COLOMBIA: Aprueban ley para penalizar delitos de lesa humanidad

El gobierno de Colombia consideró "un gran avance en la lucha contra la violación de los derechos humanos" la aprobación parlamentaria de un proyecto de ley que tipifica delitos de lesa humanidad, aunque familiares de víctimas ven lagunas en la norma.

El proyecto de ley tipifica el desplazamiento forzado, la tortura, la desaparición forzada y el genocidio, entre otros delitos.

El ministro de Justicia, Rómulo González, dijo a IPS que Colombia dio un paso adelante en el cumplimiento de sus compromisos internacionales, con una norma "sólida, fuerte y de gran aplicabilidad".

Sucesivas postergaciones de la aprobación de la norma, que fue discutida durante 10 años, causaron cuestionamientos a Colombia en foros internacionales.

El presidente Andrés Pastrana se negó a promulgar una versión previa del proyecto, aprobada por el parlamento en diciembre, por objeciones de inconstitucionalidad e inconveniencia a los criterior planteados para penalizar el genocidio.

Pastrana devolvió el proyecto al Congreso para una nueva revisión, alegando que al definir entre las víctimas de genocidio a "grupos políticos o colectividades con identidad propia", se incluía a las organizaciones guerrilleras y se acotaba el cumplimiento de funciones legales de las fuerzas de seguridad.

Algunos analistas opinaron que la objeción buscó evitar que las Fuerzas Armadas fueran culpadas de genocidio por la muerte de guerrilleros que tengan reconocimiento político.

Los legisladores aceptaron la objeción presidencial y cambiaron el término "grupos políticos con identidad propia" por "grupos políticos que actúen dentro del marco de la ley".

Luis Valencia, profesor de la estatal Universidad Nacional, dijo a IPS que la modificación implica que no se reconozca el genocidio contra grupos políticos opositores que se encuentren en la ilegalidad, y que eso "no es un buen mensaje para la comunidad internacional".

Valencia también criticó que el proyecto, aprobado el martes, no establezca la jurisdicción obligatoria y exclusiva de la justicia civil en acusaciones a militares por delitos de lesa humanidad, como lo hacía la versión aprobada en diciembre.

El nuevo texto hace "caso omiso de las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las cuales piden que los delitos de lesa humanidad sean competencia de la justicia ordinaria", apuntó.

Algunos analistas consideran que los vacíos de la nueva norma no favorecen a Colombia, que ha sido cuestionada en informes de varios organismos internacionales por el deterioro progresivo del respeto por los derechos humanos.

El aumento de violaciones de esos derechos humanos por parte de grupos paramilitares de derecha, la guerrilla de izquierda y el Estado fue señalado este año por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Departamento de Estado estadounidense y las organizaciones no gubernamentales (ONG) humanitarias Amnistía Internacional y Human Rights Watch.

La Defensoría del Pueblo colombiana informó que durante 1999 fueron asesinadas unas 2.000 personas en 402 masacres (definidas como asesinatos colectivos de más de cuatro personas), es decir un promedio de casi 34 masacres por mes.

En el informe se añadió que la responsabilidad de las masacres correspondió en 38 por ciento de los casos a paramilitares, en 17 por ciento a la guerrilla, en ocho por ciento a otros grupos armados no estatales, y en dos por ciento de los casos a integrantes de fuerzas de seguridad.

Los reponsables no fueron identificados en 35 por ciento de los casos.

La legisladora María Rueda, del opositor Partido Liberal e integrante de la comisión encargada de analizar las objeciones de Pastrana, afirmó que los argumentos del mandatario carecían de solidez, pero añdió que "era preferible que la ley saliera con algunas fallas a que se hundiera en forma definitiva".

Según el proyecto, los culpables de genocidio serán castigados con penas de prisión de entre 45 y 60 años, y los de desaparición forzada con penas de entre 25 y 40 años. Si la victima de desaparición forzada es una mujer embarazada o una persona que defienda los derechos humanos, la pena podrá llegar a 60 años.

Los responsables de desplazamiento forzado recibirán condenas de entre 15 y 30 años, que pueden llegar hasta 40 si el delito se comete con agravantes.

La presidenta de la Asociación de Familiares de los Desaparecidos (Asfades), Gloria Galíndez, admitió que el proyecto aprobado es una herramienta que permitirá luchar por justicia a los familiares de unos 4.000 desaparecidos entre 1990 y 2000.

Galíndez pronosticó, sin embargo, que muchos casos que involucran a miembros de las Fuerzas Armadas en delitos de lesa humanidad "van a quedar en la impunidad" con la nueva norma.

Entre los casos que están sin resolver, se encuentran los de 11 desaparecidos durante la ocupación del Palacio de Justicia en 1985 por un comando del entonces rebelde Movimiento 19 de Abril (M-19), que ahora actúa como partido político legal.

Según testigos, esas 11 personas, funcionarios judiciales y empleados de la cafetería del edificio, fueron sacados del Palacio por miembros de las Fuerzas Armadas, que lo tomaron a sangre y fuego para desalojar a los rebeldes. El episodio causó casi 100 muertes.

La Asfades asegura que las desapariciones forzadas entre entre 1998 y 2000 de personas considerada "enemigas del Estado" han sido, en promedio, más de una cada dos días.

Varias ONG humanitarias aseguran que durante los últimos 25 años, la práctica de la desaparición forzada de personas ha sido ejercida "de manera sistemática por agentes del Estado y grupos paramilitares" de derecha. (FIN/IPS/yf/mp/hd ip/00

Archivado en:

Compartir

Facebook
Twitter
LinkedIn

Este informe incluye imágenes de calidad que pueden ser bajadas e impresas. Copyright IPS, estas imágenes sólo pueden ser impresas junto con este informe