Los críticos de la reforma minera propuesta por el gobierno colombiano de Álvaro Uribe sostienen que está concebida para favorecer a la gran minería y que podría lesionar derechos adquiridos y el interés del Estado. El Poder Ejecutivo alega que las inversiones no han crecido como esperaba.
La reforma al Código de Minas vigente desde 2001 apunta a seis aspectos: modificar el concepto de reservas especiales, facilitar la integración de diferentes áreas en exploración y aumentar los plazos de concesión, ampliar las condiciones para autorizaciones temporales y cambiar las normas de procedimiento y la legalización de predios.
El proyecto 010 de 2007 fue presentado el 30 de julio al Congreso legislativo por el ministro de Minas y Energía, Hernán Martínez.
La actividad minera abarca a una población cercana a cinco millones de personas, muchos de ellos pequeños mineros, según estadísticas de la Federación Unitaria de Trabajadores Mineros, Energéticos, Metalúrgicos, Químicos y de Industrias Similares de Colombia (Funtraenergética).
Entre 15 y 18 por ciento de esas personas serían menores de edad, y 22 por ciento mujeres, especialmente en la extracción de oro en el litoral del océano Pacífico, según el sindicato.
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En los argumentos de la reforma se asegura que "la vigencia del código minero de 2001 permitió detectar deficiencias que deben corregirse (…) fortaleciendo la autoridad minera en su deber de administrar racional y responsablemente los recursos de propiedad del Estado".
Pero del estudio realizado por la estatal Contraloría General de la República (CGR) —un documento de 29 páginas que analiza cada punto de la propuesta comparativamente con los términos vigentes— se desprende una evaluación muy diferente.
Según el código actual, las áreas de reserva especial están "caracterizadas históricamente por la existencia de explotaciones informales, en donde, por razones sociales y económicas, y por solicitud de la comunidad, se reservan por un periodo de dos años para realizar estudios geológicos, económicos y técnicos necesarios para poner en marcha proyectos de explotación que beneficiarían a la región y el país".
Pero el proyecto daría al Estado la facultad de congelar áreas con potencial minero de reserva especial, concediéndolas en licitación al mejor postor.
"Es un retroceso suprimir derechos adquiridos por particulares en beneficio de otros", afirma el análisis. "Por el contrario, y acorde con la ley, en esas áreas se deben desarrollar proyectos sociales y ambientales que favorezcan primero a las comunidades y luego al país", agrega el estudio, firmado entre otros por el ingeniero Jorge Torres, analista de la Dirección de Estudios Sectoriales de la Contraloría Delegada para Minas de la CGR.
En cuanto al tiempo de exploración, fijado por el código actual en tres años prorrogables por dos más, con el único requisito de estar al día en pagos de cuotas de créditos y de sanciones, la reforma amplía el plazo a ocho años.
La Contraloría llama la atención sobre la importancia de exigir soportes técnicos suficientes que sustenten la solicitud de ampliación del periodo de exploración para evitar manejos que reduzcan los beneficios económicos para la nación.
El tercer cambio facilita que los títulos de uno o varios beneficiarios de un mismo mineral, aledaños o vecinos, se integren en un solo contrato de concesión.
Para la CGR, la medida tendría repercusiones negativas. "Los contratos que hoy no son prorrogables se integrarán con nuevos beneficiarios extendiendo el tiempo de exploración en condiciones económicas y técnicas poco rentables", dijo Torres a IPS.
Si bien la Contraloría estima positiva la posibilidad del uso compartido de servicios por parte de quienes se integren, llama la atención que "en la exposición de motivos del Ministerio se mencionan específicamente los contratos de gran minería que estipulan contraprestaciones económicas pactadas bajo condiciones económicas, legales y técnicas muy diferentes a las actuales".
El análisis considera que las perspectivas para los proyectos de gran minería pueden terminar siendo muy superiores a los existentes al firmar los contratos.
"En efecto, el proyecto favorece a las multinacionales, dueñas de los proyectos de gran minería, en contra especialmente de los pequeños mineros", dijo a IPS Juan Pablo Fernández, asesor del opositor Polo Democrático Alternativo (PDA).
"No se puede comparar la situación de un pequeño minero con la de una multinacional", apuntó el investigador Juan Pablo Soler, de la organización ambientalista no gubernamental Censat – Agua Viva.
En cuanto a las autorizaciones temporales, la ley estipula que se puede conceder permiso para extraer en "predios rurales, vecinos o aledaños a la obra, el material necesario para construcción, reparación, mantenimiento o mejora de una vía pública".
Pero se deberá indemnizar a quienes resultasen perjudicados, se pagarán regalías, y no se podrá comercializar la producción ni sus excedentes. La reforma propone en cambio sumar la concesión de autorizaciones temporales "para la realización de un gran proyecto de infraestructura de interés nacional".
De esa manera, se abriría la posibilidad de autorizar explotaciones temporales o de materiales de construcción sin plazos, afectando las explotaciones establecidas legalmente, lo que, entre otros inconvenientes, "podría originar demandas contra la nación y el desestímulo de los titulares", dijo Torres.
Además, la reforma simplifica los trámites de expropiación, suprimiendo la necesidad de peritos, ante lo cual la CGR advierte de que, en "aras de la agilidad, no pueden perderse las garantías que ofrece un tercero sobre el valor de los bienes".
Según un informe del Poder Ejecutivo al Congreso para el periodo 2006 – 2007, de 18 solicitudes de expropiación, 15 fueron presentadas por la compañía carbonífera estadounidense Drummond, "por lo que es pertinente que se realice un balance claro y equitativo sobre los efectos que implica para las partes la mediación de peritos", sugiere la Contraloría.
Colombia posee las mayores reservas carboníferas de América Latina y ocupa el quinto puesto mundial en exportación de carbón térmico, de gran pureza pues contiene menos de uno por ciento de azufre.
Otras riquezas minerales son oro, plata, platino, esmeraldas, minerales de níquel, cobre, hierro, manganeso, plomo, zinc y titanio. Además, sal terrestre y marina, gravas, arenas, arcilla, caliza, azufre, barita, bentonita, feldespato, fluorita, asbesto, magnesita, talco, yeso, roca fosfórica y rocas ornamentales.
Según cifras oficiales, en 2005 el sector minero exportó por valor de 4.300 millones de dólares, lo que equivalió a 20 por ciento de las ventas totales al exterior.
"El concepto de la CGR sirve de apoyo técnico a ponentes e integrantes de la comisión encargada de debatir el proyecto, en este caso la comisión quinta del Senado", explicó Torres.
Tras conocerse este diagnóstico, y como preámbulo al debate, la comisión senatorial organizó un foro, el 13 de septiembre, con participación de los nueve ponentes, entre ellos el senador Jorge Robledo del PDA.
"Sí existe interés nacional por una legislación minera, pero debe incluir aspectos sustanciales como el crédito barato para la pequeña minería", dijo entonces Robledo.
"En la gran minería, en cambio, deben revisarse las políticas de contratos, regalías, tasas de impuestos, normas ambientales y relaciones laborales", agregó.
El gobierno admite que la ley actual "unificó y redujo trámites en la contratación de áreas mineras para incentivar inversión extranjera y promover la minería en un marco de estabilidad jurídica tendiente al desarrollo económico, social y ambiental del país".
Pero "no es menos cierto que después de casi seis años de su entrada en vigencia, y no obstante los niveles de seguridad alcanzada, las inversiones no reflejan el progreso esperado", apunta.
Dado que el debate parlamentario estaba previsto para "las siguientes semanas al foro" de septiembre, pero aún no ha sido programado por la Secretaría General del Senado, "no nos extrañaría que se estuviera revisando el texto de la reforma", aventuró el ingeniero Torres.
"Eso sería para nosotros una satisfacción porque, como es explícito en el análisis, consideramos que no se puede sacrificar la riqueza natural del país por pequeñas ilusiones", acotó.
El texto de la propuesta está "en contra de los principios de igualdad social, no defiende los intereses de la nación, ni mejora deficiencias sustanciales del código vigente, de manera que la Contraloría seguirá muy de cerca el proceso", aseveró.
Con excepción de dos puntos, el resto del proyecto ya había sido presentado infructuosamente en la anterior legislatura, concluyó Torres. (FIN/IPS/hmc/dcl/la if dv cb sl pn/07)