¿La reforma del Consejo de Seguridad es un buen intento en una causa perdida?

La Asamblea General de la ONU durante su reunión de noviembre para tratar la cuestión de la representación equitativa y el aumento del número de miembros del Consejo de Seguridad. Imagen: Eskinder Debebe / ONU

NCIONES UNIDAS – Las innumerables propuestas de reforma del denostado Consejo de Seguridad llevan más de dos décadas dando vueltas en la Organización de las Naciones Unidas (ONU), sin ningún avance significativo.

En el debate anual de la Asamblea General, su presidente,  Dennis Francis, dijo en noviembre a los delegados que, sin una reforma estructural, el rendimiento y la legitimidad del Consejo seguirán sufriendo inevitablemente.

«La violencia y la guerra siguen extendiéndose por regiones de todo el mundo, mientras que las Naciones Unidas parecen paralizadas debido en gran parte a las divisiones en el Consejo de Seguridad», afirmó el diplomático trinitobaguense.

En un mundo que cambia rápidamente, el Consejo está «peligrosamente lejos» de cumplir su mandato como principal custodio del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, afirmó.

Mientras tanto, el Grupo de los Cuatro (G4) dentro de las Naciones Unidas, conformado por  Brasil, Alemania, India y Japón, ha propuesto un nuevo modelo de reformas.

No es de extrañar que los cuatro países hayan sido durante mucho tiempo aspirantes a sumarse a los cinco puestos permanentes en el Consejo (P5) de los cinco países con ese privilegio desde la creación del organismo mundial hace 79 años: China,  Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia.

El G4 pide un total de 11 miembros permanentes (P11): los cinco actuales más otros seis.

En caso de posible ampliación, y tras la adopción de una resolución marco global sobre la reforma del Consejo de Seguridad, los Estados miembros interesados dispuestos a asumir las funciones y responsabilidades de miembros permanentes del Consejo de Seguridad presentarían sus candidaturas por escrito al presidente de la Asamblea General, según el planteamiento del G4.

Añade que la Asamblea General procederá entonces, lo antes posible, en la fecha que determine el presidente, a la elección de seis nuevos miembros permanentes, por votación de dos tercios de los miembros de la Asamblea General. mediante votación secreta. Para la elección de los nuevos miembros permanentes se aplicará el reglamento interno de la Asamblea General.

Los criterios del artículo 23 (1) también se aplicarán a la elección de los nuevos miembros permanentes: «se tendrán debidamente en cuenta, en primer lugar, sus contribuciones al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y a los demás fines de la Organización, así como una distribución geográfica equitativa».

También se elevaría el número de los  miembros no permanentes con un mandato de dos años, actualmente de 10, hasta 14 o 15 puestos. Su proceso de selección se mantendría como el actual.

De acuerdo con la propuesta del G4, los seis nuevos miembros permanentes del Consejo de Seguridad se elegirán según la siguiente pauta: (i) Dos de los Estados Miembros de África: (ii) Dos de los Estados Miembros de Asia-Pacífico, (iii) Uno de los Estados Miembros de América Latina y el Caribe; (iv) Uno de los Estados Miembros de Europa Occidental y otros Estados.

Los cuatro/cinco nuevos miembros no permanentes del Consejo de Seguridad se elegirán con arreglo a la siguiente distribución: (i) Uno/Dos de los Estados Miembros de África: (ii) Uno de los Estados Miembros de Asia y el Pacífico: (iii) Uno de los Estados Miembros de Europa Oriental; (iv) Uno de los Estados Miembros de América Latina y el Caribe.

Los Estados miembros deben prestar la debida atención, durante la nominación y elección de los miembros no permanentes, a la representación adecuada y continua de los Estados miembros pequeños y medianos, incluidos los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (Peid).

Puede leer aquí la versión en inglés de este artículo.

Andreas Bummel, director ejecutivo de Democracia Sin Fronteras, dijo a IPS que cualquier reconfiguración del Consejo de Seguridad tendría que adoptarse de conformidad con el artículo 108 de la Carta de las Naciones Unidas,  lo que significa que se requiere el apoyo de dos tercios de los 193 miembros de la ONU y del P5.

«Dado que la reforma del Consejo de Seguridad lleva décadas debatiéndose, creo que es legítimo recurrir a este tipo de votación en lugar del consenso. Otra cuestión es si es políticamente sensato», añadió.

En esencia, planteó, «el G4 no está dispuesto a transigir. Si pueden movilizar una mayoría de dos tercios y a los P5, bien. Pero si no, se acabó el juego para ellos. No veo posible un acuerdo amplio sin introducir nuevos conceptos que vayan más allá de los actuales escaños permanentes y no permanentes».

«Los puestos reelegibles y rotatorios entre los miembros de las distintas regiones son un buen enfoque, en mi opinión. Nuevos puestos permanentes con derecho a veto harían aún más inviable el Consejo de Seguridad», adujo.

A su juicio, esta opción debería descartarse, porque retrasar el poder de veto de los nuevos miembros permanentes por 15 años, como se propone, no resuelve la crisis actual en que está sumido el Consejo por los vetos cruzados de los actuales cinco miembros permanentes.

En cuanto a la cuestión del veto, el G4 plantea que debería invitarse a los Estados miembros a seguir debatiendo el uso del veto en determinadas circunstancias.

En principio, los nuevos miembros permanentes tendrían las mismas responsabilidades y obligaciones que los actuales miembros permanentes.

Sin embargo, los nuevos miembros permanentes no podrían ejercer el derecho de veto hasta que se haya tomado una decisión al respecto durante una revisión, que se celebrará quince años después de la entrada en vigor de la reforma.

Las enmiendas a la Carta reflejarán el hecho de que la ampliación del derecho de veto a los nuevos miembros permanentes se decidirá en el marco de una revisión.

Se alentaría al Consejo de Seguridad ampliado a, entre otras cosas, celebrar consultas periódicas con el presidente de la Asamblea General y presentar una evaluación analítica y exhaustiva de la labor del Consejo en el informe anual a la Asamblea General.

También se le exhortaría a presentar con mayor frecuencia informes especiales a la Asamblea General de conformidad con el apartado 1 del artículo 15 y el apartado 3 del artículo 24 de la Carta, mejorar la participación del presidente de la Comisión de Consolidación de la Paz y de los presidentes de las configuraciones de la Comisión encargadas de países concretos en los debates pertinentes y, en un formato adecuado, en las discusiones informales.

Barbara Adams, analista principal de políticas del Global Policy Forum, dijo a IPS que seguramente la existencia de 11 países con especiales poderes y con derecho a veto «no corregirán la incapacidad de los P5 o P11 de poner su responsabilidad estatutaria por la paz y la seguridad internacionales por encima de sus intereses de seguridad nacional».

A su juicio, la propuesta del G4 de una pausa de 15 años en el uso del veto reconoce la tensión dentro de la ONU entre ampliar el número de miembros permanentes y el otorgarles el derecho a veto.

La especialista en la política mundial también manifestó dudas sobre que los puestos para los países en desarrollo y los países de otras regiones, se basen en la representación regional.

“El privilegio de la permanencia en el Consejo de Seguridad se extiende más allá del uso del veto. El llamado ‘factor frío’ de este privilegio llega a muchas partes del sistema de la ONU de manera formal e informal, como el trato preferencial para altos cargos de la ONU”, consideró Adams.

Joseph Chamie, demógrafo y consultor internacional recordó a IPS que la reforma del Consejo de Seguridad es una propuesta que va y viene desde hace décadas.

A pesar de los comités, los debates y los llamamientos de muchos Estados miembros en favor de la reforma y ampliación del Consejo, señaló, se ha avanzado poco hacia una representación más equitativa, inclusiva y legitima.

«Un número cada vez mayor de gobiernos y ciudadanos consideran que el Consejo es ineficaz e injusto y exigen una reforma que incluya la ampliación del número de miembros y la restricción del derecho de veto», argumentó Chamie, quien también fue director de la División de Población de la ONU.

El hecho es que en las últimas ocho décadas se han producido enormes cambios en el mundo, pero el Consejo sigue teniendo los mismos cinco miembros permanentes y manteniendo ese directorio sin responder a esos cambios.

«Cuando se creó, los cinco miembros permanentes representaban alrededor de 35 % de la población mundial. Hoy representan 25 % y se espera que a mediados de siglo representen 20 % de la población mundial», dijo Chamie, autor de numerosas publicaciones sobre población y sus impactos.

En resumen, dijo, el deseo de reformar el Consejo de Seguridad es comprensible y razonable y, a pesar de los desafíos geopolíticos, la reforma debe llevarse a cabo sin más demora.

T: MF / ED: EG

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