Perú puso por primera vez en la mira de la Corte de San José a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que recomendó la anulación de la condena impuesta por la justicia peruana a la estadounidense Lori Berenson, acusada de actividades guerrilleras.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos deberá resolver en su próxima sesión ordinaria, del 26 de agosto al 7 de septiembre, si da curso a la demanda presentada por Perú contra la Comisión, en un caso inédito que ocupa a dos organismos del sistema de la Organización de Estados Americanos (OEA).
La demanda se fundamenta en un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Washington, que aconseja a las autoridades peruanas la anulación de la sentencia a 20 años de presión dictada contra Berenson por colaborar con el rebelde Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (MRTA).
A su vez, La Comisión también presentó este mes ante la Corte de San José una acusación contra Perú por supuestos errores procesales y jurídicos en el juicio a la ciudadana estadounidense. Esa presentación también debe ser resuelta por la Corte en su próxima reunión.
Berenson, apresada en noviembre de 1995, cuando la policía allanó uuna vivienda de Lima en que se alojaban 15 guerrilleros del MRTA, fue sentenciada en junio de 2001 por la justicia civil tras anularse el juicio militar que en 1996 la había condenado a cadena perpetua.
La Corte Suprema de Justicia de Perú confirmó luego la sentencia, al pronunciarse de modo negativo frente a una apelación de Berenson. Esta se declaró inocente y niega haber colaborado con el MRTA para capturar la sede del edificio del Congreso legislativo, el plan que fue desbaratado por la acción policial de 1995.
No hay precedente alguno de un caso similar, esta es la primera vez que la Comisión Interamericana es acusada, es algo nuevo, totalmente diferente, dijo a IPS un portavoz del tribunal continental.
El sistema interamericano de derechos humanos de la OEA otorga potestad a la Comisión para estudiar casos de violaciones humanitarias y presentar acusaciones contra los países miembros ante la Corte. Sin embargo, en este proceso la parte acusadora es ahora la parte acusada.
No sabemos qué va a pasar, el caso es atípico y tendrán que estudiarlo los magistrados de la Corte Interamericana, agregó el portavoz de ese tribunal.
Los documentos de la acusación ya están en manos de la Corte y serán conocidos en detalle por los siete jueces miembros en su tercera sesión ordinaria de este año, que se realizará del 26 de agosto al 7 de septiembre en su sede de San José.
La Corte, que preside el brasileño Antonio Cançado, tendrá que decidir si da trámite a la demanda de Perú y cuál debe ser el procedimiento a seguir en este caso.
El ministro peruano de Justicia, Fernando Olivera, señaló que la recomendación de la Comisión de anular el juicio a Berenson, señalada en un documento enviado el 22 de abril, es inaceptable e inaplicable y que su país no concederá la libertad a ella ni a ningún otro terrorista condenado por los tribunales.
El denominado Informe del artículo 50, en referencia a la Convención Americana de Derechos Humanos, norma las relaciones de la Comisión con los países miembros de la OEA.
La Comisión indica en ese documento, de carácter confidencial, que otorga a Perú un plazo de tres meses para que solucione el conflicto y acate las recomendaciones de anulación del juicio a Berenson.
Según trascendió a la prensa, en el Informe del artículo 50 la Comisión cuestiona la sentencia contra Berenson, porque fue juzgada dos veces con la misma Ley Antiterrorista, promulgada durante el gobierno del destituido Alberto Fujimori (1990-2000).
La Comisión criticó también a las autoridades peruanas por haber utilizado en el juicio civil a Berenson pruebas recopiladas en el proceso anterior realizado en la justicia militar y que fuera declarado nulo.
El ministro Olivera sostuvo que en el caso de Berenson se siguió el debido proceso y, por eso, no se tienen que hacerle reparaciones, pues más bien son los terroristas los que le deben mucho al pueblo peruano.
La experta costarricense Sonia Picado, integrante de la Corte Interamericana entre 1988 y 1994, comentó a IPS el caso marca un precedente importante en la historia del sistema interamericano, y los magistrados tendrán que definir si la demanda procede.
La impugnación peruana del Informe del artículo 50 debió haberse hecho en primer lugar ante la Comisión y luego, agotada esa instancia, ante la Corte, agregó Picado, actual presidenta del Instituto Interamericano de Derechos Humanos.
Es positivo que los Estados cuestionen los informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, pues me parece que eso fortalece al sistema, puntualizó.
Sin embargo, Picado entiende que es importante que los países no solamente cuestionen sino también muestren un compromiso con los organismos interamericanos de justicia y con su consolidación.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos precisó a IPS que, además de la inédita demanda contra la Comisión, también hay otra nueva demanda en sentido contrario.
Esta no es la primera vez que Perú tiene fuertes diferencias con instituciones del sistema interamericano de derechos humanos.
En junio de 1998, el entonces presidente Fujimori anunció que desconocía la jurisdicción y competencia de la Corte Interamericana debido a razones de seguridad nacional.
La declaración de Fujimori fue en respuesta al fallo del tribunal interamericano que ordenaba a Perú realizar un nuevo juicio, civil esta vez, contra cuatro chilenos condenados a cadena perpetua por un tribunal secreto militar por supuesta participación en actividades guerrilleras
Sin embargo, el conflicto terminó en noviembre de 2000, cuando Fujimori fue destituido por el Congreso y puso en su lugar de modo transitorio a Valentín Paniagua, quien normalizó las relaciones con la Corte Interamericana. (FIN/IPS/nms/dm/hd/02