Chile, el único país del mundo occidental y cristiano en que el matrimonio no se puede disolver legalmente, va camino de perder ese rasgo distintivo, tras nueve años de debate parlamentario sobre un proyecto de Ley de Matrimonio Civil que reemplazará a la norma vigente desde 1884.
El Senado aprobó el 22 de enero esa iniciativa, planteada en 1995 en la Cámara de Diputados y aprobada por ésta en 1997, pero modificaciones introducidas por los senadores deberán ser consideradas ahora por los diputados, y la cuestión podría zanjarse finalmente en Comisión Mixta de ambas cámaras.
El proyecto establece el divorcio como una de las formas de terminar con el vínculo matrimonial, junto con la muerte natural o presunto fallecimiento del cónyuge; la separación de hecho o judicial, y la nulidad (el reconocimiento de que el vínculo, en realidad, nunca existió).
Una vez cesada la convivencia, la sentencia de divorcio se dictará un año después de las solicitudes de mutuo acuerdo entre ambas partes, y tres años después si el pedido proviene de sólo uno de los involucrados.
Los jueces podrán denegar demandas unilaterales de divorcio si se verifica que, pudiendo hacerlo mientras duró el cese de la convivencia, el demandante no ha dado cumplimiento a las obligaciones de alimento respecto del cónyuge demandado y sus hijos comunes.
Según cifras oficiales, 40 por ciento de las pensiones decretadas judicialmente no se pagan.
Pasarían a ser causas de disolución inmediatas del matrimonio el atentado contra la vida o la integridad física o psíquica del cónyuge o los hijos, el abandono del hogar; la conducta homosexual, el alcoholismo o adicción a drogas ilegales; la condena penal por algunos delitos graves y el adulterio.
Uno de los rasgos sobresalientes del proyecto es el establecimiento del término de las nulidades fraudulentas, y la incorporación a la ley chilena de nulidades reales y efectivas. Por lo tanto, se coloca más a tono con el espíritu de la sociedad en que vivimos, señaló a IPS el senador Rafael Moreno, de la Democracia Cristiana, uno de los partidos que integran la coalición gobernante.
Las anulaciones fraudulentas han sido, en muchos casos, un remedio irregular para la inexistencia del divorcio.
Moreno destacó la creación de mecanismos que den la posibilidad real de mediación y conciliación, y permita buscar soluciones a los chilenos que están en dificultades (matrimoniales), de tal manera de evitar el quiebre definitivo.
En los casos de divorcio o nulidad, se impondría el pago de compensaciones a favor del cónyuge que haya sufrido menoscabo económico, sea porque no desarrolló actividad remunerada durante el matrimonio, o porque lo hizo en menor medida debido a tareas domésticas o al cuidado de los hijos.
La nueva norma tendría carácter retroactivo, al regir para los matrimonios establecidos antes de su aprobación. = 02090939 ORP001 NNNN ZCZC ORP002 QD CAR= LA IP PR ROMAIPS CHILE: Histórico paso hacia el divorcio(2)
Por otra parte, fijaría la edad de 16 años como mínimo para contraer matrimonio.
Moreno reconoció que las posiciones más conservadora sufrieron un revés, porque más allá de lo que pudiera opinar la Iglesia Católica u otras iglesias, el plazo que originalmente se aprobó era de tres años para el (divorcio) de común acuerdo y de cinco años para el unilateral, y quedó en uno y tres años respectivamente.
Susana Carmi Nahas, dirigente de la organización no gubernamental Crea Vida, dijo a IPS que la ley cumple con su objetivo último de normar situaciones fácticas o de hecho que, hasta antes de su realización material no tenían una regulación normativa.
Según estadísticas recientes, la mitad de los matrimonios chilenos están separados de hecho. Lo que inquieta a Carmi es que la ley no resolverá la crisis de la familia, definida por la Constitución como núcleo fundamental de la sociedad.
La Iglesia Católica mantiene su hostilidad hacia el proyecto. Según el obispo Juan Ignacio González, se trata de una norma ideológica y elitista, y los legisladores que la apoyan deberán rendir cuentas en el Más Allá.
El trámite legislativo de esta reforma comenzó en 1995 en la Cámara de Diputados, por iniciativa de sus integrantes Mariana Aylwin (Democracia Cristiana), Isabel Allende (Partido Socialista), María Antonieta Saa (Partido Por la Democracia) y José Antonio Viera Gallo (Partido Socialista), pero el debate de fondo tiene más de un siglo.
A fines de 1914, cuando dos mujeres fueron asesinados por sus esposos, desde el ala liberal de la Cámara de Diputados emergió una propuesta para establecer el divorcio vincular (el que disuelve el vínculo matrimonial, llamado simplemente divorcio en la mayoría de los países).
Diez años más tarde se intentó aprobar un proyecto con ese contenido, y en 1934 se propuso permitir el divorcio por demanda unilateral de la mujer, e instituir como causales de divorcio la incompatibilidad de caracteres y la separación de hecho por más de un año, cuando ambos cónyuges desearan disolver el vínculo.
En los años 40, las declaraciones de nulidad de matrimonios en las cortes de Santiago llegaban a 3.000 por año.
A comienzos de los años 60 se propusieron como causales de divorcio el vicio arraigado del juego y la embriaguez. Más tarde se agregaría el uso injustificado de drogas.
Todas esas iniciativas se frustraron y fueron repudiadas por sectores conservadores que calificaban de sacrílego a todo promotor del divorcio.
Recién en el proyecto de los años 90 se planteó simplemente aceptar el divorcio ante una ruptura irremediable del matrimonio, con base en el consentimiento mutuo o la separación de más de un año.
El actual presidente socialista Ricardo Lagos prometió en su campaña electoral legalizar el divorcio, y durante su gobierno, que comenzó en 200, el Poder Ejecutivo apoyó esa iniciativa abiertamente por primera vez.
Para la ministra del Servicio Nacional de la Mujer, Cecilia Pérez, la aprobación del proyecto de nueva Ley de Matrimonio Civil es la señal prístina y clara de la voluntad del Senado concordante con la de la ciudadanía chilena. = 02090939 ORP002 NNNN ZCZC ORP003 QD CAR= LA IP PR ROMAIPS CHILE: Histórico paso hacia el divorcio(3-E)
Carmi preguntó, en cambio, qué deberá suceder en la realidad nacional para que nuestros legisladores se motiven a promulgar leyes que propendan al establecimiento, desarrollo, y protección de nuestras familias y por consiguiente de la sociedad.
En marzo, cuando se reanude el trabajo legislativo, la Cámara de Diputados deberá considerar los puntos modificados por el Senado: la ratificación civil del matrimonio religioso y los plazos de otorgamiento del divorcio. Si alguno de los cambios es rechazado, las diferencias serán resueltas en Comisión Mixta.
Los congresistas de la coalición gobernante aspiran a que todo quede finiquitado antes del 21 de mayo, para que Lagos pueda, en su mensaje a la nación de esa fecha, exhibir la nueva Ley de Matrimonio Civil como uno de sus logros. (