SALUD-BOLIVIA: Remedio peligroso para negligencia médica

Según el Código de Hammurabi, creado en la antigua Babilonia unos 1.700 años antes de Cristo, cuando un noble era víctima de lo que hoy se conoce como negligencia médica, el responsable era sancionado con la mutilación de las manos.

En Bolivia, un país de 9,2 millones de habitantes y con un sistema de salud carente de una ley marco, la mayoría de esos casos quedan en la impunidad, problema que el Ministerio de Salud pretende abordar este año implementando dos instrumentos: el Sistema de Auditorías Médicas y el Instituto Médico de Conciliación y Arbitraje.

No es sólo que más de uno haya pedido las manos, o la cabeza, de algún médico, sino que las denuncias se suceden a un ritmo por lo menos llamativo.

El Ministerio calcula que hay alrededor de 15 casos por año. El defensor del Pueblo (ombudsman) señala la misma cifra, pero tomando en cuenta sólo aquéllos que terminaron en muerte o en lesiones gravísimas de pacientes. El diputado Guillermo Mendoza habla de más de tres mil casos "en los últimos años" y de que "apenas 10 por ciento ha sido denunciado".

Mientras, el Instituto Nacional de Seguros en Salud, encargado por el Código de Seguridad Social de investigar acusaciones de mala praxis y negligencia médica en el sector de la seguridad social, realizó en tres meses de 2006 tantas auditorias médicas como en la mitad de 2005: un promedio de dos investigaciones semanales.

Eso sin contar ases y espadas que se dispersan en denuncias ante diferentes instancias, como las direcciones de los hospitales y los colegios médicos, o que sencillamente acaban en acuerdo antes de llegar a la acusación, dice la ministra de Salud, la médica Nila Heredia. Por otro lado, se incluyen aquellos que saltaron con timbres de escándalo a los medios de comunicación.

Uno de los últimos fue el de una mujer de 32 años que el 16 de diciembre llegó a un hospital de la Caja Nacional de Salud —el seguro social de más amplia cobertura— en la centro-sureña Potosí, con siete meses de embarazo y síntomas de presión alta. Dos días después, la prensa potosina informó que la médica de turno había inducido el parto, con el resultado de la muerte del bebé y daño cerebral a la madre.

La investigación está en curso. En el futuro, sucesos semejantes pasarían a ser considerados por el Instituto Médico de Conciliación y Arbitraje (IMCA), cuya creación depende de un decreto supremo que sería promulgado "a más tardar en febrero" en el marco de la joven Ley del Ejercicio Profesional Médico, según el anuncio de la ministra.

Mas el remedio puede terminar siendo peor que la enfermedad, advierte Carlos Barrientos, jefe de gabinete de la Oficina del Defensor del Pueblo, pues tal como está planteado el anteproyecto del decreto, se arroga al IMCA más atribuciones de las que establece la propia ley, nacida en 2005 y reglamentada hace un año.

Peor aun, podría significar un espacio de impunidad, según Barrientos.

La Ley del Ejercicio Profesional Médico, número 3.131, llegó después de una seguidilla ascendente de denuncias y dramáticas historias vinculadas a supuesta negligencia médica, iniciada a fines de los años 90. Se buscaba llenar de alguna manera el vacío de una legislación general de salud, que desde los años 70 duerme el sueño de las buenas intenciones.

Su carácter es fundamentalmente preventivo, el de evitar que un médico incurra en negligencia, imprudencia o impericia, las modalidades más conocidas de mala práctica, y ocasione daño o perjuicio a la integridad física o mental de un paciente.

El IMCA en cuestión está considerado por este mandato, "pero prácticamente de contrabando, porque jamás fue consensuado en la fase de preparación de la ley, ya que se consideraba que había una pretensión de ciertos sectores médicos de garantizarse una instancia que les diera impunidad", sostuvo Barrientos a IPS.

El funcionario conformó en 2005 el equipo técnico que elaboró el proyecto de ley, en representación del Defensor del Pueblo y junto al Colegio Médico, el Colegio de Enfermeras, la Comisión de Política Social del parlamento y el Ministerio de Salud.

De hecho, el artículo que contempla la creación del IMCA fue incluido a último momento "por gestiones de un grupo de doctores" médicos, dice el jurista. Aunque el equipo técnico redactor se percató de esto e intentó frenarlo, el parlamento aprobó la norma con el artículo incluido.

Ahora, la creación del IMCA es una de las respuestas que quiere dar el Ministerio de Salud a la frecuencia de acusaciones de mala práctica médica. Su propuesta es dar al Instituto el poder de "resolución del conflicto", lo que, a entender del Defensor del Pueblo, podría interpretarse como la instancia para conciliar a las partes de una denuncia y evitar que el caso vaya a juicio o sea denunciado ante la policía.

¿Quiénes conformarían el IMCA? El texto del decreto de la ministra Heredia no lo especifica. "Deberán ser profesionales idóneos. No lo hemos definido aún. Los colegios de profesionales (médicos y enfermeras), legisladores, gente de la sociedad civil… Lo analizaremos y consensuaremos en talleres con los sectores involucrados", señaló al ser consultada por IPS.

El Colegio Médico no ve pelos en esta sopa y espera que el decreto entre en vigencia cuanto antes. Su secretario permanente en La Paz, Adalid Zamora, entiende que "el Instituto dependerá de la justicia, como instancia previa, pero que también dará lugar a un juicio con árbitros independientes del Ministerio de Justicia", según dijo a IPS.

En tanto la abogada María Teresa Montaño, quien desde hace 10 años atiende casos de mala praxis y se encuentra relacionada con la no gubernamental Asociación de Víctimas de Negligencia Médica, espera que las medidas "no protejan a los médicos al extremo de que tengan algún fuero especial dentro de la justicia ordinaria".

Lo que parece al margen de cualquier cuestionamiento es la decisión de aplicar el Sistema de Auditorías Médicas, a partir del cual cada uno de los nueve departamentos de Bolivia contaría con técnicos especializados para realizar investigaciones internas y externas.

Las primeras serían para identificar las condiciones en que se atiende a los pacientes en cada uno de los centros médicos del país, y si éstas cumplen con exigencias mínimas. Las segundas tendrán como fin normalizar y uniformizar los protocolos que guían la práctica de los profesionales de la salud.

De momento, la ministra de Salud concentra sus esfuerzos en medidas de impacto mayor, como la ampliación de la atención gratuita de salud a jóvenes hasta los 21 años, como parte de un seguro que hasta ahora era materno-infantil.

"Lo del Instituto y las auditorias es sólo dar cumplimiento a lo que manda la Ley 3.131, y actuaremos según lo que nos parece prioritario", explicó Heredia, quien ya recibió una carta de la Oficina del Defensor del Pueblo con recomendaciones para el decreto.

Esas sugerencias se centran en ajustar la propuesta sobre el IMCA y establecer cuál será la oficina, en los planos nacional, regional y departamental, a la que deberá acudir un paciente que desee activar el mecanismo de arbitraje o conciliación, en qué casos procederá la conciliación y en cuáles el arbitraje, y, sobre todo, cuáles serán los límites de la competencia del Instituto.

De lo que se trata, argumenta el Defensor, es de no dejar en la impunidad los actos de mala práctica médica en un país donde las desigualdades suelen ser más evidentes cuando entra en juego la necesidad de justicia.

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