AMERICA: Venezuela propone negar asilo y finanzas a corruptos

El borrador de tratado anti-corrupcion que Venezuela presentara en la Cumbre de las Americas en Miami (Estados Unidos) preve que las naciones firmantes se abstengan de proteger con asilo o secreto bancario a quienes sean procesados o condenados como corruptos en sus paises de origen.

El presidente Rafael Caldera insistio en que la Cumbre que reunira a 34 gobernantes de todo el Hemisferio -excepto Cuba- del 9 al 11 de diciembre discuta medidas para equiparar la lucha contra la corrupcion al combate que se libra contra el narcotrafico.

El anfitrion Bill Clinton, que propuso como agenda la discusion sobre integracion comercial, democracia y desarrollo sustentable, planteo que Caracas redactase un borrador de pacto interamericano anti-corrupcion, para discutirlo bajo el tema "democracia".

Borradores de la cancilleria venezolana, conocidos de manera extraoficial, comienzan por ubicar a la corrupcion como "una de las causas que atentan contra la democracia representativa" en el Continente.

Ademas "afecta la economia de los paises, crea malestar social y desconfianza hacia los lideres politicos", y se argumenta que "la toma de conciencia sobre estos perjuicios ha hecho que se reconsidere su combate bajo un esquema similar al utilizado frente al narcotrafico".

El proyecto de convencion ubica a la Organizacion de Estados Americanos como depositario y solicita en primer termino que los paises firmantes se comprometan a entregar al Estado que lo solicite "las personas requeridas judicialmente por delitos de corrupcion, procesados o condenados".

La extradicion se senala como "la via mas expedita" para la entrega de profugos, de lo que se exceptuarian los Estados requeridos "solo si son competentes segun su legislacion interna para juzgar al solicitado".

Ademas, el Estado requerido (donde se encuentre el corrupto) podra preventivamente detener al solicitado y adoptar otras medidas a fin de garantizar que comparezca ante la justicia.

Tambien se perseguira a quienes sean "coautores, complices, encubridores o hayan incitado al delito de corrupcion, asi como aquellas personas que hayan adquirido o utilizado los bienes producto del delito".

La intencion de ese articulo es no solo perseguir a los funcionarios corruptos, sino a los corruptores, como pudieran ser empresarios beneficiarios del delito que se persigue.

La corrupcion es definida en el proyecto como "toda accion u omision ejecutada por funcionario o empleado publico en ejercicio de sus funciones, directamente o por interpuesta persona, a cambio de dones, dadivas, promesas, ventajas exigidas o aceptadas".

Tambien engloba "toda accion u omision ejecutada por cualquier persona que (…) se procure para si o para otro cualquier provecho ilicito en detrimento del patrimonio publico de los Estados".

Para todo ello, los estados se comprometen a modificar sus leyes internas, para que se tipifique como delito a la corrupcion, y tambien para eliminar beneficios del secreto bancario y del derecho de asilo en los casos que considera.

De esa manera, los paises firmantes "no podran invocar el secreto bancario para negarse a prestar asistencia con arreglo a la presente convencion, por lo que se comprometen a establecer mecanismos juridicos a objeto de intercambiar informaciones sobre transacciones monetarias".

Igualmente, se descarta otorgar "asilo diplomatico o territorial a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren procesadas o condenadas ante los tribunales ordinarios competentes de cualquiera de las partes, por delitos de corrupcion".

"Los delitos de corrupcion debidamente establecidos, o los delitos cometidos en conexion con ellos, no pueden ser calificados como delitos politicos", asienta el texto.

Al visitar Caracas hace dos semanas, el subsecretario estadounidense para asuntos interamericanos, Michael Skol, adelanto que la Cumbre de Miami adoptaria al menos una declaracion favorable a la preparacion, despues de diciembre, de un proyecgto de convencion americana para impulsar la lucha anticorrupcion. (Fin/IPS/hm-eg/rp/94

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