El largo brazo de la justicia podrá caer en todo el mundo sobre los responsables individuales de crímenes contra la humanidad si se aprueba un proyecto de codificación presentado a la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
La nueva norma deberá ser acompañada de la creación de un Tribunal Penal Internacional con competencia sobre los delitos tipificados en el proyecto.
Hasta ahora, el ordenamiento jurídico internacional sólo contempla la persecución penal de individuos en caso de tribunales con jurisdicción especial, como los creados para juzgar los crímenes cometidos en la antigua Yugoslavia y en Ruanda.
La Corte Internacional de Justicia de La Haya aplica el derecho universal, pero no puede actuar contra individuos y únicamente lo hace contra estados.
El nuevo proyecto de código de crímenes contra la paz y la seguridad de la humanidad fue completado por la Comisión de Derecho Internacional de la ONU durante el período de sesiones que concluyó este viernes en Ginebra.
El código puede ser promulgado por la Asamblea General de la ONU mediante una convención o una resolución.
En sus 20 artículos, el proyecto tipifica cinco categorías de delitos: crimen de agresión, genocidio, crímenes contra la humanidad, crímenes contra personal de la ONU y los crímenes de guerra.
El borrador del instrumento jurídico selecciona los delitos más graves y los ordena legalmente como crímenes contra la paz y la seguridad de la humanidad.
La preparación del código se prolongaba desde el 21 de noviembre de 1947, cuando la Asamblea General de la ONU encomendó esa labor a la Comisión de Derecho Internacional.
La dilatación de la redacción del proyecto obedeció a la falta de acuerdo sobre las diferencias existentes entre agresión y legítima defensa, dos conceptos invocados con frecuencia por las partes en conflicto.
La Asamblea General designó especialmente un Comité de Agresión, que empleó 20 años, entre 1954 y 1974, para precisar la definición jurídica internacional de la agresión.
La Comisión de Derecho Internacional reanudó en 1981 su labor de redacción del proyecto de código.
En el largo proceso se decidió excluir del código a figuras como intervención, dominación colonial y otras formas de dominación extranjera, apartheid, reclutamiento, utilización, financiación y entrenamiento de mercenarios, tráfico ilícito de estupefacientes y daños intencionales y graves al ambiente.
El presidente de la Comisión de Derecho Internacional, el argelino Ahmed Mahiou, estimó que la idea inicial del código, antes de sintetizarlo en cinco categorías, era demasiado ambiciosa.
Julio Barboza, miembro de la misma comisión, indicó que la proliferación de figuras delictivas había originado objeciones de numerosos estados.
Los hechos excluidos, opinó Barboza, configuran crímenes internacionales, pero no alcanzan la categoría de crímenes contra la paz y la seguridad de la humanidad.
La Comisión de Derecho Internacional presentó en 1994 un proyecto de estatuto de un tribunal penal internacional y recomendó a la Asamblea General de la ONU que convoque a una conferencia de plenipotenciarios para examinar el proyecto.
La comisión también sugirió a la Asamblea General la elaboración de una convención para el establecimiento de un tribunal penal internacional.
El articulado del proyecto de código incorpora el principio de que el derecho internacional se aplica a los crímenes contra la paz y la seguridad de la humanidad con independencia de legislaciones de carácter nacional.
La comisión reconoció el principio general de la supremacía del fuero internacional sobre el nacional con respecto a la tipificación penal de comportamientos que constituyen crímenes de derecho internacional.
El proyecto de código menciona por separado la agresión porque, pese a tratarse de un crimen como todos los demás contra la paz y la seguridad de la humanidad, tiene características particulares.
La agresión, se sostuvo en la comisión, es el más grave de los delitos de esa categoría.
El organismo sentó el principio de que la agresión sólo puede ser cometida por agentes del Estado que utilizan sus poderes para ordenar, con los mismos medios que el Estado pone a su disposición, la comisión del crimen.
La Comisión de Derecho Internacional es un organismo de la ONU y sus 34 miembros son designados por la Asamblea General.
El mandato de cinco años de los integrantes concluye el 31 de diciembre de este año. Desde la creación del organismo, en 1947, ninguna mujer ha sido incorporada como miembro. (FIN/IPS/pc/ff/ip hd/96