En la Amazonia, los territorios indígenas funcionan como la barrera más efectiva frente al desmonte si se garantiza a sus comunidades sus derechos sobre los territorios.
Un trabajo publicado en Proceedings of the National Academy of Sciences (PNAS, en inglés), el 10 de agosto, que investigó la relación entre el derecho sobre la tierra de los pueblos originarios y la deforestación, cruzó información satelital sobre la cobertura vegetal de la selva tropical amazónica de Brasil, entre 1982 y 2016, con los registros del gobierno brasileño sobre los derechos de propiedad de las comunidades indígenas locales.
Así, los investigadores hallaron que contar con derechos de propiedad permite a los indígenas proteger la tierra de amenazas externas, lo que se traduce en una reducción de 66 por ciento de la deforestación.
Este efecto no se evidenció en los territorios donde a los indígenas no se les reconoce o se reconocen parcialmente esos derechos.[pullquote]3[/pullquote]
La Amazonia representa la mitad de la selva tropical del planeta, con gran influencia en el clima y los ciclos hidrológicos del mundo.
En los últimos años ha experimentado una deforestación sin precedentes debido principalmente a los incendios forestales, la tala ilegal y la minería en aumento, según consigna el estudio en base a datos del Instituto Nacional de Investigación Espacial (INPE) brasileño.
De enero a agosto de 2019, ese instituto informó más de 40.000 incendios, con un aumento de 278 por ciento en la deforestación de la Amazonia Legal, donde se encuentra 60 por ciento de la selva tropical amazónica.
La quema de bosques, principal causa de esos incendios, es utilizada para despejar rápidamente la tierra con fines agrícolas.
“Consideramos que el reconocimiento pleno de los derechos de propiedad de los pueblos indígenas les permite ser eficaces para frenar la deforestación en la Amazonia brasileña”, dijo por correo Kathryn Baragwanath, coautora del trabajo e integrante del Departamento de Ciencias Políticas de la Universidad de California San Diego, en Estados Unidos.
Según el estudio, en 1985 la mayoría de los territorios indígenas no habían recibido derechos plenos de propiedad, pero en 1995 cerca de la mitad de esos sitios habían sido homologados.
Esta homologación se obtiene por decreto presidencial y es la última etapa de un proceso que involucra a diferentes instancias jurídicas
“El territorio constituye el bien social y cultural más importante para los pueblos indígenas. Desde esta perspectiva asegurar su espacio vital, constituye la base sobre la que se apoyan el conjunto de los derechos indígenas”, explicó a SciDev.Net por Whatsapp Mariela Flores Llampa, abogada diaguita de la Comunidad India Quilmes-Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita en Tucumán, Argentina.
Ane Alencar, directora de Ciencia del Instituto de Investigación Ambiental de la Amazonia (Ipam) de Brasil, dijo por teléfono a SciDev.Net que la investigación confirma, por medio de análisis estadísticos, lo que puede pensarse intuitivamente.
“Muestra que garantizar los derechos territoriales es clave para combatir la deforestación y los incendios”, afirmó.
Alejandra Ahmad, autora de una tesis sobre políticas públicas en relación con la propiedad de las tierras de los pueblos originarios de Argentina, dijo a SciDev.Net que el primer antecedente en América Latina y el Caribe sobre el reconocimiento colectivo a la propiedad de tierra de las comunidades indígenas tuvo lugar en Nicaragua.
Fue en 1988 con un fallo a favor de la comunidad Awas Tigni que había demandado al gobierno nicaragüense por permitir la explotación maderera en su territorio, sin su consentimiento.
“La corte reconoció la propiedad colectiva de los pueblos originarios y ordenó la demarcación y titulación de las tierras a nombre de esa comunidad”, contó Ahmad.
En Argentina, un fallo de la Corte Interamericana de Justicia del 6 de febrero de 2020 reconoció la propiedad comunitaria de 400 000 hectáreas a 132 comunidades indígenas de la provincia de Salta agrupadas en la asociación civil Lhaka Honhat, tras un reclamo iniciado a fines de 1980.
El dictamen no solo corroboró el derecho a la propiedad comunitaria, sino que también hizo hincapié en el derecho a un ambiente sano, alimentación adecuada, acceso al agua y la participación de la comunidad en la vida cultura, señaló Ahmad.
No obstante, la abogada Flores sostiene que en Argentina se ha avanzado muy poco en asegurar a los pueblos originarios la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan, a pesar de disponer del más completo y abarcador marco jurídico, con adhesión a tratados internacionales y leyes provinciales.
“De poco sirven si no se los dota de un presupuesto adecuado, capital humano comprometido y —sobre todo— voluntad política para llevar a cabo un verdadero reconocimiento a los Pueblos Originarios”, opinó.
“Proporcionar plenos derechos de propiedad y el entorno institucional para hacer cumplir esos derechos es una forma importante y rentable para que los países protejan sus bosques y alcancen sus objetivos climáticos”, agregó Baragwanath.
En Brasil, “las políticas públicas, la movilización internacional y las ONG deberían centrar ahora sus esfuerzos en presionar al gobierno brasileño para que registre los territorios indígenas que todavía están a la espera de sus plenos derechos de propiedad”, concluyó la coautora del estudio publicado en PNAS.
Este artículo fue publicado originalmente por SciDev.net.
RV: EG