del Pueblo.
La ley aprobada también establece que los miembros de organismos de seguridad responsables de los delitos tipificados no podrán escudarse en el principio de obediencia debida y recibirán un tratamiento judicial idéntico a los civiles. (FIN/IPS/yf/ff/hd