La condena a muerte solicitada en Cuba por la Fiscalía para dos salvadoreños acusados de terrorismo reavivó la polémica en torno de esa pena extrema, que fue dictada este año para tres cubanos.
Las autoridades cubanas aclararon que la pena de muerte es "una medida excepcional, que se aplica para delitos muy horrendos", pero no será excluida de la legislación mientras "Cuba siga siendo un país agredido".
Las causas abiertas a Raúl Ernesto Cruz León y Otto Rodríguez Llerena permitieron al gobierno presentar una serie de testimonios contra la principal organización del exilio cubano en Estados Unidos, la Fundación Nacional Cubano-Americana.
En términos generales, la población de este país parece aceptar la pena de muerte cuando se trata de casos de terrorismo.
En efecto, algunos creen que hacen falta "medidas ejemplarizantes" y consideran "muy probable" que Cruz León y Rodríguez LLerena sean condenados a muerte, como lo pidió la Fiscalía.
Pero también hay quienes esperan que el Tribunal Supremo, al cual se elevará automáticamente la apelación de ambos casos, revoque al menos una de las sentencias.
Al respecto, el fiscal Rafael Pino, quien actuó en la vista oral a Cruz León, del 8 al 11 de este mes, dijo que en la instancia de apelación será necesario reproducir toda la causa, con cambio de tribunal, aunque no de la parte acusadora.
Finalmente, los casos quedarán abiertos a la posibilidad del indulto del Consejo de Estado.
La reforma del Codigo Penal aprobada el 16 de febrero amplió la aplicación de la pena de muerte, que puede imponerse ahora por delitos agravados de narcotráfico, robo con violencia y corrupción de menores.
"Creo que nosotros no estamos preparados para abolir la pena de muerte, porque si no se castiga con sanciones temibles, la delincuencia sigue creciendo", comentó a IPS el trovador cubano Jorge García.
La Iglesia Católica, en tanto, desaprueba la pena capital, que a su juicio, "no resuelve" los problemas. "Es siempre un recurso trágico", advirtió el cardenal Jaime Ortega, arzobispo de La Habana, en cuya opinión, "un mal no puede remediar otro mal".
La pena de muerte, que se ejecuta por fusilamiento, fue dictada 15 veces en los últimos 10 años, de acuerdo con información extraoficial. En Cuba no se difunden estadísticas oficiales sobre la población penal o su composición, ni tampoco acerca de las sanciones y su aplicación.
Un tribunal de la oriental ciudad de Santiago de Cuba condenó a muerte el 3 de este mes a Francisco Portuondo Medina, autor confeso del asesinato de un policía.
La misma sentencia ya había recaído sobre Sergio Antonio Duarte Scull y Carlos Rafael Peláez Prieto, hallados culpables del asesinato de cuatro turistas, entre los que se contaban dos italianos, una alemana y un canadiense.
"La sanción de muerte es de carácter excepcional, y sólo se aplica por el tribunal en casos más graves de comisión de los delitos para los que se halla establecida", de acuerdo con el Código Penal.
Así mismo, la legislación establece que la pena de muerte "no puede imponerse a los menores de 20 años de edad ni a las mujeres que cometieron el delito estando encintas o que lo estén al momento de dictarse la sentencia".
Un principio no escrito y siempre respetado por los tribunales cubanos desde 1959, cuando triunfó la revolución encabezada por Fidel Castro, impide la aplicación de esa condena a mujeres, destacaron a IPS expertos en jurisprudencia.
El caso de mayor conmoción para la población ocurrió el 13 de julio de 1989, cuando fueron fusilados el general Arnaldo Ochoa, el coronel Antonio de la Guardia, el mayor Amado Padrón y el capitán Jorge Martínez, tras un juicio por tráfico de drogas.
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, 92 países mantienen y aplican la pena de muerte y 56 no la prevén ni para delitos comunes ni militares. Unos 30 estados conservan la pena capital en sus leyes, pero no la han impuesto en los últimos años. (FIN/IPS/pg/ff/ip hd/99