AMERICA LATINA: Consumidores ganan espacios

El movimiento de defensa de los consumidores está ganando nuevos espacios en América Latina, con avances legales y la disposición de los gobiernos a revisar tanto la gestión de los servicios públicos privatizados como las prácticas abusivas de las transnacionales.

José Vargas, director para América Latina y el Caribe de la organización Consumers International (CI), dijo a IPS que la promulgación en Chile de reformas a la Ley de Protección a los Derechos de los Consumidores ”pone a la legislación chilena a la altura de las más avanzadas de la región en esta área”.

La nueva normativa fue promulgada por el presidente Ricardo Lagos el 29 de junio, una semana después de la realización en Sao Paulo del III Foro de Agencias de Gobierno de Protección al Consumidor.

CI, la mayor federación mundial de organizaciones de consumidores, que tiene su sede central en Londres, actuó como secretaría técnica de este foro.

Las reformas aprobadas en Chile luego de dos años de trámite legislativo corrigieron deficiencias que según las organizaciones de consumidores tenía la ley original aprobada en marzo de 1997, durante el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle (1994-2000).

Entre las innovaciones de la nueva normativa está la posibilidad de juicios colectivos para resolver conflictos de usuarios con proveedores, por iniciativa de organizaciones de consumidores, de un grupo de 50 o más personas o del gubernamental Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

En la ley anterior solo se permitían los juicios individuales o los que entablaba el Sernac.

El derecho de retracto, que permite a los usuarios poner término unilateralmente a un contrato de servicios o de compra de un bien antes de 10 días de la materialización del acuerdo, es otra de las reformas.

Esa facultad de retractarse abarca tanto acuerdos directos de adquisición como compras a través de Internet, la red mundial de computadoras, y se extiende a los servicios educativos, para atender frecuentes quejas contra universidades privadas que ataban a sus estudiantes con pagarés, cobrados aunque no se cursara la carrera.

Del mismo modo, se obligará que todos los contratos de compra y venta sean presentados en formato claramente legible, poniendo fin así a la llamada ”letra chica”, donde se suelen introducir cláusulas que los consumidores no leen y generalmente los perjudican.

El cuerpo de reformas obliga también a los comerciantes a informar de manera destacada sobre las tasas de interés que aplican en las compras a plazo, igualas los derechos de los usuarios en las compras tradicionales y electrónicas, y establece altas multas para los proveedores que recurran a publicidad engañosa.

El director del Sernac, Alberto Undurraga, sostuvo que con la nueva ley ”la economía fortalece su funcionamiento, haciéndose más transparente y mejorando la confianza de las personas en ella”.

”Hemos buscado con esta legislación acercar a los consumidores al conocimiento y ejercicio de sus derechos, facilitando la creación de organizaciones de consumidores con mayores facultades para cumplir un rol activo en el mercado, fortaleciendo así la participación ciudadana”, agregó.

”Con esta nueva ley ganan las empresas y la economía del país en general, ya que incentivamos las buenas prácticas y, al incentivarlas, en un futuro no muy lejano (los empresarios) tendrán que competir en dar más información al consumidor, destacar por su servicio al cliente”, sostuvo Lagos.

Vargas señaló a IPS que uno de los mayores logros de las reformas está en permitir las acciones legales colectivas, que permitirán resolver en un solo juicio todos los reclamos de usuarios por compras de un mismo bien o servicio.

Este mecanismo tuvo un gran respaldo en la reunión realizada en Sao Paulo del 22 al 24 de junio, agregó.

La Carta de Sao Paulo, suscrita por nueve gobiernos, señala que las acciones colectivas ”son instrumentos democráticos, efectivos y amplios de acceso a la justicia y permiten involucrar activamente al Poder Judicial en la protección del consumidor y así garantizar el ejercicio de la democracia”.

Otro gran avance de la nueva ley expedida chilena es, a juicio de Vargas, su carácter de ”norma general aplicable a todos los actos de consumo y supletoria de las leyes especiales relacionadas con la protección de los derechos de los consumidores”.

En ese sentido, el dirigente de CI destacó que la gran cantidad de quejas y reclamos de los consumidores latinoamericanos acerca de los servicios públicos, como electricidad, agua potable, teléfonos y gas, hizo que el III Foro de Agencias de Gobierno de Protección al Consumidor se comprometiera a elaborar un diagnóstico sobre la cuestión en los próximos meses.

Estos servicios han sido privatizados en las dos últimas décadas en casi todos los países de la región y sus nuevos dueños, a menudo compañías transnacionales, han impuesto prácticas que en los hechos implicaron ”el reemplazo de un monopolio estatal por un monopolio privado”, según informes de CI.

El diagnóstico que se elaborará a nivel regional sobre los servicios públicos se vincula entonces, en un buen grado, con el otro estudio acordado en Sao Paulo, sobre prácticas abusivas de las corporaciones transnacionales.

La oficina regional de CI resaltó también el pasaje de la Carta de Sao Paulo en que los delegados gubernamentales plantearon que los derechos de los consumidores forman parte de las garantías esenciales y, como tales, ”deben ser incluidos en los debates de los acuerdos comerciales”.

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