MANAOS, Brasil – La Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó este miércoles 29, en esta ciudad junto al río Amazonas, una ronda de audiencias para establecer las obligaciones de los Estados ante las emergencias climáticas y la persistencia de los contaminantes sobre el medio ambiente.
La costarricense Nancy Hernández, presidenta de la Corte, dijo que “esta audiencia pública tiene como propósito establecer un diálogo directo, diverso y participativo para llegar a elementos de juicio” sobre las responsabilidades en materia de derechos humanos de los Estados ante los desastres naturales que golpean a la región.
El teatro Amazonas de Manaos, una joya renacentista de finales del siglo XIX en plena Amazonia brasileña, albergó tres días de sesiones que siguieron a las audiencias celebradas en Brasilia la semana previa y en Barbados el pasado abril.
La Corte respondió así al pedido de una opinión consultiva hecha por Chile y Colombia para “aclarar el alcance de las obligaciones de los Estados para responder a la emergencia climática en el marco del derecho internacional de los derechos humanos”.
Ha sido el proceso más participativo en los 44 años de historia de la entidad, con 260 contribuciones de unas 600 organizaciones de la sociedad civil, junto con las de expertos en derecho internacional. Se espera que la Corte emita su opinión vinculante a finales de este año.
Las intervenciones abordaron temas como la ciencia del clima, el acceso a la justicia, los derechos humanos de los defensores del medio ambiente, los niños y las generaciones futuras, la migración y el desplazamiento climáticos.
Asimismo, sobre los efectos del cambio climático en los grupos indígenas y las formas de proteger sus derechos humanos.
Por ejemplo, Junior Anderson, del pueblo indígena Guaraní Kaiowa, de Mato Grosso do Sul (centro-oeste de Brasil) expuso que “como defensores de los derechos humanos y de la naturaleza, enfrentamos la violencia, hostilidad y discriminación”.
“Pedimos a la corte recomendar que el sistema de justicia concrete nuestros derechos, emitiendo decisiones de protección, alineadas con los derechos humanos”, dijo Anderson.
Lucía Xiloj, abogada maya quiché de Guatemala, pidió a la Corte considerar que “las personas defensoras ambientales somos cada vez más vulnerables en el contexto de la emergencia climática, y que la criminalización hacia las personas defensoras es una violación a los derechos humanos que debe desaparecer”.
Viviana Krsticevic, profesora de Derecho en la Universidad Americana de Washington, consideró que “el debate aireado y plural en el tribunal interamericano permite construir mejores hojas de ruta, regidas por principios de igualdad, dignidad y derechos, fomentando soluciones más sostenibles, justas y duraderas”.
“Esta es una oportunidad para que la Corte sea la voz de las personas que siempre han sido silenciadas e invisibilizadas, y que sea contundente al declarar que las acciones que se tomen para atender la emergencia climática incluyan las situaciones diferenciadas de las mujeres y los pueblos indígenas”, agregó Krsticevic.
La Corte también escuchó la advertencia de la comunidad científica acerca de que el planeta se encuentra en un momento crítico, pues si los Estados no abordan el cambio climático, las retroalimentaciones llevarán al sistema a puntos de inflexión abruptos e irreversibles.
En este sentido, los participantes destacaron la importancia de sostener el límite del aumento promedio de la temperatura en 1,5 grados Celsius sobre los niveles preindustriales, y la necesidad de que los Estados descarbonicen y reduzcan rápidamente los contaminantes climáticos de vida corta.
Los contaminantes climáticos de vida corta o supercontaminantes (como el metano y los hidrofluorocarbonos utilizados en los equipos de refrigeración) permanecen en la atmósfera durante menos tiempo que el dióxido de carbono, pero son potentes responsables al calentamiento atmosférico.
En la sesión previa en Brasilia, activistas adolescentes expusieron que las emergencias climáticas afectan particularmente a niños y niñas, con consecuencias sobre sus derechos a la salud, educación, alimentación y recreación.
Las opiniones consultivas de la Corte son obligatorias y los tribunales nacionales de sus 23 Estados adherentes (no participan países como Canadá y Estados Unidos, y Trinidad y Tobago y Venezuela se autoexcluyeron del sistema) deben utilizarlas al interpretar la Convención Americana de Derechos Humanos.
Más allá de esa norma, las opiniones consultivas de la Corte influyen en las legislaciones y políticas públicas, en los debates académicos y de la opinión pública, y en los trabajos de las organizaciones civiles.
A-E/HM