El mundo en desarrollo debe aplicar el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de manera "precisa, democrática y bien informada", aconsejó un experto internacional.
El académico Carlos Correa, de la Universidad de Buenos Aires, indicó que los países del Sur tendrán que valerse de todas las oportunidades asequibles para asegurar el acceso y la disponibilidad de las tecnologías para el desarrollo.
Correa, un especialista en derechos de propiedad intelectual, disertó la semana pasada en Ginebra durante una conferencia organizada por la Red del Tercer Mundo (TWN) sobre "Algunos temas actuales en la OMC" (Organización Mundial del Comercio).
Los ADPIC se ocupan de derecho de autor, marcas de fábrica o de comercio o marcas de servicios, indicaciones geográficas, dibujos y modelos industriales, patentes, circuitos integrados, secretos comerciales y conocimientos técnicos.
El informe preliminar sobre los ADPIC presentado a la conferencia fue redactado por Correa con la colaboración de otros expertos en la materia: Abdulqawi Yusuf, Bernard Ramiche, Chakravarthi Raghavan y Bhagirath Lal Das.
Raghavan, editor jefe de South-North Development Monitor, observó en la apertura que de todos los acuerdos de la OMC, el de los ADPIC es el que causa mayores perjuicios a las perspectivas de desarrollo.
A pesar de las proclamas de la OMC y de las naciones industrializadas, los ADPIC no promoverán la transferencia y la difusión de la tecnología en los países en desarrollo, aseguró.
Raghavan lamentó que gran parte del sistema de la Organización de Naciones Unidas se haya inhibido de prestar evaluación y asesoramiento en el tema a los países en desarrollo, un vacío – dijo- llenado por las organizaciones no gubernamentales.
El informe de Correa reconoció que la aplicación de los ADPIC constituye una "tarea compleja" debido al amplio alcance de los acuerdos y a los períodos de transición que contemplan.
Los países desarrollados ya están obligados a cumplirlos desde 1996, mientras que para las naciones en desarrollo y las economías en transición del socialismo al capitalismo se fijó el plazo del 2000.
Mientras, los países menos adelantados tienen la posibilidad de aplazar la aplicación por lo menos hasta el 2005.
Correa observó que, debido a esos plazos, todavía no existen evidencias decisivas del efecto que los acuerdos tendrán en la innovación tecnológica, el desarrollo y el comercio en los dos grupos de países en desarrollo.
Ante esa incertidumbre, el expertó aconsejó a esas naciones una actitud cautelosa en el proceso de aplicación y la incorporación de los niveles mínimos de protección permitidos por el acuerdo.
Los países del Sur, dijo Correa, tienen que cumplir con los acuerdos, pero deben aplicarlos con la mira puesta en el desarrollo.
Dos artículos de los ADPIC, con los números 7 y 8, ofrecen el marco para esa política orientada hacia el desarrollo, porque establecen que la protección de los derechos de propiedad intelectual debe favorecer el bienestar social y económico.
El artículo 8 hace la salvedad de que los países obligados por los acuerdos podrán adoptar medidas de protección de la salud pública y de nutrición de la población.
Pero, a pesar de ese margen de maniobra, los acuerdos restringen las opciones disponibles e ignoran las profundas diferencias de capacidad económica y tecnológica que separan al Norte del Sur, dijo el documento presentado por Correa.
Los países en desarrollo participan con un porcentaje insignificante en el total del gasto mundial destinado a Investigacion y Desarrollo (ID).
En 1990, equivalía a seis por ciento del total, y en 1990 se había reducido a cuatro por ciento, a pesar del sólido aporte en ese rubro de los países de reciente industrialización de Asia del sudeste, en especial de Corea del Sur y Tailandia.
La misma brecha se refleja en las estadísticas de las patentes. De 1.650.800 patentes registradas en Estados Unidos entre 1977 y 1996, 95 por ciento correspondieron a solicitudes procedentes de 10 países industrializados.
En el mismo período, los países en desarrollo más avanzados solo habían entregado dos por ciento de las solicitudes al registro de patentes estadounidense.
Correa presentó a los ADPIC como una gran victoria de los países industrializados y de sus grupos de presión.
Los acuerdos, dijo, reflejan el nivel de protección de los derechos de propiedad intelectual que requiere el Norte industrial en su actual grado de desarrollo.
Sin embargo, advirtió Correa, los acuerdos contienen algunos elementos de flexibilidad que permiten, bajo ciertos límites, el establecimiento de legislaciones nacionales que contemplen las necesidades sociales y económicas.
Los países en desarrollo necesitan tiempo y determinación política para aplicar los acuerdos adaptados a sus propias condiciones y necesidades.
Las leyes nacionales, sugirió el experto, tendrán que establecer equilibrio entre los intereses de los titulares de derechos de propiedad intelectual y el público.
En especial, las leyes deberán compensar la protección de la tecnología, por un lado, con su transferencia y difusión, por otro. (FIN/IPS/pc/ff/if/97