El dictamen de condena del régimen de importación de banano de la Unión Europea (UE) beneficia a Ecuador sin desproteger a los países de Africa, el Caribe y el Pacífico (ACP), aseguraron fuentes comerciales.
La Organización Mundial del Comercio (OMC) distribuyó este lunes de manera oficial el texto de las resoluciones del grupo especial y del árbitro que entendieron en las causas separadas del banano que enfrentaron a la UE, por un lado, con Estados Unidos y Ecuador.
Las recomendaciones del grupo especial establecen que el tratamiento preferencial para los exportadores de banano de ACP puede ser preservado, mientras al mismo tiempo se mantiene la compatibilidad del régimen con las normas de la OMC, dijo el portavoz de la institución, Keith Rockwell.
El grupo especial señaló en su fallo que el régimen preferencial establecido por la UE para la compra de banano a la ACP "no se ajusta" a las reglas del comercio multilateral, destacó Rockwell.
Entre las múltiples facetas del pleito del banano, la UE había alegado que una reforma de su sistema de comercio del fruto perjudicaría al sector más débil de la cadena, representado por sus ex colonias productoras de la región ACP.
El grupo especial (panel) estableció que la cuota asignada por la UE para las compras a 12 países de la ACP, de 857.700 toneladas anuales de banano, es excesiva.
Los países de la ACP no tienen capacidad para atender esa demanda, pues en los mejores años de producción apenas lograron exportar 685.000 toneladas, indicó el negociador de Ecuador ante la OMC, embajador Roberto Betancurt.
Ecuador obtuvo un fallo favorable de la OMC en su demanda contra la UE por la ilegalidad del régimen de importación, venta y distribución de banano implantado en la UE desde el 1 de enero.
El grupo especial recomendó al Organo de Solución de Diferencias de la OMC que solicite a la UE la reforma del régimen cuestionado.
El mismo panel aportó simultaneamente los fundamentos del dictamen arbitral que admitió el derecho de Estados Unidos a una compensación de la UE, de 191 millones de dólares, por los daños causados por las barreras del régimen europeo.
Washington defendió en la causa ante la OMC los intereses de las compañias transnacionales con casa matriz en Estados Unidos, que comercializan en Europa el banano de América Latina.
Las cuotas que la Unión Europea asignaba hasta ahora a los países latinoamericanos, de unos 2,55 millones de toneladas anuales, deberán ser modificadas para adaptarlas a los acuerdos del sistema de comercio multilateral, determinó el grupo especial.
De ese volumen, correspondían a Ecuador 668.000 toneladas (26,17 por ciento), a Costa Rica 653.000 (25,61 por ciento), a Colombia 588.000 (23,03 por ciento) y a Panamá 402.000 (15,7 por ciento).
Las proporciones asignadas a esos países proveedores de banano con interés substancial en el mercado europeo son incompatibles con las normas del comercio, sostuvo el grupo especial, porque no se observaron las reglas multilaterales al momento de determinar las cuotas.
La cuota restante, de alrededor de nueve por ciento, se distribuía entre el grupo denominado "Otros", integrado por México, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Venezuela, República Dominicana y Ghana.
El grupo especial determinó también que el nuevo sistema de licencias para la importación de banano perpetúa las discriminaciones del anterior régimen de licencias de la Unión Europea.
Por otro lado, el panel verificó que el nuevo régimen de licencias ha creado desventaja competitiva para los proveedores ecuatorianos de servicios en el mercado europeo, radicados en Bélgica, Alemania, Italia y Gran Bretaña.
Ecuador presentó pruebas suficientes para demostrar el tratamiento desigual, dijo Betancurt.
El grupo especial estableció que el país sudamericano sufrió anulación y menoscabo de beneficios como consecuencia de la aplicación del régimen europeo.
La UE "deberá pensar en resarcir a Ecuador por estos perjuicios", sostuvo Betancurt, sin adelantar el monto de la indemnización pretendida por el país sudamericano.
El negociador ecuatoriano admitió la posibilidad de que la UE apele el fallo del grupo especial antes de que el Organo de Solución de Diferencias de la OMC lo declare firme en el plazo de 60 días siguientes a la distribución del fallo, realizada este lunes.
Pero, "políticamente, la decisión de apelar debe ser muy meditada", advirtió Betancurt.
La reflexión profunda sobre el recurso de la apelación corresponde no solamente a la Comisión Europea sino también a los 15 estados miembros de la UE, observó.
Negociadores comerciales comentaron que algunos países de la UE comenzaron a dar muestras de cansancio por el prolongado pleito del banano, que se arrastra desde comienzos del presente decenio.
"De una vez, debemos determinar hasta dónde llegaremos con este proceso que ha tenido casi ribetes de guerra comercial" dijo el representante ecuatoriano. (FIN/IPS/pc/ff/if/99