/BOLETIN-DD HH/ NACIONES UNIDAS: Corte Penal Internacional sin estatuto definido

El borrador del estatuto de la propuesta Corte Penal Internacional es vago y los países no logran un acuerdo sobre cientos de párrafos del texto.

Los países del mundo tienen hasta mediados de julio para superar debates sobre la jurisdicción, potestades, composición y financiamiento de la Corte durante una reunión de cinco semanas que comienza el 15 de junio en Roma.

Pero con más de 1.700 pasajes entre paréntesis, los cuales indican desacuerdo entre los gobiernos sobre la redacción del texto, casi todos los temas centrales de la existencia de la Corte aún están abiertos a discusión.

En cuestionamiento está si la Corte puede aplicar la pena de muerte, si el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) tiene autoridad sobre la Corte o no, y sobre la jurisdicción del fiscal del tribunal para iniciar investigaciones.

Incluso áreas enteras de la actividad delictiva pueden o no aparecer ante la Corte, dependiendo en la forma en que se toman las decisiones.

Tres categorías diferentes de delitos, cometidos contra personal de la ONU, terrorismo y narcotráfico, están entre paréntesis, y podrían ser retirados de la agenda de la corte durante la reunión en Roma.

Hasta ahora, los únicos delitos definidos que juzgará la ICC son el genocidio, los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra.

Irónicamente, aunque Trinidad y Tobago planteó la idea de crear una tribunal penal internacional en 1989 para combatir el narcotráfico, el foco de las responsabilidades de la Corte cambiaron significativamente desde entonces, dijo Hans Corell, subsecretario general para asuntos legales de la ONU.

Un problema mayor para la Corte es la inclusión de los delitos de agresión dentro de sus potestades. Grupos de derechos humanos desean algún medio de castigar las agresiones, diferentes de la guerra, pero determinar cuáles son las distinciones ha resultado un gran dolor de cabeza.

El borrador incluye varias opciones. Bajo una, un delito de agresión involucraría la planificación y ejecución de un ataque armado o el uso de la fuerza en violación de la Carta de la ONU. Una segunda opción se refiere a intentos de anexar u ocupar el territorio de otro país soberano.

Bajo otra opción, los crímenes de agresión incluirían una larga lista de delitos, incluyendo bloqueos de puertos, invasión y bombardeos de estados, el envío de mercenarios o el uso de un país como base de ataques contra otro. (FIN/IPS/tra-en/fah/mk/lp/ip/98

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